HISTORIA DE GUINEA

 
   

 

 

 

 

              

   ACTA DE LA SEXTA SESIÓN PLENARIA. SEGUNDA FASE 

      En Madrid,.a diez de mayo de mil novecientos sesenta y ocho, en el Salón de Embajadores del Ministerio de Asuntos Exteriores, tiene lugar la VI Sesión Plenaria de la II Fase de la Conferencia Constitucional de Guinea Ecuatorial, bajo la presidencia del Vicepresidente de la misma, Excmo. Señor Don Ramón Sedó Gómez, Subsecretario de Política Exterior, con la asistencia de las Delegaciones del Gobierno español y de la Guinea Ecuatorial.

La Mesa queda constituida por el Excmo. Señor Don Ramón Sedó Gómez, el Excmo. Señor Don Gabriel Mañueco de Lecea,. Director General de África y Próximo Oriente y el Excmo. Señor Don Gabriel Cañadas Nouvilas, Secretario General del Consejo Superior de Asuntos Exteriores y de la Conferencia.

El Presidente de la Mesa abre la sesión a las diecinueve horas y quince minutos y dice: 

EL SEÑOR PRESIDENTE:

Se abre la sesión. Tiene la palabra el señor Secretario, General de la Conferencia. 

EL SEÑOR CAÑADAS, Secretario General:

De acuerdo con la decisión tomada en la reunión del día de ayer, se han entregado a los técnicos de la Conferencia Constitucional las enmiendas. á la totalidad, que habían sido presentadas-en la Secretaría, La primera de las enmiendas presentadas fue una -como les decía a ustedes ayer- firmada por doce personas,-representantes de la Isla de Fernando Póo y encabezada, por don Enrique Gori, La segunda era también un documento presentado por diez personas de la isla de Fernando Póo y cuyo primer firmante también era don Enrique Gori.

La última enmienda a la totalidad presentada es la. que tuvo lugar su presentación en la sesión del día de ayer. Por consiguiente, y respetando el orden de prelación de presentación, los técnicos han preparado un dictamen sobre las dos enmiendas primeras a que antes me refería» Ahora bien, como las dos enmiendas, en realidad consisten en una sola en sustancia, puesto que el primer documento, como ustedes habrán visto, prácticamente se limita a rechazar el texto constitucional conocido, y es el segundo el que ya hace una propuesta concreta, los técnicos han elaborado un dictamen que se refiere en conjunto a los dos documentos,, considerando los mismos como si se tratase solamente de uno. 

EL SEÑOR PRESIDENTE:

Voy a pedir al señor Herrero que, como técnico asesor de esta Conferencia, nos dé cuenta del dictamen emitido respecto a la enmienda, presentada por un grupo de miembros de la Delegación guineana. La primera firma que aparece en el documentó es la del señor Gori.  

EL SEÑOR HERRERO:

Señor Presidente, señores, voy a proceder a la lectura y a un eventual comentario posterior del dictamen que este Comité Técnico Asesor de la Conferencia Constitucional ha elaborado sobre las enmiendas presentadas por algunos de. los Delegados guineanos procedentes de la provincia de Fernando Póo.  

DICTAMEN DEL COMITÉ TÉCNICO ASESOR A LAS ENMIENDAS PRESENTADAS POR ALGUNOS MIEMBROS DE LA DELEGACIÓN GUINEANA PROVENIENTES DE FERNANDO POO

l.- El proyecto de enmienda a la totalidad del anteproyecto de Constitución presentado por un grupo de miembros de la Delegación guineana provenientes de Fernando Póo, es totalmente inadmisible por desconocer el principio de la independencia de Guinea Ecuatorial como Estado unitario, sin perjuicio de salvaguardar la personalidad de Fernando Póo. En efecto, esta enmienda hace de Fernando Póo un Estado soberano e independiente, como queda reflejado, entre otros, en los artículos 1, 9, 46 y en la disposición adicional,

2.- Para que esta enmienda pudiera ser discutida, debería procederse a las siguientes reformas:

a), en todos los artículos de la misma en que se hace referencia a Fernando Póo debería sustituirse, esta referencia por las palabras "Guinea Ecuatorial". Es decir, la enmienda debería prever un texto constitucional para toda Guinea Ecuatorial,

b), también sería necesario que se procediera, dentro del texto, a establecer las garantías necesarias para salvaguardar la personalidad de Fernando Póo. El Comité Técnico recuerda que los Delegados de Fernando Póo y Río Muni llegaron a un acuerdo sobre las bases para la regulación constitucional de esta materia, según consta en Acta..

