ACTA DE LA DECIMOSEXTA SESIÓN
PLENARIA
En Madrid, a
veintiocho de mayo de mil novecientos sesenta y ocho, en el
Salón de Embajadores del Ministerio de Asuntos Exteriores,
tiene lugar la XVI Sesión Plenaria de la II Fase de la
Conferencia Constitucional de Guinea Ecuatorial, bajo la
presidencia del Vicepresidente de la misma, Excmo. Señor Don
Ramón Sedó Gómez, Subsecretario de Política Exterior, con la
asistencia de las Delegaciones del Gobierno español y de la
Guinea Ecuatorial.
La Mesa queda
constituida por el Excmo. Señor Don Ramón Sedó Gómez, el
Excmo. Señor Don Gabriel Cañadas Nouvilas, Secretario
General del Consejo Superior de Asuntos Exteriores y de la
Conferencia y el Iltmo. Señor Don Juan Duran-Loriga,
Subdirector General de África y Próximo Oriente.
El Presidente de
la Mesa abre la sesión a las diecinueve horas y veinticinco
minutos y dice:
EL SEÑOR
PRESIDENTE:
Se abre la
sesión.
Se han distribuido dos documentos: uno, con la propuesta del Señor
Cabanas, considerada en la sesión de ayer; y otro, elaborado
por el Grupo de Trabajo español que se ha reunido .con
representantes guineanos esta mañana. Un miembro del Grupo
de Trabajo va a hacer algunas consideraciones sobre este
último documento.
EL SEÑOR CABANAS:
Señor Presidente:
En cumplimiento de lo establecido por la Conferencia en su
reunión de ayer, esta mañana y en este mismo salón, se
reunió el previsto Grupo de Trabajo, que estaba integrado,
en su primera sesión por seis miembros de la Delegación
española y creo que por 18 representantes le Guinea
Ecuatorial. El Grupo se complace en manifestar su gratitud a
cuantos Delegados, dando prueba de su sentido de la
responsabilidad, han cooperado eficazmente para que podamos
afirmar que nuestro objetivo de hoy ha sido cumplido.
El texto que se
acaba de repartir y que tienen Vds. a la vista, es el fruto
del esfuerzo conjunto de todos los participantes. Todos
hemos procurado cumplir fielmente lo establecido ayer,
buscando formulas armónicas y de equilibrio entre los
elementos que la Conferencia estableció ayer y que
constituían los instrumentos de trabajo para este Grupo.
Todos esos
documentos han estado sobre nuestra mesa y todos han sido
tenidos en cuenta. El trabajo del Grupo ha sido, como se
dice en las emisiones de radio "cara al publico": el Salón
ha estado abierto a todo el mundo para presenciar la forma y
el sistema de trabajo.
Nuestra misión
era elaborar un texto, que es el que tenemos todos a la
vista; lo que no podíamos hacer era superponer otro texto.
Entonces, el texto que hemos presentado pretendemos que sea
el resultado de una cuidada selección, aceptando, cuando no
las palabras, porque fue imposible, sí, al menos, las ideas
y el espíritu, que nos pareció había en cada uno de los
textos o de las enmiendas presentadas.
El texto que
tienen Vds. a la vista mereció, en general -y repito en
general-, esta mañana, el consenso de los que estábamos
presentes en el Grupo. He dicho "en general".
Y ya, una vez
explicado nuestro sistema de trabajo, que es, sobre poco más
o menos el que acabo de exponer, vamos a pasar al texto.
Se consideró
oportuno y conveniente, siguiendo en esto una técnica usada
en todos los textos constitucionales, introducir antes del
articulado un preámbulo. Este preámbulo es la expresión de
una vocación y de los propósitos que se presentan al
redactar el texto constitucional. Nosotros, la verdad, es
que no teníamos a la vista ni los documentos que se habían
aportado a la Conferencia, ni ninguna propuesta sobre el
particular. Hemos procurado redactar el texto que Vds.
conocen en términos muy generales, en términos claros y
concretos y creemos que están alejados de toda polémica, y
por eso pensamos que no ofrecerá dudas ni siquiera discusión
por parte de Vds. No sé si soy optimista.
Al artículo 1º sí
había diversas propuestas, sí había diversas enmiendas, y su
redacción aquí, esta mañana, fue objeto de un animado
coloquio; no podemos hablar de debate, porque hemos llevado
a cabo la reunión de esta mañana sin ningún formalismo; no
había petición de palabra, sino que había un diálogo; cuando
cada uno hablaba, exponía su criterio, su parecer, la
precisión de su palabra. Todo se fue recogiendo y los textos
se fueron redactando sobre la marcha.
Digo esto en
relación con el artículo 1º porque había sobre él diversas
propuestas y pensamos, también en relación con este
artículo, que se ha recogido el espíritu y en muchos casos
el texto de los textos que teníamos a la vista. La fórmula
que se ha propuesto creemos también que puede satisfacer, y
puede satisfacer puesto que en el equilibrio necesario que
había que buscar, este artículo lo que hace, a fin de
cuentas, es, de un lado, afirmar el carácter soberano e
indivisible del Estado, que es como se califica al Estado y,
por otro lado, se asegura la salvaguarde de la autonomía de
las provincias.
Como se tuvieron
a la vista -repito- todos los textos, había en una de las
enmiendas determinada propuesta que parece que podía encajar
en este artículo en relación en cuanto a los límites, en
relación en cuanto a la extensión de la soberanía sobre
aguas territoriales, etc. etc., y no pareció oportuno ni
conveniente, ni necesario traerlo a este artículo. Y no
pareció ni oportuno ni necesario, por cuanto los límites
éstos están claramente definidos, y en cuanto a la extensión
de la soberanía a otros elementos, como pueden ser las aguas
territoriales, como pueden ser los espacios aéreos, como
puede ser la plataforma continental, he de decir, en primer
lugar, que no es usual y, en segundo término, son
consecuencias de la propia existencia misma de un Estado de
soberanía, de un Estado que es aceptado en Derecho
Internacional. Es más, forma parte de la soberanía del
Estado determinar la extensión de estas aguas.
Ese es el texto y
el espíritu del artículo 1º.
Por lo que se
refiere al artículo 2º ...
EL SEÑOR
PRESIDENTE:
Es conveniente
que el Señor Cabanas lea el artículo.
EL SEÑOR CABANAS:
Aunque lo tienen
Vds. a la vista, si quieren puedo leer los artículos.
EL SEÑOR
PRESIDENTE:
Es conveniente
que los lea según los va comentando.
EL SEÑOR CABANAS:
"Preámbulo.- El
pueblo de Guinea Ecuatorial, en uso de su derecho de
autodeterminación, consciente de su responsabilidad en la
Historia, decidido a crear un Estado social de Derecho, en
que las libertades individuales y colectivas, reconocidas
por las Naciones Unidas, gocen de una garantía y eficacia
reales, a incorporarse a la Comunidad de Estados
Independientes y a la Organización de las Naciones Unidas y
a mantener estricta solidaridad con los pueblos africanos,
de acuerdo con los principios de la Carta de la Organización
de la Unidad Africana, adopta la siguiente CONSTITUCIÓN.
