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HOJAS INFORMATIVAS

 

 

26 de noviembre de 2007

Archivan la demanda por corrupción de dirigentes africanos (Obiang entre ellos) presentada ante los tribunales franceses

   La investigación judicial se había iniciado el pasado 18 de junio tras una demanda presentada el mes de marzo por las asociaciones francesas Survie y Sherpa en la que se solicitaba que la justicia francesa investigase el origen de los fondos y flujos financieros que había permitido a los dirigentes africanos Omar Bongo (Gabon), Denis Sassou N'Guesso (Congo-Brazzaville), Blaise Compaoré (Burkina Faso), Teodoro Obiang Nguema (Guinea Ecuatorial) y Eduardo Dos Santos (Angola) adquirir propiedades en Francia. En concreto "múltiples residencias en París y en distintos lugares de la costa".

   "Esta decisión no constituye una sorpresa" han manifestado los demandantes. William Bourdon, abogado de las dos asociaciones afirmó el viernes que se trataba de "una decisión política" de las autoridades judiciales. Los inmuebles pertenecientes a las familias de los presidentes Bongo y Sassou Nguesso "no se han comprado con el producto de su trabajo, ni el de los jefes de Estado citados ni el de ninguna de los miembros de su familia".

William Bourdon, a la izquierda con el pelo blanco

   "Con esta decisión Francia envía un pésimo mensaje a la población africana que , legítimamente, podía esperar aquello que no puede conseguir en su territorio, es decir la identificación de quienes, llevando a cabo desvíos masivos de dinero público, contribuyen a su situación de pobreza", se lamentan en un comunicado las asociaciones Sherpa y Survie.

http://tempsreel.nouvelobs.com/actualites/international/20071123.OBS6504/

lenquete_visant_des_dirigeantsafricains_classee_sans_su.html.

 

Manuel Nguema Mba también es "generoso"

   Lo dice La Gaceta de Guinea Ecuatorial en su número 121 de noviembre de 2007. La Gaceta incluye en los últimos tiempos artículos críticos con el régimen ecuatoguineano (uno por número) pero no pierde por ello el carácter servil que le imprimen algunos de sus directivos. En su número de noviembre dedica un bochornoso artículo a echar incienso a Manuel Nguema Mba, uno de los personajes más siniestros del régimen, conocido torturador y participante en todas las corruptelas que implican a la familia Obiang. El artículo se titula "El ministro Manuel Nguema Mba construye y dona una iglesia en Ebea-Anuk" y lo reproducimos a continuación  como muestra de hasta donde puede llegar una prensa sumisa y para dar a conocer los destinos honorables que, como los antiguos señores feudales, los miembros de la familia Obiang quieren dar a una parte (minúscula) del dinero que roban al conjunto del país. Quieren aparecer como personajes generosos cuando en realidad no son otra cosa que delincuentes.

   "Ebea-Enuk , es un poblado a 10 Kms. de Mongomo, en el trayecto Mongomo-Nsork y el 29 de Septiembre 2007 celebró la festividad de su patrono San Miguel Arcángel, con más alegría y jubilo de lo habitual , ya que se inauguraba una magnifica iglesia católica, la Casa de la Palabra, con el nombre de Adolfo Akue Obiang Ondo, en memoria de un jefe tradicionales de la tribu Ebea, asi como la electrificación y alumbrado publico y la puesta de la primera piedra de la construcción del Centro Preescolar, que llevará el nombre de la fallecida, Dª. Inmaculada Mete, que en paz descanse, madre de S.E. D. Manuel Nguema Mba .

   En el discurso de S.E. , D. Manuel Nguema Mbá, resaltó que esta magnifica edificación de materiales sofisticados, la donaba a la iglesia, para su uso religioso, sintiéndose muy satisfecho por haber construido y financiando la obra, agradeciendo la protección de San Miguel Arcángel, como patrono del pueblo.

   Estaba presente Monseñor Juan Matojo, asistido de varios ministros de culto y bajo los cánticos del coro OH Jesús, procedió a la bendición de la nueva iglesia , así como a todos los fieles asistentes al acto, celebradote seguidamente una solemne misa y durante el ofertorio, D. Manuel Nguema Mbá y su esposa, Dª. Martina Ndong Angono, ofrecieron a Monseñor Matojo Oyana la imagen de San miguel Arcángel, sometiendo al demonio, con dos lanzas, al poder de Dios, soberbia talla de 110 cms. de altura y 35 x 35 cms. y peso de 32 Kg. .En dicha misa se celebró el matrimonio del hijo de Ebea-Enuk, D. Anacleto Alogo Obono y Dª. Josefa.