3.- La enmienda a la totalidad a que se hace referencia  está tomada, fundamentalmente, del borrador presentado por el Comité Técnico, pero contiene una serie de errores que habría que corregir caso de que se procediera a la aceptación de los puntos a) y b) del apartado anterior. Estos errores son fundamentalmente los siguientes:

-       En el artículo 14 se dice que la composición del Consejo de Ministros será regulada en la Ley Electoral.

-       En el artículo 17 no se precisa quienes serán los seis Diputados natos por razón de su cargo.

           - En el artículo 23, número 3, se remite a unas bases de Ley Electoral que no se dan en el texto constitucional.

           -  El artículo 16, puerta abierta a la Dictadura Constitucional, debería discutirse también detalladamente, así como el capítulo cuarto referente a las relaciones entre el Jefe  del Estado y la Asamblea y el artículo 49 referente a las relaciones internacionales. Evidentemente, esta discusión sólo podría tener lugar en caso de que se aceptase reformar la enmienda de acuerdo con los apartados a) y b) del numero dos anterior.

-   En la Disposición Adicional sobre nacionalidad, la fórmula presentada permite que todos los residentes en Fernando Póo puedan adoptar en masa la nacionalidad española.

 El Comité Técnico insiste, finalmente, en que el proyecto de enmienda a la totalidad a que se hace referencia,  es totalmente inaceptable en su forma actual y sólo podrá ser discutido en caso de que se adapte a lo establecido en el número dos, lo cual le haría muy semejante al anteproyecto redactado por la Comisión Mixta hispano-guineana.

Ahora, tal vez, sería útil que tanto el Sr. Condomines como yo respondiéramos a alguna aclaración, de tipo técnico, sobre el dictamen presentado por este Comité, antes que las Delegaciones intervengan a título de tal. 

EL SEÑOR PRESIDENTE:

¿Algún miembro de la Delegación guineana o española , quiere solicitar de los dos técnicos aquí presentes alguna aclaración sobre los extremos que han expuesto? 

EL SEÑOR WATSON BUECO (DON GUSTAVO):

Quiero hacer una pregunta al Sr. Herrero o, más bien, decirle que la Constitución que nosotros hemos presentado obedece (PAUSA); la enmienda que nosotros hemos presentado o la Constitución que hemos presentado a esta Conferencia Constitucional obedece a que Fernando Póo no ha aprobado, como ha repetido una y muchas veces al Sr. Herrero, el borrador que se presentó aquí. Nosotros le preguntamos una vez si aquel borrador que se hacía nos vinculaba a algo y él nos dijo que no era vinculante de ninguna manera, y nosotros, al creer que no era vinculante, creíamos que estábamos en el deber y en el derecho de presentar nuestra propia Constitución. Se nos dirá que esto sale fuera del marco de la Conferencia, pero no sale, porque este borrador que tanto se cita,  que tanto se defiende, habla, sí, de un Gobierno unitario,  pero, en cambio, no defiende de ninguna manera, en absoluto, la personalidad de la Isla de Fernando Póo. Por lo tanto, el borrador tampoco responde a las directrices dadas por el Gobierno español, según se nos ha dicho una y mil veces. Y como nosotros hemos dicho también una y mil veces que queremos que haya una separación total, nuestra postura sigue siendo inquebrantable, sigue siendo la misma. Esta es la razón de por qué nosotros hemos presentado esta Constitución. 

EL SEÑOR PRESIDENTE:

 Tiene la palabra el Señor Herrero. 

EL SEÑOR HERRERO:

Yo creo que, como miembros del Comité Técnico, en la exposición del Sr. Watson habrá que distinguir cuatro puntos.

Un primer punto, que sería su nueva reivindicación de la plena autodeterminación para Fernando Póo. El Comité Técnico no puede entrar en el estudio de este punto. Y mucho  me temo que ninguna de las Delegaciones en esta Conferencia, tanto la guineana como la española, pueda hacerlo, puesto que esto supondría abandonar el cuadro marcado por la Declaración gubernamental a que dio lectura el Señor Ministro de Asuntos Exteriores, como Presidente de la Conferencia.

En segundo lugar - y este es el segundo punto - distinguir o señalar en la exposición del Sr. Watson que sólo me he referido a la aprobación por parte de una gran porción de los Delegados de Fernando Póo de las bases de acuerdo intervenido entre las Delegaciones de Fernando Póo y Río Muni, en cuanto a una futura salvaguarda constitucional de la personalidad de Fernando Póo.

