ACTA DE LA SEXTA SESIÓN
PLENARIA. SEGUNDA FASE
En Madrid,.a diez de mayo de mil novecientos sesenta y
ocho, en el Salón de Embajadores del Ministerio de Asuntos Exteriores, tiene lugar la VI Sesión Plenaria de la II Fase de la Conferencia Constitucional de Guinea Ecuatorial, bajo la presidencia del Vicepresidente de la misma, Excmo. Señor Don
Ramón Sedó Gómez, Subsecretario de Política Exterior,
con la asistencia de las Delegaciones del Gobierno español
y de la Guinea Ecuatorial.
La Mesa queda constituida por el
Excmo. Señor Don Ramón Sedó Gómez, el Excmo. Señor
Don Gabriel Mañueco de Lecea,. Director General de África
y Próximo Oriente y el Excmo. Señor Don Gabriel Cañadas
Nouvilas, Secretario General del Consejo Superior de Asuntos
Exteriores y de la Conferencia.
El Presidente de la Mesa abre la
sesión a las diecinueve horas y quince minutos y dice:
EL SEÑOR PRESIDENTE:
Se abre la sesión. Tiene la
palabra el señor Secretario, General de la Conferencia.
EL SEÑOR CAÑADAS, Secretario
General:
De acuerdo con la decisión tomada
en la reunión del día de ayer, se han entregado a los técnicos
de la Conferencia Constitucional las enmiendas. á
la totalidad, que habían sido presentadas-en la Secretaría, La
primera de las enmiendas presentadas fue una -como les decía
a ustedes ayer- firmada por doce personas,-representantes de la Isla de
Fernando Póo y encabezada, por don Enrique Gori, La segunda era
también un documento presentado por diez personas de la
isla de Fernando Póo y cuyo primer firmante también era don
Enrique Gori.
La última enmienda a la totalidad
presentada es la. que tuvo lugar su presentación en la sesión del día de
ayer. Por consiguiente, y
respetando el orden de prelación de presentación, los
técnicos han preparado un dictamen sobre las dos enmiendas
primeras a que antes me refería» Ahora bien, como las dos enmiendas, en realidad consisten en una sola en sustancia, puesto
que el primer documento, como ustedes habrán visto,
prácticamente
se limita a rechazar el texto constitucional conocido,
y es el segundo el que ya hace una propuesta concreta,
los técnicos han elaborado un dictamen que se refiere en
conjunto a los dos documentos,, considerando los mismos como si se tratase solamente de uno.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
Voy a pedir al señor Herrero que,
como técnico asesor de esta Conferencia, nos dé cuenta del dictamen
emitido respecto a la
enmienda, presentada por un grupo de miembros de la
Delegación guineana. La primera firma que aparece en el documentó
es la del señor Gori.
EL
SEÑOR HERRERO:
Señor
Presidente, señores, voy a proceder a la lectura y
a un eventual comentario posterior del dictamen que este Comité Técnico Asesor de la Conferencia Constitucional ha elaborado sobre las enmiendas presentadas por algunos de. los Delegados guineanos procedentes de la provincia de Fernando Póo.
DICTAMEN
DEL COMITÉ TÉCNICO ASESOR A LAS ENMIENDAS PRESENTADAS POR
ALGUNOS MIEMBROS DE LA DELEGACIÓN GUINEANA PROVENIENTES DE FERNANDO POO
l.- El proyecto de enmienda a la
totalidad del anteproyecto de Constitución presentado
por un grupo de miembros de la Delegación guineana
provenientes de Fernando Póo, es totalmente inadmisible por desconocer el principio de la independencia
de Guinea Ecuatorial como Estado unitario, sin perjuicio
de salvaguardar la personalidad de Fernando Póo. En
efecto, esta enmienda hace de Fernando Póo un Estado soberano
e independiente, como queda reflejado, entre otros, en los artículos
1, 9, 46 y en la disposición adicional,
2.- Para que esta enmienda pudiera
ser discutida, debería procederse a las siguientes reformas:
a), en todos los artículos de la
misma en que se hace referencia a Fernando Póo debería
sustituirse, esta referencia por las palabras
"Guinea Ecuatorial". Es decir, la
enmienda debería prever un texto constitucional para toda
Guinea Ecuatorial,
b), también sería necesario que
se procediera, dentro del texto, a establecer las garantías
necesarias para salvaguardar la personalidad de
Fernando Póo. El Comité Técnico recuerda que los Delegados de
Fernando Póo y Río Muni llegaron a un acuerdo sobre
las bases para la regulación constitucional de esta
materia, según consta en Acta..