   Entre los invitados a esta ceremonia estaba, S.E. D. Salvador Ondó Nkumu, vice-Ministro de Justicia, Culto é Instituciones Penitenciarias, en representación de S.E. Don Teodoro Obiang Nguema, Presidente de la República, Jefe de Estado y Presidente Fundador del P.D.G.E., portador de un mensaje personal presidencial dirigido al pueblo de Ebea-Anuk Otros invitados fueron S.E. Emmanuel Ondo Motoso, Vice-Primer Ministro del Gobierno de Gabón, como miembro de la tribu Ebea, procedentes de Abam-Ebea, poblado de sus ancestros, situado en la provincia de Wale N´Tem en Gabón ; S.E. D. Salomón Nguema Owono, Presidente de la Cámara de Representantes del Pueblo ; S.E. Don Lucas Nguema Esono Mbang, segundo vocal de la mesa de la Cámara; S.E. D. Marcelino Owono Edu, Ministro de Hacienda y Presupuestos ; autoridades de Wele Nzas, grupos de animación, baleles y un nutrido público .

   Tras la misa, D. Manuel Nguema Mba y su esposa , ofrecieron un vino de honor a todos invitados, simultáneamente en su residencia privada como en la Casa de la Palabra. En las palabras de agradecimiento que pronunció el Jefe Tradicional de la tribu Ebea, D. Mariano Menden Ngui, destaco el agradecimiento del pueblo por la nuevas infraestructuras y la iglesia construida y financiada por D. Manuel Nguema Mbá y que tpodo ello es gracias a la paz reinante en el Pais, gracias a la dirección de S.El. El Presidente de la Republica , Don Teodoro Obiang Nguema y del partido que fundó y preside y que tiene como lema “hacer el bien y evitar el mal” , incidiendo en la unión que hay entre los miembros de la tribu Ebea, tanto en Guinea Ecuatorial como en Camerún y Gabón .

Manuel Nguema Mba lee su discurso

   Los grupos de animación y danza deleitaron con sus actuaciones a los invitados y presentes , así hay que destacar a “Bibulzen” de Niefang ; “Adjañen Paraíso” de Malabo; el coro “OH Jesús” de Santuario Malabo ; “Elon Akan Esatuk “ de Oyem Gabón; “Okukut Obiang Mba” de Mbini, “Sandra Star “ de Bata, que recibieron regalos y hasta 500.000 Frs. c. de manos de D. Manuel Nguema Mba, por el calor de sus intervenciones .

   El día 30 de Septiembre se recordó a los familiares que ya no están entre nosotros y tras una misa, oficiada por el párroco de la villa de Mongomo, D. Manuel Nguema Mba, junto a su esposa, hijos, amigos y familiares, depositaron ofrendas florales en las tumbas de sus padres, que en vida se llamaban , D. Agustín Mba Akue y Dª Inmaculada Mete, ofrenda extensiva a todos los difuntos del pueblo, ceremonia que fue muy emotiva.

   Antes de abandonar el pueblo, D. Manuel Nguema Mba, hizo entrega de un Cebú y varios presentes al pueblo, para que puedan seguir festejando y los mayores dieron las bendiciones a Don Manuel y toda su familia, dándole por concluida así las fiestas sin ningún incidente.

   El costo de dichas obras en el Publio ascienden a 1.050.000 millones de Frs. cfa" .

 

"La violación de los procedimientos y sus consecuencias negativas en la aplicación de la Ley sustantiva"

Ponciano Mbomio Nvó, Abogado

   El numero de noviembre de La Gaceta de Guinea Ecuatorial incluye el artículo siguiente de Ponciano Mbomío:

   "En Derecho Administrativo, es procedimiento el conjunto de actuaciones preparatorias y conducentes al acto o resolución final, cuyo objetivo es asegurar el acierto y la eficacia de la Administración, además de garantizar los derechos y libertades de los particulares. Su regulación se contiene en la Ley número 5/2006, de fecha 2 de noviembre, sobre Procedimiento Administrativo. Es elocuente en este sentido el artículo 66 de esta Ley (definición del procedimiento), cuyo párrafo 1º establece que “el procedimiento administrativo es una sucesión de actos de trámite vinculados entre sí, emanados de las Administraciones Públicas y, en su caso, de particulares interesados, que tiene su finalidad producir un acto administrativo terminal”.