Estas bases (a cuyo acuerdo llegó una gran parte de los Delegados de Río Muni y Fernando Póo; sin duda no estaba el Sr. Watson en este acuerdo, porque, como consta en Acta,. se retiró en. aquel momento de los trabajos de la Conferencia); estas bases, digo, han sido cuidadosamente recogidas en el borrador. Jamás he dicho que este borrador haya sido aprobado por el Pleno de la Delegación guineana porque en este caso, normalmente, no estaríamos en éste estadio de la Conferencia. Lo único que digo es que las bases fueron aprobadas por gran parte de los Delegados de una y otra Provincia y que dichas bases fueron recogidas en el borrador. Que el borrador salvaguarda constitucionalmente la personalidad de Fernando Póo, es algo indudable; lo que no salvaguarda es una Constitución que hiciera de Fernando Póo un Estado independiente .

Y por último, y como cuarto punto en la exposición del Sr, Watson, en lo referente a lo que es o no es vinculante, voy a permitirme repetir aquí algo que ya dije en su día en las sesiones de trabajo tenidas con la Delegación de Fernando Póo: todo vincula, en la medida en que se dice sería y formalmente. Solamente lo que se dice al aire no vincula, pero, claro está, cuando la palabra es palabra y no es habladuría, se dice seriamente; eso es lo propio del lenguaje, el pronunciarse con conciencia; lo otro son sueños. Los sueños no vinculan, pero el lenguaje, en estado de vigilia, sí vincula siempre en una u otra medida. Nada más. 

EL SEÑOR PRESIDENTE:

El Sr. Gori tiene la palabra. 

EL SEÑOR GORI:

Al parecer, como firmante de la enmienda que se ha presentado aquí por Fernando Póo se ha dicho que el primer firmante era Enrique Gori, no porque sea Enrique- Gori el primer firmante,, sino como "primus inter pares".

Al enviar esta enmienda a la totalidad, en mi ánimo no existía más que, sin llegar a discutir artículo por artículo, oponerme en esencia a este anteproyecto. Don Francisco Macías, en esta Sala, en la reunión de la sesión del 30 de abril de este mismo año, en la página 9 del Acta, decía que "apoyaré a Fernando Póo", oponiéndose a este anteproyecto, por cuanto que él, siendo natural de Río Muni, no veía muy claramente la salvaguarda del pueblo de Fernando Póo definida por acuerdo ministerial. Y yo, africano, pero receloso de los derechos legítimos de mi pueblo, no podía aceptar de lleno sin llegar a discutir, como dije el otro día aquí ante la Delegación de Guinea, no podía llegar a dar mi asentimiento total, absoluto, sin llegar a un diálogo directo conjuntamente con la Delegación española, porque, al fin y al cabo, con quien venimos a dialogar los guineanos es. con la Delegación española,, y no solamente entre nosotros, porque la independencia de Guinea: no la dá ni. Fernando Póo ni Río Muni, sino España,. Esta es la razón por la cual me he adherido a la enmienda a la totalidad, sin meterme en pormenores del texto articulado.

Y voy un poco más adelante. Si miramos el texto que se ha repartido como proyecto de Constitución, que engloba y reúne las conversaciones previamente tenidas en esta Sala por la Delegación de Fernando Póo y Río Muni en varias sesiones conjuntas, que ha leído el Asesor Técnico de la Delegación, recuerdo que el artículo 12 a que se había llegado, decía  así: "Los pueblos de Fernando Póo y Río Muni constituyen el Estado Soberano de Guinea Ecuatorial integrado por las Provincias libres y autónomas de Fernando Póo y Río Muni, con sus Islas adyacentes."

Y sin embargo, Señores, cojamos el texto que se pone a nuestra consideración, y éste dice así: "La República de Guinea Ecuatorial, formada por los pueblos de. Río Muni, Fernando Póo, Annobón, Corisco, Elobey Grande, Elobey Chico e islotes adyacentes, es un Estado Soberano, indivisible, democrático y social, que asegura la independencia y seguridad de su territorio, garantiza la igualdad ante la Ley de todos sus naturales, sin distinción de géneros, raza, sexo ni religión, y salvaguarda la autonomía de sus Provincias, de acuerdo con lo previsto en esta Constitución".