TITULO PRIMERO: DEL ESTADO Y
LOS CIUDADANOS
Artículo 1º. _ La
República de Guinea Ecuatorial es un Estado soberano e
indivisible, democrático y social, integrado por las
Provincias de Río Muni y de Femando Póo.
La Provincia de
Río Muni comprende, además del territorio de este nombre,
las islas de Coriseo, Elobey Grande, Elobey Chico e islotes
adyacentes.
La Provincia de
Fernando Póo comprende la Isla de este nombre y la de
Annobón.
La República de
Guinea Ecuatorial asegura la independencia y seguridad de su
territorio y salvaguarda la autonomía de sus Provincias, de
acuerdo con lo previsto en esta Constitución".
Hasta ahí había
llegado en mi exposición de cómo se habían adoptado estos
textos.
Empezaba antes
diciendo que el artículo 2º, mejor dicho, la redacción del
artículo 2º no planteó ningún problema de fondo. Planteó un
pequeño problema de redacción que fue fácilmente resuelto.
En todo caso, cabe señalar aquí, como cuestión importante,
que en una de las enmiendas a este artículo se proponía un
párrafo 2º. Se trataba de una propuesta de la Unión
Democrática. Entonces el Grupo de Trabajo rechazó, de
momento el propuesto párrafo 22 de este artículo, y lo
rechazó tan sólo por razones sistemáticas, pero se
comprometió a considerarlo de nuevo cuando sistemáticamente
se considere procedente. Pero, de momento, se decidió
excluirlo de este artículo 2º. Adoptada esta decisión, quedó
el artículo como Vds. lo tienen a la vista, con un solo
párrafo. El texto dice lo siguiente:
"Artículo 2º.- La
soberanía nacional pertenece al pueblo guineano, quien la
ejerce a través de sus Instituciones, cuyos titulares son
elegidos por sufragio universal y directamente por vía de
referendum".
Se nos presentó
un problema de redacción y es que había dos formas de que el
pueblo ejerciese esa soberanía: una, mediante sus
instituciones, cuyos representantes eran elegidos, como aquí
decimos, por sufragio universal, y otra forma de ejercer esa
soberanía era directamente por vía de referendum.
Entonces, el
problema no se plantea en cuanto a la redacción. Si se hace
directamente por referendum y también a través de elecciones
por sufragio universal, a través de los representantes de
las instituciones, se dudó y se pensó -creo que fue a
propuesta del Señor N'Dongo- en que lo usual es ejercerlo a
través de las instituciones y, por tanto, por vía de
referendum. Por eso se pone, en primer lugar, las
instituciones. Este es el problema de redacción. Se puede
colocar una coma después de "universal" y decir a
continuación :"y también directamente por vía de referendum.
Ya he hablado
sobre el problema de fondo que aquí se planteaba y, de
momento, quedó aplazado el estudio de ese párrafo.
El artículo 3°
fue objeto de una muy especial meditación Este artículo,
nosotros nos encontrábamos, en los puntos presentados en las
propuestas y en las enmiendas, con dos sistemas, uno el de
enumeración y el otro era un sencillo sistema de remisión,
creo que textualmente decía, de "libertades reconocidas por
las Naciones Unidas", expresión que en principio tampoco nos
gustaba. Entonces prosperó un sistema mixto, es decir, un
sistema mixto de remisión, no con este carácter de
"libertades reconocidas por las Naciones Unidas", que a fin
de cuentas no dice nada; yo podría citarles que existen en
este momento 17 convenios internacionales sobre la materia,
de los cuales ratificados por todos los países muy pocos, y
que existen recomendaciones, como Vds, saben, prácticamente
a centenares» Entonces, sí hay una base clara que no es esta
de "reconocidos por las Naciones Unidas", sino la
Declaración Universal de Derechos del Hombre. Yo tengo
presente la Declaración Universal de Derechos del Hombre
que, como Vds. saben, fue adoptada el 10 de diciembre de
1948 y cuyo treinta aniversario se conmemora este año,
titulado Año Internacional de los Derechos Humanos, y con
esta remisión quedan recogidos todos y, además, enmarcados
en una Declaración que si en el momento en que fue adoptada
por las Naciones Unidas -creo que entonces las Naciones
Unidas eran 48 los Estados, hoy ya son ciento veintitantos-,
quedaron reafirmados en el último convenio sobre derechos
individuales y políticos adoptado en diciembre de 1966 y por
el convenio de derechos económicos, culturales y sociales
adoptado en la misma fecha.
Entonces, nos
pareció mejor, y aquí lo tratamos y lo discutimos, que el
hacer una lista completa corríamos el grave riesgo de omitir
muchos de estos derechos y libertades fundamentales de la
persona, porque incluso en la lista que se nos presentó en
alguna propuesta, ni estaban todos ni quizás estaban
jerárquicamente ordenados, porque incluso en esa propuesta
hay la mención a algún derecho que ciertamente es un derecho
reconocido pero que emana de algún principio que sin embargo
no estaba enumerado. En consecuencia, nos pareció mejor
seguir un sistema mixto y señalar la remisión a la
Declaración Universal de Derechos del Hombre y, en segundo
lugar, añadir una serie, poner énfasis sobre aquellos tipos
de derechos que en un naciente Estado transcienden, es
decir, tienen una importancia verdaderamente trascendente
para ese nacimiento, y son fundamentalmente aquellos que
aquí hemos citado, de conciencia y religión, asociación,
reunión, expresión, con lo cual están prácticamente puestos
aquéllos que dan nacimiento a la vida en común: residencia y
domicilio, y el derecho a la propiedad, a la educación y a
condiciones dignas de trabajo. Se siguió este sistema, que
ya digo que es mixto y pareció al Grupo como mejor y creo
que también los diversos grupos se manifestaron concordes, y
en consecuencia, este artículo quedó redactado así:
"Artículo 3º.- La
República de Guinea Ecuatorial tiene por misión la promoción
y el desarrollo político, económico y social de su pueblo, y
a este fin garantiza (ya estamos aquí reconociendo
importantes derechos) la igualdad ante la Ley y la seguridad
jurídica (nos pareció mejor que poner la seguridad de la
persona o personal; es mucho más la seguridad jurídica,
porque ésta sí que comprende absolutamente tolo, que es que
el orden jurídico se cumpla) de todos sus nacionales, sin
distinción de origen, raza, sexo o religión.- El Estado
reconoce y garantiza los derechos y libertades de la persona
humana proclamados en la Declaración Universal de Derechos
del Hombre y fomentará el respeto a las libertades le
conciencia y religión, asociación, reunión, expresión,
residencia y domicilio, así como el derecho a la propiedad,
a la educación y a condiciones dignas de trabajo.- El Estado
fomentará asimismo el desarrollo de los Sindicatos y
Cooperativas y garantizará a los trabajadores la defensa de
sus derechos".
Por lo que se
refiere al artículo 4º, la verdad es que este artículo no
planteó absolutamente ningún problema y tolo el mundo se
puso de acuerdo fácilmente en que había que poner un énfasis
en esta defensa de la seguridad, tanto interior como
exterior del Estado y de su integridad territorial, y se
redactó sobre la marcha, prácticamente, quedando así:
"Artículo 4º.-
Todo acto de discriminación racial, étnica o religiosa y
toda propaganda que atente a la seguridad Interior o
exterior del Estado o a su integridad territorial, será
castigado por la Ley".
