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HOJAS INFORMATIVAS

29 de octubre de 2011  

La voluntad de un hombre sobre las leyes. En clara violación de las leyes guineoecuatorianas condenan a 12 años a Faustino Ondó Ebang por un supuesto delito del que había sido absuelto

    Las leyes se dictan para que se cumplan. Y si no se cumplen las existentes qué necesidad tienen de reformarlas o modificarlas. Las leyes procesales de Guinea Ecuatorial prohíben que los procesados absueltos por los tribunales de instancia no puedan sufrir "reforma peyorativa" cuando las sentencias absolutorias son recurridas ante tribunales superiores. Las leyes procesales de Guinea Ecuatorial también obligan a los jueces y magistrados a abstenerse cuando en ellos concurran motivos de recusación. Sin embargo, todas esas excepciones procesales caen en vacío cuando se está para cumplir la voluntad del dictador.

   A pocos días de la apertura de la campaña electoral para la reforma constitucional, la Corte Suprema de Justicia dicta la sentencia cuyas páginas ilustrativas de arbitrariedad se cuelgan a continuación, donde se puede observar que el actual presidente de dicha Corte, Martín Ndong Nsue, fue el mismo que presidió el macrojuicio del Cine Marfil de 2002 que juzgó a Felipe Ondo Obiang, Guillermo Nguema Ela y Faustino Ondo Ebang, entre otros. Y sin tener en cuenta el motivo de abstención que concurre en su persona, vuelve a presidir la Sala que ha conocido el recurso de casación interpuesto por el Fiscal General contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Malabo que absolvió a los militantes de Unión Popular supuestamente implicados en el juicio contra los autores del asalto al Palacio Presidencial de Malabo. Resultado: de absolución a condena de DOCE AÑOS DE PRISIÓN MAYOR EN SU GRADO MÁXIMO e indemnización de CINCUENTA MILLONES de FCFA contra Faustino Ondó Ebang.

 

 


 

 

 

 

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