Como verán Uds., mis recelos son estos. Estuve en estas reuniones, primero con la Delegación de Fernando Póo, después con nuestros compañeros de Río Muni, y ahora veo que no está aquí, y yo he preguntado a varios Señores de la Delegación española por qué no se podía añadir aquí en este artículo.

Firmé la enmienda a la totalidad sin ánimo de entorpecer la marcha de los trabajos de esta Conferencia y sin ánimo de molestar a nadie.

Quiero referirme al artículo ultimo de este anteproyecto.

Decía que las Leyes de reforma de la Constitución exigirán dos tercios de los votos de la Asamblea Nacional y su aprobación popular mediante referendum. Toda reforma constitucional que suponga una alteración exigirá su aprobación por la Asamblea Nacional mediante los dos tercios de los votos de sus miembros y la conformidad de ambas Provincias.

Señores: Este artículo a mí me satisface, porque si Fernando Póo, por medio de alguno de sus miembros tuviese la intención de maquinar haciendo combinaciones para anexionarse, por ejemplo, a nuestros vecinos de Biafra o a los de cualquier otro país, no tenemos por qué arrastrar a Río Muni. En este artículo parece que está reflejado nuestro criterio, Esta es la razón de todas las dificultades. Por lo demás, yo no tengo inconveniente en que se entre en el fondo del asunto, analizando artículo por artículo. 

EL SEÑOR GÓMEZ DE ARANDA (DON LUIS):

Con la venia, Señor Presidente.

El Señor Gori ha dicho que el diálogo es, fundaméntalmente, entre la Delegación española y la Delegación guineana, y no he querido que este diálogo cayese en el vacío al no encontrar un eco. Por tanto, voy a pronunciar unas breves palabras, modestas como mías, pero siempre sinceras.

Yo creo que la Delegación guineana debe ver siempre una sinceridad completa y absoluta en la manera de proceder de toda la Delegación española.

La Mesa pertenece a los diplomáticos. Nosotros, los miembros de la Delegación española, no somos diplomáticos, somos hombres de la calle, funcionarios públicos, políticos, lo que sea. Quiero decir con esto que mis palabras pueden, al no ser diplomáticas, ser más rudas, pero, eso sí, son. absolutamente sinceras, naturalmente que las de la Presidencia también lo son.

Es posible que algunos peninsulares - hasta este momento todos somos españoles - andan diciendo por ahí cosas al oído de unos y de otros. Ya dije que iba a ser rudo. Es posible que estos hombres obedezcan a intereses económicos, o a intereses personales, pero, en cambio, yo creo que si la Delegación guineana contempla a todos los miembros de la Delegación española, Representantes de los Ministerios, del Gobierno, del Movimiento, no podrá por menos de aceptar que somos hombres de buena fe. La meta que tenemos todos es conseguir que este nuevo Estado, que habla nuestra lengua, tenga; un principio de independencia, que tenga un principio de unidad, un principio de orden. ¿Qué queremos más que eso? Queremos que haya un espíritu que refleje de una manera clara lo que viene a ser España, que fue la madre de ese país. Otro interés no tenemos; no hay intereses económicos, ni intereses de otra clase, sino la realidad de una sincera ayuda. Ese es el criterio que debe privar siempre entre los miembros de la Delegación guineana, aparte de que haya peninsulares que puedan decir, por acá o por allá, cosas en contra de la Nación española y del pueblo español.

En este sentido, yo rogaría al Sr. Gori que accediese a la retirada de su documento, a la retirada de la enmienda a la totalidad que presenta el Grupo de Fernando Póo, puesto que, como muy bien ha dicho el Representante del Comité Técnico, se ha querido salvaguardar el proyecto de Constitución que, indudablemente, puede ser discutido artículo por artículo, y mejorado, que para eso estamos aquí.

Es evidente que en sus líneas generales responde a un doble principio sobre la independencia de Guinea: por un lado, un sentido unitario, como Estado hispanófono, de habla española, en el seno de África, y, por otro lado, la salvaguarda de los intereses, siempre en orden, de la población de Fernando Póo. Estos dos grandes ejes tienen que caminar en completa unidad: independencia y salvaguarda de Fernando Póo.

Todo proyecto, toda enmienda que se aparte de esta línea, es un proyecto o una enmienda que, naturalmente, no pueda garantizar el éxito de la Conferencia, y no puede llevar a conseguir una Guinea libre e independiente.