El artículo 5º
tampoco presentó ningún problema de redacción, ni de
defender el derecho al sufragio activo y pasivo de todos los
guineanos:
"Artículo 5-.-
Todos los nacionales de Guinea Ecuatorial, mayores de edad,
son electores y elegibles en las condiciones determinadas
por la Ley".
La declaración
del derecho se deja ya su especificación en una Ley.
El artículo 6º, a
su vez, tampoco planteó ningún problema lo referente a la
nacionalidad, que se consideró que debía remitirse también a
una Ley. Ahora sí observo que en el texto que se les ha
repartido falta una palabra, que es la palabra
"institucional".
EL SEÑOR
PRESIDENTE:
¿Quieren ustedes
añadir al texto que se les ha repartido, al final del
artículo 6º, la palabra "institucional"? Así queda completo.
(Al Señor Nang, que pide la palabra) Cuando termine el Señor
Cabanas, podrá V. hablar.
EL SEÑOR NANG
ONDO (D. ANTONIO CÁNDIDO):
Como el Señor
Presidente pregunta ...
EL SEÑOR
PRESIDENTE:
No pregunto; les
indico si quieren tener la bondad de añadir esa palabra.
EL SEÑOR CABANAS:
Entonces quedamos
en que el texto del artículo 6º, es: "El régimen relativo a
la nacionalidad se determinará en una Ley institucional". Es
un puro error mecanográfico por lo que no ha salido en el
texto.
El artículo 7º
tampoco planteó problema dentro del grupo; quiero decir que
no hubo intervenciones sobre ello y la única intervención,
-debo decirlo- fue dentro de la Delegación española.
Entonces, el artículo éste se estableció así:
"Artículo 7º.- El
idioma oficial del Estado será el castellano. Las Leyes
regularán el uso y protección de las lenguas tradicionales".
En cuanto al
artículo 8º el Grupo de Trabajo aceptó el texto que ha
venido arrastrándose en todos los textos: "La capital del
Estado es Santa Isabel". Aquí hubo ciertas observaciones por
parte de algunos presentes en el Grupo de Trabajo. Nosotros
consideramos que el Grupo no tenía ni la posibilidad, ni
estaba, ni figuraba entre sus atribuciones, modificar este
artículo, ya que no había una enmienda formal, ni
directamente determinada a modificarlo y, por lo tanto, así
quedó como viene.
Por lo que se
refiere al artículo 9º, me parece que en el texto de Vds. no
figura siquiera y debe añadirse. Del artículo 9°, sin
embargo, debo decirles a Vds. que no está redactado por una
razón bien sencilla: Es un artículo que nosotros, Grupo de
Trabajo, y sobre todo, nosotros, Delegación española, no
podíamos redactar. Es una da esas cuestiones en las que,
naturalmente, no podíamos decir nada. Es referente a la
bandera y el escudo. Nosotros, en cuanto a este artículo,
encontrábamos con que sólo teníamos un texto, que es el
texto de Don Bonifacio Ondo que figura en su propuesta. En
el Grupo, repito, la Delegación española no podía
manifestarse sobre ello; en fin, hubo alguna objeción por
parte de Delegados guineanos presentes y lo que dijo el
Grupo de Trabajo por boca de su Presidente fue muy sencillo:
Pensamos que nosotros no debemos mezclarnos en lo que debe
ser ni el lema, ni el escudo, ni la bandera. En
consecuencia, creemos que debe ser un acuerdo entre ustedes.
Lo que el Grupo acordó es que, si no hay acuerdo entre
ustedes, se dirá en el texto de la Constitución que una Ley
fijará esto. Así que, o se ponen ustedes de acuerdo aquí o
se pondrán de acuerdo en algún sitio. Lo único que hay sobre
el particular, por escrito es una propuesta de Fernando Póo,
pero era para su propia bandera.
Como naturalmente
hablamos de un Estado unitario, se habla solo de una
bandera. Entonces, el texto que propone don Bonifacio Ondó,
por si ustedes no lo tienen a mano, se lo voy a leer, aunque
no lo hemos incorporado por las razones que acabo de
indicar. Dice lo siguiente:
"El lema del
Estado soberano de Guinea Ecuatorial será: Unidad, Justicia
y Libertad. La enseña nacional o bandera estará constituida
por tres bandas horizontales de colores rojo, blanco y
verde, por este mismo orden, en sentido de arriba a abajo.
La banda de color blanco será el doble de ancho que los
otros dos colores. El escudo de armas de la República estará
constituido por dos círculos concéntricos, con el interior
formado por los conceptos: Unidad, Justicia y Libertad en
caracteres de imprenta de color negro. El exterior estará
formado por seis estrellas de seis puntas, alternativamente
de colores rojo y amarillo. En el interior de estos
círculos, en sentido horizontal, se agregarán dos manos en
actitud de saludo, que sostendrán la balanza, fiel o emblema
de la justicia".
Esta era la única
propuesta escrita que teníamos y sobre la cual no pudimos
manifestarnos por las razones que antes he expresado. Y con
ello, con la presentación de este esquema, consideramos
cumplido el compromiso que habíamos contraído de presentar
esta tarde al Pleno de la Conferencia el resultado de
nuestro trabajo. Muchas gracias.
EL SEÑOR
PRESIDENTE:
La Mesa estima
satisfactorio el trabajo llevado a cabo por el Grupo,
constituido según acuerdo tomado en la sesión de ayer. Se
pone a consideración de los Delegados aquí presentes tal
trabajo. Cada orador tiene derecho a una sola intervención.
EL SEÑOR NANG
ONDO (D. ANTONIO CÁNDIDO):
Señor Presidente.
Señores Delegados: Si mal no recuerdo, el Señor Gómez de
Aranda, en su intervención durante las sesiones pasadas,
manifestó que si se salvaguardaba la personalidad de la
minoría es porque la mayoría ya quedaba salvaguardada por su
condición de mayoría. Y siguiendo esa pauta, hice referencia
además, en mi intervención del viernes pasado, sobre lo que
yo entendía por la palabra "Provincia" introducida en
nuestra Constitución. En el artículo primero, que se ha
vuelto a decir quizá lo mismo, la palabra provincia, aquí,
parece que no nos quiere determinar si debe entrar o no en
la Constitución para salvaguardar la personalidad de
Fernando Póo, por cuanto yo considero que en la distribución
administrativa que se quiere dar, la provincia queda
reemplazada por los territorios que constituyen la Guinea
Ecuatorial puesto que administrativamente, las provincias
son una de las cuestiones que pueden determinar en su día
una ley propiamente de la Asamblea Nacional. En el artículo
primero se dice: "La República de Guinea Ecuatorial asegura
la independencia y seguridad de su territorio de acuerdo con
lo previsto en esta Constitución". Entonces, si se señala
expresamente que cada provincia tendría dentro de un Estado
una autonomía ¿qué es lo que le queda al Estado? Respecto a
la nacionalidad, entiendo que se debe fijar de la misma
manera que se ha fijado. Al pueblo de Guinea Ecuatorial le
corresponde, al menos, una nacionalidad propia. Otro asunto
que yo encuentro, aunque no lo cité en mi intervención, es
el de la bandera. En los proyectos de enmienda presentados
había, en el proyecto firmado por los 23, un texto en el que
se había fijado nuestro punto de vista sobre la bandera,
pero el Señor Cabanas nos dice que sólo hay un anteproyecto.