3.- La enmienda a la totalidad a
que se hace referencia está tomada, fundamentalmente, del borrador presentado por el Comité Técnico, pero contiene una serie de errores que habría que corregir caso de que se procediera a la aceptación de los puntos a) y b) del apartado anterior. Estos errores son fundamentalmente los siguientes:
-
En el artículo 14 se dice que la composición
del Consejo de Ministros será regulada en la Ley Electoral.
-
En el artículo 17 no se precisa quienes serán
los seis Diputados natos por razón de su cargo.
- En el artículo 23, número 3, se remite a unas bases
de Ley Electoral que no se
dan en el texto constitucional.
- El artículo 16, puerta abierta a la Dictadura Constitucional,
debería discutirse también detalladamente, así como el capítulo cuarto referente a las relaciones entre el Jefe
del Estado y la Asamblea y el artículo 49 referente a
las relaciones internacionales. Evidentemente, esta discusión sólo
podría tener lugar en caso de que se aceptase reformar la
enmienda de acuerdo con los apartados a) y b) del numero dos
anterior.
-
En
la Disposición Adicional sobre nacionalidad, la fórmula presentada permite que todos los residentes en Fernando
Póo puedan adoptar en masa la nacionalidad española.
El
Comité Técnico insiste, finalmente, en que el proyecto
de enmienda a la totalidad a que se hace referencia, es
totalmente inaceptable en su forma actual y sólo podrá ser
discutido en caso de que se adapte a lo establecido en el número dos, lo cual le haría muy semejante al anteproyecto redactado por la Comisión Mixta hispano-guineana.
Ahora, tal vez, sería útil que
tanto el Sr. Condomines como yo respondiéramos a alguna
aclaración, de tipo técnico, sobre el dictamen presentado por
este Comité, antes que las Delegaciones intervengan a título de tal.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
¿Algún miembro de la Delegación
guineana o española , quiere solicitar de los dos técnicos
aquí presentes alguna aclaración sobre los extremos que
han expuesto?
EL SEÑOR WATSON BUECO (DON
GUSTAVO):
Quiero hacer una pregunta al Sr.
Herrero o, más bien, decirle que la Constitución que
nosotros hemos presentado obedece (PAUSA); la enmienda que
nosotros hemos presentado o la Constitución que hemos
presentado a esta Conferencia Constitucional obedece a que Fernando Póo no ha
aprobado, como ha repetido una y muchas veces al Sr. Herrero, el
borrador que se presentó aquí. Nosotros le preguntamos una vez si aquel
borrador que se hacía nos vinculaba a algo y él nos
dijo que no era vinculante de ninguna manera, y nosotros, al creer
que no era vinculante, creíamos que estábamos en el deber
y en el derecho de presentar nuestra propia Constitución. Se nos dirá que esto sale fuera del marco de la Conferencia,
pero no sale, porque este borrador que tanto se cita, que
tanto se defiende, habla, sí, de un Gobierno unitario,
pero, en cambio, no defiende de ninguna manera, en
absoluto, la personalidad de la Isla de Fernando Póo.