El problema es difícil. se trata de buscar un equilibrio entre la unidad total de Guinea y, al mismo tiempo, la salvaguarda de los intereses y posibilidades de Fernando Póo. Es un equilibrio que como en todo en política, no es matemático, ni físico. Hay que buscar la manera de que este equilibrio pueda mantenerse. Para eso estamos aquí. Nosotros, con la mejor buena voluntad de acierto, vamos a buscar ese equilibrio en el nuevo texto de Constitución. Queremos que este sea, por muchos años, el porvenir de este pueblo nuevo del África española. 

EL SEÑOR CONDOMINES:

Quiero responder a una de las observaciones que ha hecho el Sr. Gori.

Este es el texto del borrador nuestro: salvaguarda de la personalidad de Fernando Póo. Este anteproyecto ha sido el gran problema central de la Conferencia: cómo salvaguardar esa personalidad de Fernando Póo.

Los trabajos efectuados sobre este texto fueron los siguientes: En primer lugar, una reunión entre la Delegación guineana y el Comité Técnico. En esta reunión se acordó que los puntos a tratar eran referentes a la salvaguarda de la personalidad de Fernando Póo, es decir, los puntos 6 y 7 Entonces, en la primera reunión a solas con los miembros de Fernando Póo, se les preguntó en qué consistiría eventualmente la definición de esta personalidad, la salvaguarda de esta personalidad, y allí «e acordaron una serie de cosas sobre el borrador. Estos puntos están recogidos en el anteproyecto que se ha entregado, básicamente, es decir, fundamentalmente, en sus grandes líneas.

Ahora bien; ese texto tampoco era absolutamente definitivo, sino: que se tenía que discutir aquí. Los puntos fundamentales de la salvaguarda de Fernando Póo están contenidos en el borrador, es decir: participación en el Gobierno, su representación en la Asamblea Nacional, Consejo Nacional paritario, etc., para lo cual sí es necesaria la colaboración de Fernando Póo. Es decir, los puntos que se acordaron aquí están recogidos básicamente en el anteproyecto, el cual, aun siendo todavía susceptible de corrección, recoge todos esos puntos..

Esta es la declaración que quería hacer sobre la cuestión. 

EL SEÑOR HERRERO:

Ha habido otra alusión del Sr. Gori a los trabajos del Comité y yo me veo obligado a responder. El Sr. Gori ha leído la reforma del artículo 1º del anteproyecto que ha comparado con la fórmula que se supone acordada y, claro, entonces resulta una disparidad muy grave. Ahora bien; el Sr. Gori ha cometido el error de comparar, el anteproyecto con una fórmula que no fue la acordada sino la fórmula por él propuesta. Esta fórmula se sometió a discusión con los Delegados de Fernando Póo y, retocada, se sometió a discusión con los Delegados de Río Muni, que no la aceptaron, sino que, a su vez, ofrecieron una contrapropuesta, que fue aceptada por la Delegación de Fernando Póo, estando presente el Sr. Gori, y esta, propuesta o contrapropuesta aceptada, ha sido la que ha pasado textualmente al borrador de anteproyecto. Nada más. 

EL SEÑOR GORI (DON ENRIQUE):

No estaba en aquella reunión. que conste en Acta. 

EL SEÑOR COPARIOTE (DON GASPAR):

Me voy a referir a lo que ha dicho el Sr.. Herrero, que las palabras vinculan a los hombres y que lo que no vinculan son los sueños. En la primera fase de la Conferencia la posición de Fernando Póo quedó clara, y si Uds. repasan bien el Acta de la última sesión de aquella primera fase, como consecuencia de la postura de Fernando Póo, el Gobierno español pronunció, por medio de su Delegado Sr. Cañadas, que aquí representa a-su Gobierno, una declaración y dijo que se habían estudiado todas las posturas, pero, en vista de que no contaban con la postura de Fernando Póo, se tendrían que reconsiderar el tamaño y el volumen del pueblo, segregado.

Por lo tanto, en esta segunda fase nos presentan que el Gobierno español ha marcado unas limitaciones o establecido un marco dentro del cual se tiene que desarrollar la Conferencia; pero la Delegación española se olvida de que los Representantes de Fernando Póo no actúan de la manera que a ellos les da la gana, sino que también tienen unas directrices de su pueblo, recogidas en acta notarial de 31 de marzo y aquí, la Delegación española y las demás, no hacen caso de la postura de Fernando Póo.

Si nosotros tenemos que tener consideración al marco señalado por el Gobierno español, recíprocamente la Delegación española tiene también que respetar la voluntad de Fernando Póo. Se empieza por decir que salvaguarda la personalidad de Fernando Póo y lo primero que empieza la Delegación española y el Gobierno español es por no oírnos; yo ignoro cómo Uds. pueden salvaguardar la personalidad de Fernando Póo de esta manera. Nada más y muchas gracias. 