EL SEÑOR
BARREIRO:
Hay un error,
perdón. Obedece a que el resumen ...
EL SEÑOR
PRESIDENTE:
Que se lea la
descripción de la bandera guineana propuesta por el grupo de
23 firmantes.
EL SEÑOR CABANAS:
Tiene razón. Yo
tengo a la vista un resumen, en el que quizá también por
error mecanográfico, no consta.
EL SEÑOR
PRESIDENTE:
Para conocimiento
general se va a leer lo que dice el grupo de los 23, sobre
la bandera.
EL SEÑOR CABANAS:
En la disposición
final se dice: "La bandera de Guinea Ecuatorial se compone
de tres bandas diagonales ascendentes, de izquierda a
derecha. La superior verde y la inferior roja, de la misma
anchura y la banda central, blanca, más ancha, con un escudo
formado por dos lanzas cruzadas en forma de aspa, con las
puntas hacia arriba, aisladas de dos palmas, atadas en su
pie por un fajín de oro, que lleva inscrito el lema de la
República, el lema nacional de Unidad, Paz y Prosperidad".
EL SEÑOR NANG
ONDO (D. ANTONIO CÁNDIDO):
Pero en lo que
más insisto son en los dos artículos: los de la provincia y
nacionalidad. La provincia debe ser una distribución
administrativa, que en su día determine la Asamblea
Nacional, puesto que es la complicación que nos viene de
nuevo para saber determinar la garantía de la personalidad
de Fernando Póo con esa palabra de provincia. De momento, yo
creo sé debe tomar en consideración, Señor Presidente.
EL SEÑOR
PRESIDENTE:
Ahora se va a
abrir un turno de oradores donde cada uno hará las
consideraciones que estime oportunas. De ellas irá tomando
nota la Delegación española, para después estudiarlas. La
Delegación española podrá explicar las razones por las
cuales una propuesta es o no incorporable al proyecto. La
Mesa después fijará, el texto definitivo. No podemos decir
en este momento si su enmienda se acepta o no. Tenemos que
oír a todos los oradores que quieran hablar acerca de este
capítulo. Sus palabras, por ahora, se toman en
consideración.
EL SEÑOR NANG
ONDO (D. ANTONIO CANDIDO):
En mi declaración
quiero que se tome en cuenta lo de capital del Estado. Yo
creo que lo dije ayer que se tuviese en cuenta. No tengo
objeción ninguna, pero quiero marcar las ideas que tuve en
su día.
EL SEÑOR
PRESIDENTE:
Es decir, que
usted ha expuesto ya estas ideas y el Grupo de Trabajo no
las ha tomado en consideración. Ya se ha explicado en qué
forma aquél ha desarrollado su labor. Ahora, si usted quiere
decir "lamento que no haya sido aceptada mi sugerencia o mi
enmienda y quiero que conste en Acta" , constará. Pero si el
Grupo de Trabajo ya ha examinado sus puntos de vista y no
los ha recogido, no puede usted insistir sobre ellos. Si
usted ve alguna inconsecuencia entre lo que ha expuesto el
ponente del Grupo de Trabajo español y lo que ha quedado
plasmado en los textos, entonces lo podemos considerar.
EL SEÑOR NANG
ONDO (DON ANTONIO CÁNDIDO):
Esa Comisión no
manda aquí ninguna representación. Mi representación es con
esta Mesa. No quiero que acepten mi enmienda, pero si quiero
exponer mis razones de las enmiendas que presento.
EL SEÑOR
PRESIDENTE:
Evidente.
EL SEÑOR NANG
ONDO (DON ANTONIO CÁNDIDO):
Muchas gracias.
EL SEÑOR
PRESIDENTE:
¿Algún otro
orador quiere hacer consideraciones sobre el trabado
presentado por el grupo español?
EL SEÑOR SILA
(DON DOMICIANO):
Soy un sustituto
de don Francisco Dougan, que actualmente está ausente y ha
delegado en mí.
Por primera vez
intervengo aquí y no veo ninguna contradicción, salvo lo de
Fernando Póo. Nosotros no podremos contrariar nada de los
que España nos imponga, porque desde que recibimos la
novedad del discurso del Gobierno español a la salvaguarda
de la personalidad de Fernando Póo, habíamos creído ,que a
esa personalidad teníamos que optar mucho más en ella
nosotros, porque los que mejor pueden buscar esa salvaguarda
somos nosotros.
Ahora bien, como
se ha dicho siempre que había que buscar un entendimiento
razonable entre las dos partes, yo creo que habría que poner
aquí, que reflejar en el artículo primero, que dice que la
República de Guinea Ecuatorial es un Estado soberano e
indivisible -luego el indivisible no garantiza nada si algún
día tuviéramos un choque-, se podría poner: un Estado
soberano e indivisible salvo casos de contrariarse la
salvaguarda y garantías de la autonomía de estas provincias,
según los preceptos marcados por la Ley de estas bases, como
a continuación se desarrolla en el capítulo de las
competencias de las provincias. Yo creo que esto es una
seguridad más que podríamos poner a nuestra salvaguarda.
No quiero
interrumpir ni disociar en nada, pero que conste eso.
Sabemos que estamos construyendo un templo pero hay que dar
a ese templo unos buenos cimientos.
EL SEÑOR
PRESIDENTE:
Se toma nota de
sus deseos y se decidirá en el momento oportuno.
El señor Watson
tiene la palabra.
EL SEÑOR WATSON
BUECO (DON GUSTAVO):
Empiezo por
lamentar que nuestra sugerencia de esta mañana no ha sido
recogida, pero al menos constará en Acta, como ha dicho la
Mesa.
Pusimos una
primera objeción a esto que dice "de acuerdo con los
principios de la Carta de la Organización de la Unidad
Africana". Quedamos en que la cosa quedara en incorporarse a
la comunidad de Estados independientes y a la Organización
de las Naciones Unidas y a mantener nuestras relaciones con
los pueblos africanos, y nada más. Porque creíamos que la
influencia de la Organización de la Unidad Africana cada día
languidece más y más en África, y no era buena base seguir
los principios de una Organización en tales condiciones.
Después, yo puse
una objeción a lo de indivisible, porque creía que eso salía
del marco que tantas veces se ha dicho aquí ha sido marcado
por el Gobierno español. El Gobierno español dice un Estado
unitario, por lo que se podría decir: la República de Guinea
Ecuatorial es un Estado soberano considerado como una unidad
política. Después, todo lo demás igual.
En lo de las
provincias quisiera que se añadiese, donde dice "la
provincia de Fernando Póo comprende la isla de este nombre y
de Annobón", "e islas adyacentes", porque existen.
En el artículo 5°
dijimos, con respecto a eso de la residencia y domicilio,
que se supeditase a una Ley que regula se la inmigración
dentro del mismo territorio y la emigración. Y luego, que se
suprimiera la palabra "sindicatos" dentro de ese mismo
articulo, porque el país es tan pequeño que no podemos
entablar la lucha sindical. Nos quedábamos sólo con las
Cooperativas, que la experiencia nos ha hecho saber que es
lo mejor que nos va ahora.