Por lo tanto, el borrador
tampoco responde a las directrices dadas por el Gobierno
español, según se nos ha dicho una y mil veces. Y como nosotros hemos dicho también una y mil veces que queremos que haya una separación total, nuestra postura sigue siendo inquebrantable, sigue siendo la misma. Esta es la razón de por qué nosotros hemos presentado esta Constitución.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
Tiene la palabra el Señor Herrero.
EL SEÑOR HERRERO:
Yo creo que, como miembros del
Comité Técnico, en la exposición del Sr. Watson habrá
que distinguir cuatro puntos.
Un primer punto, que sería su
nueva reivindicación de la plena autodeterminación para
Fernando Póo. El Comité Técnico no puede entrar en el estudio
de este punto. Y mucho me temo que ninguna de las Delegaciones en esta Conferencia, tanto la guineana como la española, pueda hacerlo, puesto que esto supondría
abandonar el cuadro marcado por la Declaración gubernamental a que dio lectura el Señor Ministro de Asuntos
Exteriores, como Presidente de la Conferencia.
En segundo lugar - y este es el
segundo punto - distinguir o señalar en la exposición
del Sr. Watson que sólo me he referido a la
aprobación por parte de una gran porción de los Delegados de Fernando Póo de las bases de acuerdo intervenido
entre las Delegaciones de Fernando Póo y Río Muni, en
cuanto a una futura salvaguarda constitucional de la personalidad
de Fernando Póo.
Estas bases (a cuyo acuerdo llegó
una gran parte de los Delegados de Río Muni y Fernando Póo; sin
duda no estaba el Sr. Watson en este acuerdo, porque, como
consta en Acta,. se retiró en. aquel momento de los trabajos de
la Conferencia); estas bases, digo, han sido cuidadosamente
recogidas en el
borrador. Jamás he dicho
que este borrador haya sido aprobado por el Pleno de la
Delegación guineana porque en este caso, normalmente, no
estaríamos en éste estadio de la Conferencia. Lo único que digo es que las bases fueron aprobadas por gran parte de los Delegados de una y otra Provincia y que dichas bases fueron recogidas en el borrador. Que el borrador salvaguarda constitucionalmente la personalidad de Fernando Póo, es algo indudable; lo que no salvaguarda es una
Constitución que hiciera de Fernando Póo un Estado independiente .
Y por último, y como cuarto punto
en la exposición del Sr, Watson, en lo referente a lo
que es o no es vinculante, voy a permitirme repetir aquí
algo que ya dije en su día en las sesiones de trabajo tenidas
con la Delegación de Fernando Póo: todo vincula, en la medida
en que se dice sería y formalmente. Solamente lo que se dice al aire no
vincula, pero, claro está,
cuando la palabra es palabra y no es habladuría, se
dice seriamente; eso es lo propio del lenguaje, el pronunciarse
con conciencia; lo otro son sueños. Los sueños no
vinculan, pero el lenguaje, en estado de vigilia, sí vincula
siempre en una u otra medida. Nada más.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
El Sr. Gori tiene la palabra.
EL SEÑOR GORI:
Al parecer, como firmante de la
enmienda que se ha presentado aquí por Fernando Póo se
ha dicho que el primer firmante era Enrique Gori, no porque
sea Enrique- Gori el primer firmante,, sino como "primus
inter pares".
Al enviar esta enmienda a la
totalidad, en mi ánimo no existía más que, sin llegar a
discutir artículo por artículo, oponerme en esencia a este
anteproyecto. Don Francisco Macías, en esta Sala, en la reunión
de la sesión del 30 de abril de este mismo año, en la página
9 del Acta, decía que "apoyaré a
Fernando Póo", oponiéndose a este anteproyecto, por
cuanto que él, siendo natural de Río Muni, no veía muy claramente la salvaguarda del pueblo de Fernando Póo definida por acuerdo ministerial. Y yo, africano, pero receloso de los derechos legítimos de mi pueblo, no podía aceptar de lleno sin llegar a discutir, como dije el otro día aquí ante la Delegación de Guinea, no podía llegar a dar mi asentimiento
total, absoluto, sin llegar a un diálogo directo conjuntamente
con la Delegación española, porque, al fin y al cabo, con
quien venimos a dialogar los guineanos es. con la Delegación española,, y no solamente entre nosotros, porque la independencia de Guinea: no la dá ni. Fernando Póo ni Río Muni, sino España,. Esta es la razón por la cual me he adherido a la enmienda a la totalidad, sin
meterme en pormenores del texto articulado.