   Esta definición es trasladable perfectamente al procedimiento que regula el proceso judicial, en el que ocupa lugar preponderante el aspecto formal, cuya violación puede acarrear la anulación, si no de todo el proceso, al menos de la fase en que se omitió la regla o reglas de juego. Sobre este particular, las leyes procesales que regulan el debido proceso reconocen a los perjudicados el derecho de ejercitar la acción de dos recursos alternativos. Se trata de los recursos de casación por quebrantamiento de forma y de nulidad de actuaciones judiciales, cuyo principal objetivo es salvar la indefensión sufrida por una de las partes implicadas en el proceso por inaplicación del principio contradictorio, consagrado como derecho fundamental en el artículo 13, letra j), de nuestra Ley Fundamental. La evidente indefensión por violación de las leyes procesales, y sobre la base del mismo artículo constitucional, puede ser también motivo del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

   En el ámbito propiamente administrativo, se hace referencia a la nulidad y anulabilidad de los actos administrativos. En cuanto a la nulidad, léase el artículo 102 de la citada Ley de Procedimiento Administrativo, mientras que la anulabilidad se consagra en el artículo 103 siguiente. Como gestora del interés público, está facultada la Administración para poder convalidar los actos anulables mediante la subsanación de los vicios de que adolezcan los mismos; bien entendido que si el vicio consistiera en competencia no determinante de nulidad, la convalidación podrá realizarse por el órgano competente cuando sea superior jerárquico del que dictó el acto viciado. De la convalidación se ocupa el artículo 104.

   Otra cuestión no menos grave que conculca los procedimientos es el conflicto que surge a la hora de aplicar al caso controvertido la ley en la que debe subsumirse el hecho objeto de debate. Muchas veces, y de forma arbitraria, el órgano que decide, administrativo o judicial, aplica sin acierto la ley de su conveniencia, distorsionando con ello el procedimiento o aspecto formal regulador del caso. Evidentemente se plantea aquí el caso de conflicto de leyes, que existe cuando una situación está conectada con más de un ordenamiento jurídico estatal y hay, por tanto, varias leyes susceptibles de ser aplicadas a esa situación, y surge el problema de determinar cuál de esos ordenamientos jurídicos debe regirla.

   Pongamos por caso: funcionarios públicos cesados o encarcelados por corrupción prescindiendo del procedimiento legalmente establecido para su enjuiciamiento. Para estos supuestos, si se llegara aplicar las leyes especiales que regulan los casos controvertidos, nos encontraríamos con la evidencia de que la ley especial aplicable es la número 2/2005, de fecha 9 de mayo, sobre Funcionarios Civiles del Estado, cuyo párrafo 1º de su artículo 113 señala que “no se podrá imponer sanciones para las faltas graves o muy graves sin la instrucción del correspondiente expediente disciplinario, con audiencia del interesado y de acuerdo con la Ley de Procedimiento Administrativo…”; previendo el párrafo 5º que “la propuesta de resolución, con todas las actuaciones se elevará al Ministerio de la Función Pública y Reforma Administrativa para la resolución que proceda”. En cuanto al encarcelamiento, privación de libertad o condena penal de esos funcionarios, el párrafo 6º del mismo precepto dice que “si la falta configurara delito se dará cuenta inmediatamente al Juzgado o Tribunal competente”. Pero se omite el procedimiento previo de instrucción de expediente disciplinario y se somete el caso al Juzgado o Tribunal, existiendo casos en que funcionarios implicados en temas de corrupción cumplen condenas sin antes haber sido cesados por la Administración en virtud de expediente disciplinario, con violación en estos supuestos del párrafo 8º del repetido precepto, que indica que “en casos de notoriedad, evidencia y alarma social de las faltas cometidas por los funcionarios, el Ministerio de la Función Pública y Reforma Administrativa podrá elevar a la autoridad competente la separación definitiva de servicio del funcionario con remisión del expediente a los Juzgados y Tribunales competentes”.

   Esos comportamientos ilegales por violación de los procedimientos legalmente establecidos, y que más bien no conducen a la erradicación del mal sino a su incremento, son susceptibles del recurso amparo constitucional, por configurar clara indefensión de los funcionarios públicos involucrados en temas de corrupción, canalizables en diversas vertientes: malversación de caudales públicos, prevaricación, percepción de cobros ilegales, evasión de impuestos, multas arbitrarias, etc. etc.

   Respetemos, pues, los procedimientos legalmente establecidos, porque con ellos se absuelve o se castiga con toda pulcritud y transparencia exigibles por la justicia".