En el artículo
4°, que dice: "Todo acto de discriminación racial, étnica o
religiosa y toda propaganda que atente a la seguridad
interior del Estado o a su integridad territorial, será
castigado por la Ley", quisiera que se añadiera: "o
cualquier acto que atente también contra la autonomía de las
provincias".
La Ley
institucional la admitimos. El idioma oficial, también.
Respecto a lo de
la Capital hay una controversia, porque decíamos nosotros -y
particularmente sigo sosteniéndolo-que queremos que la
Capital de la Guinea Ecuatorial esté en Bata, porque,
precisamente el hecho de tener o de estar la capital en
Santa Isabel es el punto de fricción entre estas dos
provincias; el punto de fricción más importante. Y, para
evitar posibles roces en el futuro creíamos -a pesar de lo
que digan respecto a su representación diplomática para
mayor vistosidad o por las cuestiones turísticas, por su
mayor influencia para el turismo, o por las razones que han
alegado-, yo creo que la Capital debe seguir estando en
Bata.
Al artículo 9º,
respecto a la bandera, es una cosa que tenemos que discutir
más ampliamente, porque a la entrada de la independencia ya
existía una bandera que, por razones de respeto al Gobierno
español, no podíamos sacarla a flote. Por lo tanto, si
después han aparecido otras banderas, es cuestión para que
nos reunamos todos y lo discutamos detenidamente. En caso de
no haber acuerdo, entonces pediríamos a otros países su
asesoramiento. La dos banderas que se han traído aquí son
sospechosas, puesto que casi copian banderas extranjeras que
todos sabemos la influencia que pueden tener para nosotros
en el futuro.
Las observaciones
del señor Watson se hacen a efectos de que consten en acta
los puntos de vista que han sostenido ante el Grupo de
trabajo. Por lo tanto, no han sido recogidas ni pueden ser
sometidas a más consideración por parte del Grupo de
trabajo. Ya han sido escuchadas y tomadas en consideración
en lo que ha sido posible. Muchas veces no han podido ser
tomadas en cuenta muchas opiniones porque en otros proyectos
había puntos de vista encontrados. Si alguien que haya
firmado o es autor de alguna enmienda ha modificado su punto
de vista que coincide con lo expresado, que lo diga, porque
es un elemento a considerar, porque la Delegación española
al redactar el documento ha tenido en cuenta los puntos de
vista expresados en el documento. Mientras tal punto de
vista no se modifique, es un elemento que tiene para
contrastar la opinión de otro Delegado que pueda estar en
contradicción o que presente otro punto de vista distinto.
Puede ser un elemento a considerar. Lo digo para que lo
tenga en cuenta la Delegación española para redacción del
texto definitivo.
EL SEÑOR MAHO
SICACHA (DON LUIS):
Quiero referirme
a la discusión respecto al punto de la Capitalidad que
expuse en mi intervención del otro día.
EL SEÑOR
PRESIDENTE:
Eso ya lo ha
modificado. Si alguien ha modificado sus opiniones y no lo
ha hecho presente, ése sí es un dato que conviene conocer.
EL SEÑOR N'DONGO
MIYONE (DON ATANASIO):
Seré breve. Solo
quiero manifestar la conformidad del Grupo MONALIGE con la
mayor parte del texto. Sin embargo, me gustaría hacer
comprender a la mayoría de nuestra Delegación aquella frase
que pronunció el señor Cabanas de que "España nos cede el
solar", y si España nos cede el solar, es que nos lo tiene
que ceder tal y como nosotros lo habíamos guardado. La
palabra "provincias", aunque no nos guste, debemos
aceptarla. Las provincias han sido organizadas por España
desde hace 190 años. Claro que si el futuro Gobierno, la
futura Administración quisiera modificar las provincias, yo
no es problema de esta Constitución. Eso no implica que deba
entrarse en una discusión dialéctica. Así que la aceptamos
tal como nos la dejan en herencia.
El artículo 2º
habla de la soberanía nacional que, evidentemente, ha de
pertenecer al pueblo guineano. En cuanto a lo de las
instituciones, lo que el pueblo de Guinea defiende y
defenderá siempre son las instituciones. Los hombres pasan
mientras las instituciones son permanentes, pueden
transformarse o modificarse. Y por eso se ha exigido - y
estamos todos de acuerdo en ello - que cada vez que se
presenten problemas relacionados con la personalidad típica
de estas instituciones , que sus representantes sean
elegidos por sufragio universal y directamente por vía de
referendum, que el procedimiento que se considera hoy día
como más adecuado.
El artículo 3º es
una redacción mixta, desde luego. En cuanto al último
párrafo, no estoy yo muy de acuerdo, porque de hecho, la
Constitución no reconoce el derecho del Sindicato: por
consiguiente, ya es demasiado, ya hemos hecho una concesión.
El Estado tiene la obligación de reconocer el derecho del
Sindicato. El Estado tiene la obligación y el derecho de
fomentar el Sindicato. Esto es importante y lo aceptamos.
En cuanto al
artículo 4º, creo que no debe haber
discriminaciones raciales en Guinea Ecuatorial. Lo que más
interesaba a Fernando Póo era esto: que no hubiera
discriminación racial, étnica ni religiosa.
Por lo que se refiere al artículo 5º, sobre que todos los
ciudadanos de Guinea son electores, había que saber qué entendemos por nacionalidad en Guinea Ecuatorial para que
sean electores elegibles. Estamos de acuerdo.
El idioma será el castellano. Yo pido que se nos haga una
aclaración, pues sobre esto ya discutimos en su día. Será el
idioma español y no el castellano. Resulta que en Guinea
hablamos el español, como ocurre en Colombia, Méjico y otras
partes. Entonces, en Guinea hablaremos el español, pero no
castellanizaremos, eso queda para los universitarios y los
académicos que seguirán teniendo su lenguaje por amor
propio.
En cuanto al artículo 8°, respecto a la capitalidad
del nuevo Estado, voy a hacer una aclaración. En nuestro
proyecto constitucional de Monalige hacíamos ver exactamente
este problema de cualidad. Para nosotros, la ciudad de Santa
Isabel, sería objeto de un Estatuto muy especial. Tenemos
otras ciudades. Lo que no se puede aceptar de ninguna forma
es considerar Santa Isabel como ciudad étnicamente hablando
bubi o fernandina. Existe una situación: tenemos edificios
públicos que pertenecen a Río Muni y otros a Fernando Póo,
como es el Palacio Provincial actual, como es el Palacio del
Comisario,-en fin una gran cantidad de edificios que
tendríamos que empezar por averiguar a quién pertenecen.
No creo que el turismo tenga más arraigo en Santa Isabel y
no se quiere decir eso. El turismo se puede fomentar en cualquier sitio, por ejemplo en San Carlos. Se pueden crear nuevas ciudades. La capitalidad del Estado de Guinea Ecuatorial
está fijada por razones históricas.