Y voy un poco más adelante. Si
miramos el texto que se ha repartido como proyecto de
Constitución, que engloba y reúne las conversaciones
previamente tenidas en esta Sala por la Delegación de Fernando Póo y Río Muni en
varias sesiones conjuntas, que ha leído el Asesor Técnico de la
Delegación, recuerdo que el artículo 12 a que se había
llegado, decía así:
"Los pueblos de Fernando Póo y Río Muni constituyen el Estado Soberano de Guinea Ecuatorial integrado por las Provincias libres y autónomas de Fernando Póo y Río Muni, con sus Islas adyacentes."
Y sin embargo, Señores, cojamos
el texto que se pone a nuestra consideración, y éste dice así: "La
República de Guinea
Ecuatorial, formada por los pueblos de. Río Muni, Fernando
Póo, Annobón, Corisco, Elobey Grande, Elobey Chico e islotes
adyacentes, es un Estado Soberano, indivisible, democrático
y social, que asegura la independencia y seguridad de su
territorio, garantiza la igualdad ante la Ley de todos sus
naturales, sin distinción de géneros, raza, sexo ni religión,
y salvaguarda la autonomía de sus Provincias, de acuerdo
con lo previsto en esta Constitución".
Como verán Uds., mis recelos son
estos. Estuve en estas reuniones, primero con la
Delegación de Fernando Póo, después con nuestros compañeros
de Río Muni, y ahora veo que no está aquí, y yo he preguntado
a varios Señores de la Delegación española por qué no se
podía añadir aquí en este artículo.
Firmé la enmienda a la totalidad sin ánimo de
entorpecer la marcha de los
trabajos de esta Conferencia y sin ánimo
de molestar a nadie.
Quiero referirme al artículo
ultimo de este anteproyecto.
Decía que las Leyes de reforma de
la Constitución exigirán dos tercios de los votos de la
Asamblea Nacional y su aprobación popular mediante referendum. Toda reforma constitucional que suponga una alteración exigirá su aprobación por la Asamblea Nacional mediante los dos tercios de los votos de sus miembros y la conformidad de ambas Provincias.
Señores: Este artículo a
mí me satisface, porque si Fernando Póo, por medio de alguno
de sus miembros tuviese la intención de maquinar haciendo combinaciones
para anexionarse, por ejemplo, a nuestros vecinos de Biafra o
a los de cualquier otro país, no tenemos por qué arrastrar a Río Muni. En este artículo parece que está reflejado nuestro criterio, Esta es la razón
de todas las dificultades. Por lo demás, yo no tengo inconveniente en que se entre en el fondo del asunto,
analizando artículo por artículo.
EL SEÑOR GÓMEZ DE ARANDA (DON
LUIS):
Con la venia, Señor Presidente.
El Señor Gori ha dicho que el diálogo
es, fundaméntalmente, entre la Delegación española
y la Delegación guineana, y no he querido que este diálogo
cayese en el vacío al no encontrar un eco. Por tanto,
voy a pronunciar unas breves palabras, modestas como mías, pero
siempre sinceras.
Yo creo que la Delegación
guineana debe ver siempre una sinceridad completa y absoluta en
la manera de proceder de toda la Delegación española.
La Mesa pertenece a los diplomáticos.
Nosotros, los miembros de la Delegación española,
no somos diplomáticos, somos hombres de la calle,
funcionarios públicos, políticos, lo que sea. Quiero decir con esto que mis
palabras pueden, al no ser
diplomáticas, ser más rudas, pero, eso sí, son. absolutamente
sinceras, naturalmente que las de la Presidencia también lo son.