 

"La cumbre Europa-Africa no debe tratar solo de Mugabe"

   “Lo que pretendemos hacer en la cumbre entre la Unión Europea (UE) y África, una cumbre de importancia histórica, es concentrarnos en los documentos que debemos aprobar y no en hablar del presidente Robert Mugabe”. Lo afirmó el primer ministro portugués José Sócrates, al hablar ante la agencia de prensa portuguesa en Singapur, con ocasión de un encuentro entre la UE y la Asociación de las naciones del sureste asiático.

   La cumbre de Lisboa, la segunda desde el año 2000, se llevará a cabo el 8 y 9 de diciembre en la capital de Portugal. Entre los varios temas que figuran en la agenda están el cambio climático, inmigración, derechos humanos y otros problemas de interés común para África y Europa.

   Al cortar las polémicas alimentadas sobre todo por Londres -que amenazaba con no participar en la cumbre si asistía el presidente de Zimbabue- Sócrates desautorizó también, en alguna medida, a su ministro de Asuntos Exteriores, Luis Amado, que el día antes (siempre en Singapur) había auspiciado la ausencia de Mugabe, en realidad con palabras cautas y circunspectas, pero que los medios de prensa críticos con gobierno de Harare habían potenciado y hecho circular, alimentando de este modo la polémica.

   Para una parte de la comunidad internacional del norte y occidente del mundo -no así para los países africanos- Mugabe se ha convertido en una suerte de “bestia negra” que, habiendo llevado a cabo una controvertida reforma agraria (después de 20 años de vana espera de las ayudas especiales inglesas e internacionales acordadas pero nunca hechas efectivas) habría -él solito- precipitado a su país en un torbellino de desastres económicos y violaciones de los derechos humanos.

   En el poder desde 1980, el presidente de Zimbabwe y sobre todo algunos de sus ‘fieles colaboradores’ han acumulado errores y culpas, en especial en estos últimos años en los que, tras una reforma agraria que ha costado cara a los latifundistas blancos (0,6% de la población), han padecido un constante y despiadado boicot económico, comercial y político internacional, conducido por Londres y Washington y seguido por una procesión de países menores.

   Como consecuencia de las responsabilidades de Mugabe y algunos de sus colaboradores por una parte, y de sus enemigos por otra, millones de ciudadanos de Zimbabue (comenzando siempre por los más pobres) se encuentran sin trabajo, reducidos al hambre y privados de suficiente asistencia médica.

   Y mientras tanto, a la cumbre del Commonwealth (asociación voluntaria de 52 países, en su mayoría antiguas colonias británicas) que se llevó a cabo hace pocos días no fue invitado el presidente de Zimbabue, sino el jefe de la oposición, el sindicalista Morgan Tsvangirai, al que muchos consideran un simple representante de Londres.

   “El objetivo de la cumbre -subrayó Sócrates desde Lisboa- es restablecer un diálogo político lo más amplio posible con África y poner a punto, por primera vez en la historia, una estrategia conjunta con África, no una (estrategia) sólo europea”. Y concluyó insistiendo: “No quisiera que tuviera que ver sólo con un país o con un sólo representante político".

   Agencia MISNA, 23 noviembre 2007.

MDC Leader, Morgan Tsvangirai

Morgan Tsvangira

 

   "La Unión Europea va a enviar un mensaje "fuerte, directo y sin ambigüedades" al Presidente de Zimbabwe, Robert Mugabe, durante la cumbre África/Europa prevista para los días 8 y 9 de diciembre en Lisboa en el que denunciará las violaciones de los derechos humanos en este país africano.

   En una conferencia de prensa, al término del Consejo de Ministros europeos de Asuntos Exteriores, organizada el martes y el miércoles en Bruselas, el jefe de la diplomacia portuguesa, Luis Amado, declaró que la UE hará un declaración "dura y clara" sobre las violaciones graves de los derechos humanos en Zimbabwe, cuando el Presidente Robert Mugabe "participe personalmente" en la Cumbre  África/Europa de Lisboa.

   Antes de la organización de este encuentro, la Unión Europea enviará un emisario especial a Zimbabwe encargado de hacer un informe sobre la situación del país, "evitando, en todo caso, cualquier ingerencia en los asuntos internos del país", prosiguió Luis Amado.

   Portugal ha enviado una invitación al presidente  Robert Mugabe y ha garantizado que participará en la Cumbre de Lisboa. La misma invitación se ha enviado a los 52 jefes de Estado africanos.

   El gobierno portugués ha recibido presiones para que no invitase al jefe del Estado zimbabuano, debido a las sanciones contra su país en virtud de las cuales 98 dirigentes del régimen de Harare tienen prohibida su entrada en Europa".

   Agencia PANA, Bruselas 23 noviembre.
 

 

 

 

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