Por último, me voy a referir al punto 9º que no viene en la
nota preparada por el Grupo de trabajo, en el que se habla
de la bandera. Sobre este punto quería pedir una aclaración
a la Conferencia y es saber si tenemos facultad desde este
momento para preparar una bandera para Guinea Ecuatorial, un
himno nacional, un escudo; es decir, si tenemos facultad
para hacerlo. Yo supongo que en lo de la bandera el pensamiento es unánime. No se pueden decir los colores,
como se decía en el texto del señor Presidente, que fijaba
que los colores deberían ser: verde, blanco y rojo.
En cuanto al escudo, podemos discutir con los grupos políticos, porque no vayamos a creer que el escudo ha de ser
solamente de unión, tiene que ser también nacional. Todavía
no nos hemos puesto de acuerdo con los amigos de la Unión,
pero no cabe duda de que de aquí saldrá el escudo.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
Parece que la Delegación española estaba equivocada creyendo que en algún texto existe la palabra castellano y no
español; y el que la empleó a lo mejor lo hizo sin darse
demasiada cuenta de la distinción. ¿Hay alguien que insista
en mantener que el idioma oficial que debe figurar en la
Constitución sea el castellano? Si hay divergencias, el
texto quedará tal como está; pero, si hay unanimidad en la
Delegación guineana a favor de la denominación "idioma
español", el Grupo de trabajo y la Mesa admitirán la
corrección del texto presentado.
El señor Gori tiene la palabra sobre este punto.
EL SEÑOR GORI MOLUBELA (DON ENRIQUE):
Sobre este punto
concreto.. Estuve esta mañana en el Grupo de trabajo y sobre
esto el grupo del que formo parte, en algunos de los
trabajos que hemos presentado, se ponía el castellano. En principio, se habló de éste para
diferenciarle de los varios idiomas o lenguas. Entre
nosotros habíamos hablado de esto; pero dadas las
informaciones que hemos tenido aquí, a mi me convención se
dijera, en vez del castellano, el español, porque resulta
que la definición de la Real Academia los acuerdos de las
Naciones Unidas, cuando reconoce entre los idioma
internacionales admitidos, no dice el castellano como lengua
nacional, sino el español; por lo que me parece indiferente
que se dijese el español en vez del castellano. 0 sea, para
mi, "pecata minuta". Si se pone el castellano, pues
castellano; pero si se dice el español como idioma
oficialmente reconocido y, además, en virtud de esta
definición clara de la Real Academia de la Lengua, que dice
"el español" y las definiciones de la misma legislación
española, que habla del español como idioma nacional, no
creo que el asunto sea de mayor trascendencia. Se puede
decir que la lengua oficial es el español.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
¿Alguien quiere abogar por la denominación "castellano''?
(PAUSA) ¿De acuerdo? Entonces, quedará, modificado el texto,
sustituyendo la palabra "castellano" por "español".
Tiene la palabra el señor Copariate.
EL SEÑOR COPARIATE MUEBAQUE (DON GASPAR), de la UNIÓN BUBI:
Señor Presidente, quería que usted me aclarase una cosa
que he venido insistiendo y parece que no ha tenido cabida.
Me gustaría que usted me explicara, por ejemplo, si Alemania
Federal constituye una unidad política.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
¿Que le explique
yo? (RISAS). Yo no puedo aceptar aquí
un diálogo. Usted exprese las dudas que pueda tener.
EL SEÑOR COPARIATE MUEBAQUE (DON GASPAR):
Bueno, yo
quisiera saber su opinión, porque aquí, en el artículo
primero ...
EL SEÑOR PRESIDENTE:
No me pregunte mi opinión. Diga usted la suya. Por ejemplo,
usted razone diciendo: para mí, la República Federal es una
unidad política, etc. y saque las consecuencias que le
parezcan lógicas. No necesita para ello conocer mi punto de
vista.
EL SEÑOR COPARIATE MUEBAQUE (DON GASPAR):
Eso va a que la declamación española dice que reafirma el
propósito de conceder la independencia a Guinea Ecuatorial
como una unidad política y la unidad política tiene, yo
creo, que dentro de la unidad política tiene muchas
fórmulas, y yo aquí he tratado de ver, porque creo que me
compete a mi, ya quo se trata de salvaguardar la cuestión de
Fernando Póo, y creo que quedaría mejor salvaguardada si se
aclarara más y mejor el concepto de manera que esto quedara
muy afianzado. Y yo decía, donde pone "La República de
Guinea Ecuatorial es un Estado soberano e indivisible,
democrático y social" y luego dice, "integrado por las
provincias de Río Muni y de Fernando Póo", yo había sugerido
poner aquí una fórmula federal que sería, por ejemplo, donde
poner "que está integrado por las provincias de Río Muni y
de Fernando Póo", que se dijera "la federación de los
territorios de Fernando Póo y Río Muni", porque quedaría
dentro de ese marco que ha señalado el Gobierno español,
que. habla de una unidad política y la unidad política tiene
varias formulas. Si tratamos de garantizar, hay que buscar
las máximas garantías. Por favor, me gustaría que se tomara
en consideración esto.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
Constan en acta las palabras del señor Copariate y se toman
en consideración sus opiniones respecto a la posible fórmula
que pediera ser adoptada en un texto constitucional
definitivo. ¿Alguien más quiere hablar?
EL SEÑOR NGOMO NANDONGO (DON FEDERICO):
Muchas gracias, señor Presidente. Agradezco, en primer
lugar, la laboriosidad de los señores de la Comisión de
trabajo, porque la verdad es que se ha empezado a trabajar,
pero yo entiendo, señor Presidente, que esto es una
Constitución, lo cual quiere decir que es una Ley y las
Leyes está mal aprobarlas por parte, porque la verdad es que
si las vamos aprobando por partes, luego podemos
encontrarnos con puntos que difieren de los ya aprobados.
Por lo tanto, si le parece al señor Presidente, me voy a
reservar mi posición hasta conocer toda la Ley.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
Evidentemente se trata de ir discutiendo o tomando en
consideración los trabajos que presente diariamente el grupo
español. Al terminarse la redacción de la Constitución habrá
un debate en el cual cada Delegado podrá exponer sus puntos
de vista sobre la totalidad de la Constitución.
EL SEÑOR NGOMO NANDONGO (DON FEDERICO):
Muchas gracias, señor Presidente. Yo me reservo la discusión
de esta Ley artículo por artículo hasta ver todo, porque un
artículo va relacionado con otro y al discutir ahora puedo
cometer error al admitir ciertas expresiones en unos
artículos que, a lo mejor, luego, en el Capítulo V, o en el
Capítulo VI están en contraposición.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
Tiene perfecto derecho, y comprendemos su punto de vista.
Tiene absoluta libertad de pronunciarse cuando lo considere
oportuno.
EL SEÑOR TORAO (DON PASTOR), del MONALIGE:
Muchas gracias, señor Presidente. Quisiera pedir al señor
Presidente que nos permita ya que desde ahora pasaremos, a
otra parte de la Constitución y ya no volveremos a tratar en
los días siguientes de la misma cosa que hemos tratado hoy,
sería mejor que desde ahora acordase un día en que la
Delegación guineana pudiese reservarse el derecho a
definirse sobre el punto de la bandera y el escudo, a solas,
sin que tenga necesidad de tener que interferirse en los
próximos debates. Muchas gracias.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
No hay inconveniente en señalar un día para, que la
Delegación guineana se reúna para este asunto. Quizás podría ser
mañana mismo. Habíamos pensado que las reuniones del Grupo
de trabajo tuvieran lugar por la tarde, con el fin de que la
Delegación guineana dispusiera de más horas para considerar
el trabajo llevado a cabo por el Grupo de trabajo (perdonen
la redundancia). Las reuniones del Pleno de la Conferencia
tendrían lugar por las mañanas. En tal caso, el Pleno se
reuniría a las doce todos los días. Mañana, como no hay
trabajo para el Pleno, podría reunirse la Delegación
guineana para discutir el problema de la bandera nacional.