Es posible que algunos
peninsulares - hasta este momento todos somos españoles -
andan diciendo por ahí cosas al oído de unos y de otros. Ya
dije que iba a ser rudo. Es posible que estos hombres
obedezcan a intereses económicos, o a intereses personales,
pero, en cambio, yo creo que si la Delegación guineana
contempla a todos los miembros de la Delegación
española, Representantes de los Ministerios, del Gobierno,
del Movimiento, no podrá por menos de aceptar que somos hombres de buena fe. La meta que tenemos
todos es conseguir que
este nuevo Estado, que habla nuestra lengua, tenga; un principio de independencia, que tenga un principio de unidad,
un principio de orden. ¿Qué queremos más que eso? Queremos
que haya un espíritu que refleje de una manera clara lo que
viene a ser España, que fue la madre de ese país. Otro interés
no tenemos; no hay intereses económicos, ni intereses
de otra clase, sino la realidad de una sincera ayuda. Ese es
el criterio que debe privar siempre entre los miembros de
la Delegación guineana, aparte de que haya peninsulares que
puedan decir, por acá o por allá, cosas en contra de la Nación
española y del pueblo español.
En este sentido, yo rogaría al
Sr. Gori que accediese a la retirada de su documento, a
la retirada de la enmienda a la totalidad que presenta el
Grupo de Fernando Póo, puesto que, como muy bien ha dicho el
Representante del Comité Técnico, se ha querido salvaguardar
el proyecto de Constitución que,
indudablemente, puede ser discutido artículo por artículo, y
mejorado, que para eso estamos aquí.
Es evidente que en sus líneas
generales responde a un doble principio sobre la
independencia de Guinea: por un lado, un sentido unitario,
como Estado hispanófono, de habla española, en el seno de África,
y, por otro lado, la salvaguarda de los intereses, siempre en
orden, de la población de Fernando Póo. Estos dos grandes ejes tienen que caminar en completa unidad: independencia y salvaguarda de Fernando Póo.
Todo proyecto, toda enmienda que
se aparte de esta línea, es un proyecto o una enmienda que,
naturalmente, no pueda garantizar el éxito de la Conferencia, y no puede
llevar a conseguir una Guinea libre e independiente.
El problema es difícil. se trata
de buscar un equilibrio entre la unidad total de
Guinea y, al mismo tiempo, la salvaguarda de los intereses y
posibilidades de Fernando Póo. Es un equilibrio que como en todo
en política, no es matemático, ni físico. Hay que buscar
la manera de que este equilibrio pueda mantenerse. Para eso
estamos aquí. Nosotros, con la mejor buena voluntad de
acierto, vamos a buscar ese equilibrio en el nuevo texto de
Constitución. Queremos que este sea, por muchos años, el
porvenir de este pueblo nuevo del África española.
EL SEÑOR CONDOMINES:
Quiero responder a una de las
observaciones que ha hecho el Sr. Gori.
Este es el texto del borrador
nuestro: salvaguarda de la personalidad de Fernando Póo. Este
anteproyecto ha sido el gran problema central de la
Conferencia: cómo salvaguardar esa personalidad de Fernando Póo.
Los trabajos efectuados sobre este
texto fueron los siguientes: En primer lugar, una reunión
entre la Delegación guineana y el Comité Técnico. En esta reunión
se acordó que los puntos a tratar eran referentes a la
salvaguarda de la personalidad de Fernando Póo, es decir, los
puntos 6 y 7 Entonces, en la primera reunión a solas con los miembros de Fernando Póo, se les preguntó en qué consistiría eventualmente la definición de esta personalidad, la salvaguarda de esta
personalidad, y allí «e acordaron una serie de cosas sobre
el borrador. Estos puntos están recogidos en el anteproyecto que se ha
entregado, básicamente, es decir, fundamentalmente,
en sus grandes líneas.