EL SEÑOR JUSTE CESTINO (DON JOAQUÍN)  (Ministerio de Información y Turismo):

No quería mas que decir unas palabras en relación con la exposición que ha hecho el Sr. Gori. Yo comprendo perfectamente la preocupación de los Representantes de Fernando Póo de salvaguardar los intereses de la Isla, pero creo que para ello no era necesaria la presentación de una enmienda a la totalidad del proyecto o del anteproyecto, sino que bastaba con enmiendas a los artículos controvertidos,, a los artículos que los Representantes, de Fernando Póo no considerasen suficientes para salvaguardar los intereses de la Isla, para que pudiese avanzar la discusión. El hecho de presentar, de interponer una enmienda a la totalidad, me parece, desde el punto de vista de las expresiones y de las opiniones mantenidas, hace un momento por el Sr. Gori, absolutamente innecesarias. Creo que con presentación de enmiendas a los artículos controvertidos, era suficiente. Nada más. Muchas gracias. 

EL SEÑOR MAHO SICACHA (DON LUIS):

Yo quería decir, si se me permite, que las reuniones que hemos tenido con los técnicos, a mi juicio han sido teledirigidas. Nosotros expusimos una serie de fórmulas, dentro de las cuales creíamos que se salvaguardaba la personalidad- de Fernando Póo, y en el anteproyecto redactado no se han recogido. ¿Por qué, entonces, la delegación española se extraña de que nosotros interpongamos una enmienda a la totalidad del proyecto? Que pregunten a los técnicos por qué no se han recogido los puntos de vista que les dimos. Yo creí-que los técnicos actuarían cono una especie de árbitros, pero no de inquisidores,.que eso es lo que han hecho los Sres. Herrero y Condonines. Muchas gracias. 

EL SEÑOR COPARIATE (DON GASPAR) (Unión Bubi):

Perdonen ni insistencia. Quisiera hacer unas preguntas a la Delegación españolas La primera, porque ha dicho el Sr. Herrero que lo que no vincula son los -sueños, pero que la palabra vincula. Y las palabras del Sr. Cañadas, que. dijo que si insistiese se tendría que reconsiderar. Uds., la Delega­ción española, tienen que reconsiderar la postura de Fernando Póo. Yo les agradecería una explicación a esto. Y en segundo lugar, cuando se dijo que Fernando Póo presentara alguna solución para salvaguardar su personalidad, a mí me consta y el Sr. Herrero aquí presente lo sabe, que Fernando Póo propuso una solución y Ud. dijo que era muy cara, porque a Ud. no le convenía, y ahora Ud. lo que le conviene lo clava en un papel, lo trae y eso es lo que vale.

A mí me gustaría que me dijera la Delegación española si esa reconsideración ha sido llevada a cabo o no, porque si las palabras vinculan a los hombres, este señor nos llevó a un compromiso de reconsiderar la postura de Fernando Póo y mientras la Delegación española nos debe esa reconsideración y entonces podremos dialogar; y en segundo lugar, que el Sr. Herrero que recoja la independencia tal como la queremos y que no diga que sale cara o no. 

EL SEÑOR PRESIDENTE:

Creo que quien mejor puede responder es el Sr. Cañadas. 

EL SEÑOR CAÑADAS (Secretario General):

Quiero, ante todo, agradecer mucho al Sr. Copariate la amabilidad de sus palabras, su atención al referirse a mí, modesta persona, en esta Conferencia y, sobre todo, la ocasión que me proporciona de poder esclarecer y explicar una cita, que no es la primera vez que se ha utilizado por algunos Representantes de la Isla de Fernando Póo, puesto que en varios documentos de los que se han presentado a la Mesa y en otros no presentados a la Mesa pero circulados entre altos Órganos del Estado, ya ha sido empleada anteriormente.

Yo supongo que cuando el Sr. Copariate y el autor de esos trabajos en los que la cita aparece, la ha recogido, sin duda por error, no tuvo en cuenta el contexto en que la cita está incluida. Una cita de unas palabras sueltas, si no se tiene en cuenta lo que se dice antes y lo que se añade después, ni el momento exacto en que han sido pronunciadas ni a quién iban dirigidas, puede, naturalmente, causar la sensación o impresión distinta cuando se utiliza meses después de haber