EL SEÑOR TORAO (DON PASTOR):
No me he explicado bien claro. Quería significar que, como
hoy se ha quedado en suspenso el completar la aclaración
sobre la bandera, quizás mañana pasásemos a tratar de otros
temas y luego éste quedaría a lo último de todo y que a lo
mejor olvidaríamos algún detalle que en estos momentos
podremos recordar fácilmente. Es por lo que digo que antes
de pasar a otros temas, a ver si se acordase un momento en
que la Delegación guineana pueda encontrarse aquí reunida
para llegarse a un acuerdo.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
Esta tarde ya no, porque va a continuar el debate sobre los
artículos presentados por el Grupo de trabajo y que ha de
quedar cerrado en el día de hoy. Con la propuesta que yo
hago se cumplirían los deseos del señor Torao. Es decir,
que mañana por la mañana podría reunirse la Delegación
guineana en pleno para discutir el asunto de la bandera.
Por la tarde lo haría el Grupo de trabajo con los delegados
guineanos que quisieran colaborar con él. Al día siguiente
continuarían por la mañana las sesiones del Pleno de la
Conferencia.
EL SEÑOR NGOMO NANDONDO (DON FEDERICO):
Señor Presidente. No
es que sea imprescindible. Somos algunos Presidentes de
Diputación; tenemos algunas gestiones que hacer todas las
mañanas. Normalmente tenemos muchas gestiones que hacer por
la mañana; Enrique y yo vamos a muchos Ministerios en
gestiones de la Diputación.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
Digo que ésta es una facilidad que la Delegación española
ofrece, aunque para alguno de ellos represente un
sacrificio. Hemos señalado las doce porque con dos horas,
que se podrían prolongar hasta las tres, se dispondría de
suficiente tiempo. Y hasta las doce creo que hay margen para
gestiones.
EL SEÑOR NGOMO NANDONGO (DON FEDERICO):
Señor Presidente:
Hoy hemos ensayado un sistema de trabajo que no nos ha ido
mal: la parte de trabajo por la mañana
y por la tarde el Pleno. Yo creo que muchos que se quejan no
han aparecido por aquí esta mañana, así que no se quejen.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
La propuesta de la Mesa no ha sido acogida favorablemente y
se retira.
En cuanto al problema de la bandera, entiendo que ustedes
han de tomar la iniciativa de reunirse. Tiene la palabra el
señor Ibongo.
EL SEÑOR IBONGO (DON SATURNINO), de MONALIGE:
Con el fin de
no atrasar el proceso que hemos seguido esta mañana,
afortunadamente a pasos acelerados, a última hora, yo
propongo que la Delegación española trabaje como ha
trabajado esta mañana a las once, y nosotros, el que quiera
participar, que participe con ellos. A las cinco de la tarde
los guineanos se reúnen y, en dos horas, podemos ponernos de
acuerdo en la combinación de los colores de la bandera y,
luego, a las siete, continuamos con la sesión plenaria.
Para quitarnos de encima este peso. Así, cuando llegue la
Delegación española, ya tenemos el esquema del escudo y nos
habremos puesto de acuerdo en los colores de la bandera, si
no hay algún daltoniano.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
¿Hay alguien que se oponga a esa propuesta? La Mesa, desde
luego, la acepta. Si se reúnen ustedes, después, cuando se
abra el Pleno de la Conferencia, no habrá debate sobre la
bandera. Si llegan a un acuerdo, tomaremos nota del mismo y,
si no lo hay, se hará constar que no lo ha habido. ¿Alguien
más quiere tomar la palabra?
EL SEÑOR MBA NSUE (DON JUSTINO):
Voy a ser muy breve porque nada nuevo tengo que decir en
este mismo momento. Lo que hago no es más que adherirme a
las palabras de don Federico Ngomo, primero, felicitando al
grupo español que ha elaborado esos trabajos, y, segundo,
manifestando nuestra posición de presentar las pocas
observaciones que podamos encontrar en el anteproyecto que
se está elaborando. Y, hablando de la bandera que se ha
propuesto en los diversos anteproyectos, recuerdo que cuando
nosotros en Guinea estábamos realizando las actividades
políticas clandestinas, poco antes de llegar a elaborar la
Ley de la Autonomía, entonces militábamos primero en la
Cruzada Nacional de Liberación y después en el Movimiento do
Liberación Nacional, que actualmente es el gran Monalige,
habíamos estudiado los colores y la forma de la bandera
actual. Esta bandera es la que automáticamente ha adoptado IPGE y es la misma bandera que poco antes de que viniera la
Comisión que vino a estudiar la Ley o el anteproyecto de la
Ley de Autonomía, había traído para presentarla al Gobierno
español. Es la misma bandera que el Secretariado Conjunto
Guineano, antes de venir a tomar parte en esta II Fase de la
Conferencia Constitucional, había vuelto a estudiar y ha
aprobado, tanto sus colores como las formalidades que pueden
apreciarse en el anteproyecto presentado y firmado por los
23 miembros guineanos. Por lo tanto, no tenemos alguno nuevo
que objetar al respecto. En cuanto al escudo, que se trata
ahora de ver si es o no aceptado por la mayoría de los
guineanos, habremos de estudiar las formalidades, puesto que
el pequeño estudio que se tiene hecho ...
EL SEÑOR PRESIDENTE:
Perdón. El señor Gori pide un punto de orden.
EL SEÑOR GORI MOLUBELA (DON ENRIQUE) :
Querido camarada Justino, se ha dicho que mañana a las cinco
de la tarde, nos reuniremos para estudiar la bandera y no sé por qué se han de traer ahora esos
líos a la Delegación española.
Yo tengo tres banderas en casa, y este acuerdo del
Secretariado conjunto no lo he visto. Yo soy de la
Delegación guineana y tengo tres banderas. Ahora mismo tengo
encargado a unos amigos míos, catedráticos del Conservatorio
el himno. Mañana cuando nos reunamos a las cinco, se estudiará esto, porque es problema nuestro.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
Bien ya ha expresado el señor Gori su opinión.
EL SEÑOR MBA NSUE (DON JUSTINO):
Por lo menos, que no se me corte la palabra, ya que no hago
ni más ni menos que expresar la posición de mi Delegación.
Estaba hablando del escude, del que tenemos también un breve
estudio hecho. No obstante, mi Delegación esta dispuesta a
trabajar en los trabajos que se organicen, para llegar a
formalizar un escudo que sea digno de Guinea y aprobado pon
toda la Delegación guineana.