Ahora bien; ese texto tampoco era
absolutamente definitivo, sino: que se tenía que discutir aquí.
Los puntos fundamentales de la salvaguarda de Fernando Póo están
contenidos en el borrador, es decir: participación en el
Gobierno, su representación en la Asamblea Nacional, Consejo
Nacional paritario, etc., para lo cual sí es necesaria la
colaboración de Fernando Póo. Es decir, los puntos que se acordaron aquí están
recogidos básicamente en el anteproyecto, el cual, aun siendo
todavía susceptible de corrección, recoge todos esos puntos..
Esta es la declaración que quería
hacer sobre la cuestión.
EL SEÑOR HERRERO:
Ha habido otra alusión del Sr.
Gori a los trabajos del Comité y yo me veo obligado a
responder. El Sr. Gori ha leído la reforma del artículo 1º
del anteproyecto que ha comparado con la fórmula que se supone
acordada y, claro, entonces resulta una disparidad muy grave.
Ahora bien; el Sr. Gori ha cometido el error de comparar,
el anteproyecto con una fórmula que no fue la acordada sino
la fórmula por él propuesta. Esta fórmula se sometió a
discusión con los Delegados de Fernando Póo y, retocada, se
sometió a discusión con los Delegados de Río Muni, que no la
aceptaron, sino que, a su vez, ofrecieron una contrapropuesta,
que fue aceptada por la Delegación de Fernando Póo, estando
presente el Sr. Gori, y esta, propuesta o contrapropuesta
aceptada, ha sido la que ha pasado textualmente al borrador
de anteproyecto. Nada más.
EL SEÑOR GORI (DON ENRIQUE):
No estaba en aquella reunión. que
conste en Acta.
EL SEÑOR COPARIOTE (DON GASPAR):
Me voy a referir a lo que ha dicho
el Sr.. Herrero, que las palabras vinculan a los
hombres y que lo que no vinculan son los sueños. En la primera fase de la
Conferencia la posición
de Fernando Póo quedó clara, y si Uds. repasan bien el Acta
de la última sesión de aquella primera fase, como consecuencia
de la postura de Fernando Póo, el Gobierno español pronunció, por medio de su Delegado Sr. Cañadas, que aquí representa
a-su Gobierno, una declaración y dijo que se habían
estudiado todas las posturas, pero, en vista de que no
contaban con la postura de Fernando Póo, se tendrían que
reconsiderar el tamaño y el volumen del pueblo, segregado.
Por
lo tanto, en esta segunda fase nos presentan que el Gobierno
español ha marcado unas limitaciones o establecido un
marco dentro del cual se tiene que desarrollar la Conferencia; pero la Delegación española se olvida de que los Representantes
de Fernando Póo no actúan de la manera que a ellos les da la
gana, sino que también tienen unas directrices de su pueblo, recogidas en
acta notarial de 31 de marzo y aquí, la
Delegación española y las demás, no hacen caso de la postura de Fernando Póo.
Si nosotros tenemos que tener
consideración al marco señalado por el Gobierno español,
recíprocamente la Delegación española tiene también que
respetar la voluntad de Fernando Póo. Se empieza por decir que salvaguarda la personalidad de Fernando Póo y lo primero que empieza la Delegación española
y el Gobierno español es por no oírnos; yo ignoro cómo
Uds. pueden salvaguardar la personalidad de Fernando Póo de esta manera. Nada más y muchas gracias.
EL SEÑOR JUSTE CESTINO (DON JOAQUÍN)
(Ministerio de Información y Turismo):
No quería mas que decir unas
palabras en relación con la exposición que ha hecho el Sr.
