|
HOJAS INFORMATIVAS
20
de octubre de 2011
Obiang no quiere difundir el
texto de la reforma constitucional
A principios
de la semana se nos anunciaba oficialmente que el dictador había
"ordenado" la publicación y difusión del texto de la Reforma
Constitucional (lo había hecho nada menos que durante un Consejo
de Ministros celebrado en Bata). Ayer afirmó lo contrario ante
las cámaras de la TV guineana. Salía de censarse. Poco importa
que el plazo oficial establecido para hacerlo se hubiera acabado
hace ya nueve días. Teodoro Obiang y su esposa favorita, la
ciudadana Constancia Mangué, acudieron a censarse a la oficina
que teóricamente les correspondía. Se hicieron acompañar por
"el Ministro de Estado del Interior y
Corporaciones locales, Clemente Engonga Nguema Onguene; el de
Planificación, Desarrollo Económico e Inversiones Públicas, José
Ela Oyana; el Secretario General del PDGE, Lucas Nguema Esono
Mbang; el Gobernador de Bioko Norte, Baltasar Nzeng Mesian y la
alcaldesa de Malabo, María Coloma Edjang Mbengon", entre otros.
La nota oficial no nos dice si los acompañantes se censaron o
dejaron de hacerlo. ¿A que respondía tanta ceremonia, fuera de
plazo además? "Obiang Nguema Mbasogo, después de aludir a
su obligación de censarse como ciudadano ecuatoguineano, definió
la actividad censal como “un proceso jurídico administrativo
que concede al ciudadano el derecho a elegir” y animó a
toda la población a que se cense para poder participar en el
próximo referéndum". El dictador quería contrarrestar con este
gesto una realidad evidente que hemos repetido ya varias veces:
no se censa nadie. El desinterés de los ciudadanos por el
próximo referéndum, mejor dicho, por las condiciones en la
que va a celebrarse ese próximo referéndum no ofrece dudas.
Sigamos con la escena tal como pudo verse en la TV oficial. Un
periodista se aproxima al dictador y le pregunta "Los guineanos
están muy interesados en conocer el texto de la reforma que va a
votarse? ¿Cuando podremos conocer dicho texto?". Obiang
responde: "Los guineanos ya saben lo que tienen que votar. Yo
mismo he hecho una gira por todo el país explicando en qué
consiste la modificación constitucional y las personas que han
elaborado las listas del texto lo han hecho también. Si hay
alguien que no conoce el texto de la reforma no tiene más que
interesarse por ella". Conclusión: el dictador no quiere
difundir el texto de la reforma antes de la fecha de las
elecciones, pretende que los ciudadanos y ciudadanas de Guinea
voten a oscuras, que el voto sea un acto de confianza en su
persona para que sólo él, decida el futuro del país.
Estamos suficientemente cerca del 13 de noviembre y se han
iniciado ya algunos trámites electorales para que sea oportuno,
una vez más, repetir los requisitos mínimos para que el proceso
electoral sea reconocido por la comunidad internacional:
- El texto que se somete a votación debe ser conocido en su
literalidad con tiempo suficiente para que puedan analizarlo en
profundidad las personas que así lo deseen, deben tener tiempo y
recursos para expresar sus posiciones tanto quienes estén a
favor como quienes estén en contra y deben poder hacer
propaganda de su opinión entre el conjunto de los
guineoecuatorianos. Cuantos más días se retrase esta publicación
más justificadas estarán las sospechas de que algo ocultan
Obiang y su cuadrilla y más cerca estaremos del fraude
electoral.
- El censo es un proceso que debe llevarse a cabo con absoluto
rigor, respetando los plazos establecidos y exigiendo que sean
los propios ciudadanos (no los cabezas de familia, o los jefes
de poblado) quienes inscriban a las personas que desean votar.
Las listas del censo deben ser expuestas públicamente con tiempo
suficiente para que puedan realizarse correcciones y
reclamaciones. Este requisito básico no se cumplió en las
últimas elecciones habidas en Guinea por lo que no sirve decir
que va a utilizarse aquel censo porque "ahora no se censa
nadie". Los carnets de electores deben repartirse con tiempo
suficiente, exigirse su presentación en el momento de la
votación y no consentir que nadie vote más de una vez.
- La Junta Electoral Nacional que viene presidiendo la
realización de las elecciones en Guinea Ecuatorial no cumple las
condiciones mínimas de solvencia técnica y neutralidad exigibles
en cualquier país del mundo. La JEN no puede estar presidida por
un miembro del gobierno y sus puestos no pueden estar
abrumadoramente controlados por militantes del partido
gubernamental. Es imprescindible una nueva Junta Electoral cuyo
objetivo sea hacer respetar la voluntad de los ciudadanos y no
favorecer los reiterados "pucherazos" de Obiang y de su partido
- Los medios de comunicación del Estado deben permanecer
neutrales siempre, mucho más durante la campaña electoral en lo
que a las informaciones se refiere y deben dar cabida a todas
las opiniones presentes en la contienda electoral conforme a un
reglamento elaborado por esa JEN
solvente y neutral de la que hablábamos antes. Ninguna de las
candidaturas o ninguna de las opciones que participen en la
campaña puede contar con el apoyo exclusivo, o abrumadoramente
mayoritario, de los recursos del Estado. Guinea Ecuatorial debe
superan de una vez el periodo del "partido único". Los miembros
o simpatizantes de una candidatura no podrán nunca coartar la
libertad de expresión y la presencia en ciudades y poblados de
militantes o simpatizantes de cualquiera de las otras. No se
podrá ir armado a la realización de los actos electorales.
- Los responsables de mesas no pueden ser todos militantes del
PDGE. La ubicación de las mesas debe se conocida con
anterioridad y las votaciones no pueden hacerse en secreto,
antes de la hora fijada por la JEN para todo el territorio
nacional. Debe respetarse el trabajo y la presencia de los
interventores de todos los partidos que deseen estar
representados en las mesas.
- Son ilegales el voto público y el voto múltiple. Favorecer el
fraude electoral por parte de las autoridades con estos métodos
o llenando las urnas con papeletas de una determinada
candidatura debe ser considerado delito.
- Las actas electorales deben hacerse respetando la verdad de lo
sucedido en la mesa electoral y sin alterar el recuento de los
votos.
- La función de los militares en las mesas electorales debe se
la de garantizar el orden, nunca la de dirimir contenciosos que
se planteen a la hora de votar, sustituir a los jefes de mesa,
excluir a los interventores o inducir el voto a un determinado
partido.
- Debe admitirse la presencia de observadores internacionales
que desde el comienzo de la campaña puedan juzgar sobre la
neutralidad de los organismos del estado, la regularidad en el
comportamiento de la administración electoral y las buenas
prácticas en la jornada de votación.
Estos requisitos son todos imprescindibles y exigiremos su
cumplimiento durante toda la campaña. Si no se cumplen en su
integridad denunciaremos las elecciones como fraudulentas, como
un nuevo "pucherazo".
Editado
y distribuido por ASODEGUE
Índice Noticias
|