Nada más, gracias.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
Yo quisiera hacer una reflexión sobre la actitud que ha tomado el señor
Ngomo, quien se reserva su opinión hasta cuando el texto
esté más adelantado. Esto es una falta de cooperación en la
redacción del texto y pierde una posibilidad de enmendarlo, porque
los capítulos que queden aprobados diariamente, cualquiera que
sea la opinión que después se manifieste sobro ellos, no podrán
ser enmendados. Este el momento de hacer sugerencias o de preponer
modificaciones. Que lo tengan en cuenta el señor Ngomo y los que adopten la misma
actitud. Tiene la palabra el señor King.
EL SEÑOR KING (DON THOMAS A.):
Señor Presidente, en una de mis intervenciones del día de
ayer, se concreto la idea que tenia yo respecto a las
sucesivas intervenciones que se harían con respecto al
avance del proyecto constitucional. Entendía que, en efecto,
el que quisiera hacer alguna modificación o sugerencia
respecto al mismo, tenía indudablemente dos opciones: una
manera activa; levantándose, o su mero asentimiento desde el
momento en que se callaba. Es decir, si esa fórmula ha sido
adoptada o aceptada, se contradice en todo caso con una
modificación al final de los trabajos. Yo, en este caso
concreto, me adhiero en líneas generales a la parte sobre
la cual ha versado el trabajo de esta tarde, y por el mero
hecho de mi adhesión no había tomado la palabra por la
nueva sugerencia.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
Así se entiende.
Muchas gracias. Tiene la palabra el
señor Ngomo.
EL SEÑOR NGOMO NANDONGO (DON FEDERICO):
Muchas gracias,
señor Presidente. Yo lamento mucho que mis
intervenciones siempre se tenga que tergiversar. Yo hablo
aquí como representante de Río Muni, por ser Presidente de
la Diputación, nombrado por unanimidad -con un voto en
blanco, que fue el mío- y, por lo tanto, hablo con mucha
responsabilidad.
A mi me parece bien este trabajo, pero considero que la Mesa
no tiene por qué quitarme el derecho de hablar más tarde.
Si va a ser una imposición, quiero que la Mesa me lo diga
para saber qué tengo que hacer.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
No le he dicho que no tiene opción de hablar más tarde.
Tiene la palabra el señor Cabanas.
EL SEÑOR CABANAS RODRÍGUEZ:
Creo que ayer, en la sesión de ayer mismo, en nombre de la
Delegación española propuse, y lo razoné amplia y
largamente, hice una serie de propuestas -desgraciadamente
tuve que abandonar la sesión, como pido que permitan
abandonarla hoy también, puesto que tengo un acto a las
nueve y media y tengo que ir a casa- y quedó establecido un
texto, que ustedes tienen sobre la Mesa, que es un sistema
de trabajo usual en todas las conferencias del mundo. Así es
que se estableció un sistema. Lo usual, lo normal es
respetar el sistema.
Yo me permito recordar además que el grupo de trabajo, esta
misma mañana, y en mi declaración al presentar el texto, con
respecto a las reservas de determinados señores sobre
algunos puntos, dijo sistemáticamente: no las acepto aquí,
pero lo que si sugiero es que las voy a tomar en
consideración. Si algún señor delegado quiere exponer sus
puntos de vista que lo haga allí en el grupo de trabajo, que
es el lugar de la colaboración, es el lugar donde se
afrontan las responsabilidades, es allí el lugar donde se
dice: este punto yo podría aceptarlo si después se va a
hacer esto y esto; de otra manera, lo replantearé aquí. Eso
fue lo que se acordó esta mañana con dos o tres
intervenciones, incluso de algún delegado español que
planteó el problema y se le dijo: no es éste el momento de
plantear ese problema.
Las oportunidades y las garantías están ahí en este texto.
Ayer nadie planteó dificultades; no sé si se plantearían
después, de haberme marchado yo; pero mientras yo estuve
aquí nadie discutió los puntos ni propuso modificación
alguna al sistema de trabajo aprobado.
Señores, seamos serios. Si hemos aprobado un sistema de trabajo, mantengámosle.
Pensábamos ayer que este era un sistema con eficacia y garantía. Si ahora
resulta que no
cumplimos el sistema, ni habrá eficacia ni seguramente tampoco
habrá
garantía.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
Tiene la palabra el señor Ngomo.
EL SEÑOR NGOMO NANDONGO (D0N FEDERICO):
Empiezo por agradecer al señor Cabanas la labor que ha hecho
en favor de esta Conferencia.
Yo no quisiera que bajo mi responsabilidad este trabajo
resultara ocioso. Por ejemplo, el señor Copariate -me va a
perdonar que le nombro ya que nunca me gusta aludir a
personas- empieza por decir que la unión política tiene
muchas fórmulas. Pues yo no quiero hacer esta pregunta
hasta que estemos dentro de la Ley, porque hay cosas que
seguramente con estos ocho artículos no estarán explicadas,
ya que si hubiéramos esperado al resto de la Ley,
seguramente el señor Copariate no preguntaría esto.
EL SEÑOR N'DONGO MIYONE (DON ATANASIO):
Punto de orden.
Creo que estamos entablando un diálogo y se ha dicho que
sólo se tendrá una intervención.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
Y lo haré respetar.
Don Federico Ngomo ha querido explicar por qué no ha
hablado y se quiere reservar para más adelante. Se le ha
señalado que esto comporta unas consecuencias respecto a la
eficacia de su intervención futura.
Tiene la palabra el señor Barreiro.
EL SEÑOR BARREIRO MOURENZA:
Realmente, si la Presidencia estima que el asunto ha quedado
liquidado no quisiera insistir, pero, únicamente, en estro
caso, me permitiría señalar que la posición que quiere
reservarse el señor Ngomo está prevista en el sistema de
trabajo que hemos aprobado, puesto que, sin perjuicio de
aprobar de manera definitiva los títulos que vayan siendo
presentados cabe la posibilidad de que si, posteriormente,
al debatirse un nuevo tema se modifica una situación o
alguna frase que resulte determinante de lo que ya se ha
aprobado, la Presidencia tiene facultados, porque así lo
hemos decidido ayer, para modificar lo que se aprobó
previamente.
Por consiguiente, me parece que la reserva es absolutamente
innecesaria, y, en el fondo, el señor Ngomo mismo ha dicho
en el curso de su intervención que no tiene nada que alegar.
EL SEÑOR NGOMO NANDONGO (DON FEDERICO):
Lo que va aquí
vincula.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
Lo que quiere decir el señor Ngomo es que desea que conste
que se reserva el derecho de alegar lo que estime oportuno
en su momento.
EL SEÑOR NGOMO NANDONGO (DON FEDERICO):
Me reservo el derecho. Mejor sería que se tomara como
documento de trabajo.
EL SEÑOR BARREIRO MOURENZA:
En este momento no tenemos más que añadir.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
Entonces, ustedes, los delegados guineanos, pueden reunirse
por la tarde a las cinco; el Grupo de trabajo se reunirá por
la mañana, a las once; y el Pleno, como de costumbre, a las
siete de la tarde.
Se levanta la sesión.
Son las veintiuna
horas.
DON JOAQUÍN CASTILLO MORENO, Marqués de Castro de Torres,
Coordinador de la Conferencia, en funciones de Secretario,
doy fe de cuanto antecede, Madrid, fecha ut supra.
[Va la firma]
Editado y
distribuido por ASODEGUE