Gori. Yo comprendo perfectamente la preocupación de los
Representantes de Fernando Póo de salvaguardar los intereses
de la Isla, pero creo que para ello no era necesaria la presentación de una
enmienda a la totalidad del proyecto o del anteproyecto, sino que
bastaba con enmiendas a los artículos controvertidos,, a los
artículos que los Representantes, de Fernando Póo no
considerasen suficientes para salvaguardar los
intereses de la Isla, para que pudiese avanzar la discusión. El
hecho de presentar, de interponer una enmienda a la totalidad,
me parece, desde el punto de
vista de las expresiones y de las opiniones mantenidas, hace un momento por el Sr. Gori, absolutamente innecesarias. Creo que con
presentación de enmiendas a los artículos controvertidos,
era suficiente. Nada más. Muchas gracias.
EL SEÑOR MAHO SICACHA (DON LUIS):
Yo quería decir, si se me
permite, que las reuniones que hemos tenido con los técnicos, a
mi juicio han sido teledirigidas. Nosotros expusimos una
serie de fórmulas, dentro de las cuales creíamos que se
salvaguardaba la personalidad- de Fernando Póo, y en el anteproyecto redactado no
se han recogido. ¿Por qué, entonces, la delegación española
se extraña de que nosotros interpongamos una enmienda a la totalidad del proyecto? Que pregunten a los técnicos por qué no se han recogido los puntos de vista que les dimos. Yo creí-que los técnicos actuarían cono una especie de árbitros, pero no de
inquisidores,.que eso es lo que han hecho los Sres. Herrero y Condonines. Muchas gracias.
EL SEÑOR COPARIATE (DON GASPAR)
(Unión Bubi):
Perdonen ni insistencia. Quisiera
hacer unas preguntas a la Delegación españolas La
primera, porque ha dicho el Sr. Herrero que lo que no
vincula son los -sueños, pero que la palabra
vincula. Y las palabras del Sr. Cañadas, que. dijo que si insistiese
se tendría que reconsiderar. Uds., la Delegación
española, tienen que reconsiderar la postura de Fernando Póo.
Yo les agradecería una explicación a esto. Y en segundo lugar, cuando se dijo que Fernando Póo presentara alguna solución
para salvaguardar su personalidad, a mí me consta y el Sr.
Herrero aquí presente lo sabe, que Fernando Póo propuso una
solución y Ud. dijo que era muy cara, porque a Ud. no le convenía,
y ahora Ud. lo que le conviene lo clava en un papel, lo trae y
eso es lo que vale.
A mí me gustaría que me dijera
la Delegación española si esa reconsideración ha sido
llevada a cabo o no, porque si las palabras vinculan a los
hombres, este señor nos llevó a un compromiso de reconsiderar la
postura de Fernando Póo y mientras la Delegación española
nos debe esa reconsideración y entonces podremos dialogar; y en segundo lugar,
que el Sr. Herrero que recoja la independencia tal como la
queremos y que no diga que sale cara o no.
EL SEÑOR PRESIDENTE:
Creo que quien mejor puede
responder es el Sr. Cañadas.
EL SEÑOR CAÑADAS (Secretario
General):
Quiero, ante todo, agradecer mucho
al Sr. Copariate la amabilidad de sus palabras, su
atención al referirse a mí, modesta persona, en esta Conferencia
y, sobre todo, la ocasión que
me proporciona de poder esclarecer y explicar una cita, que no es la primera vez que se ha utilizado por algunos Representantes de la Isla de Fernando Póo, puesto que en varios
documentos de los que se han presentado a la Mesa y en otros
no presentados a la Mesa pero circulados entre altos Órganos
del Estado, ya ha sido empleada anteriormente.
Yo supongo que cuando el Sr.
Copariate y el autor de esos trabajos en los que la cita
aparece, la ha recogido, sin duda por error, no tuvo en cuenta
el contexto en que la cita está incluida. Una cita de unas
palabras sueltas, si no se tiene en cuenta lo que se dice
antes y lo que se añade después, ni el momento exacto en que
han sido pronunciadas ni a quién iban
dirigidas, puede, naturalmente, causar la sensación o impresión
distinta cuando se utiliza meses después de haber