Denuncia de ANRD a las
Naciones Unidas ( agosto 1975)
La Alianza Nacional de
Restauración Democrática (ANRD) constituyó probablemente el
proyecto político más elaborado de oposición a la dictadura
de Macías. Celebró su Primer Congreso en agosto de 1974.
Donato Ndongo Bydiogo relata así algunos aspectos de su
trabajo político: " La ANRD se propuso dos tareas
primordiales: conseguir, a través de los organismos
internacionales, un nivel de atención y asistencia mayor
para los miles de refugiados guineanos repartidos en varios
países del mundo, y una concientización de esos mismos
refugiados y de los guineanos del interior. Viajó a Gabón
una Comisión de la Federación Internacional de los Derechos
Humanos, que se entrevistó con las máximas autoridades
políticas y religiosas del país así como con decenas de
refugiados, llegándose a confeccionar un espeluznante
"dossier" que la ANRD presentó a las Naciones Unidas".
[Pág.. 276 de "Historia y Tragedia de Guinea Ecuatorial"].
Más adelante, en este mismo libro, Donato describe el
ambiente político en el que apareció el "dossier": "La ANRD
preparó y lanzó un voluminoso "dossier" sobre la situación
en Guinea Ecuatorial, con un apéndice especial denunciando
la actuación de Antonio García-Trevijano en relación con
Guinea Ecuatorial. Dicho "dossier" fue repartido a los
principales partidos que formaban la Coordinación
Democrática, a personalidades independientes y a la prensa,
aún silenciada. La situación interna de España hizo que
tuviera mayor repercusión el anexo referido a García-Trevijano,
quien, después de una serie de conversaciones entre
distintos grupos políticos españoles con miembros de la
oposición guineana, fue apartado de Coordinación Democrática
[la Coordinación Democrática era la "Platajunta", resultado
de la fusión de la Junta Democrática y de la Plataforma de
Coordinación Democrática coordinadoras de los partidos
españoles de la oposición antifranquista]. El tema de Guinea
Ecuatorial había alcanzado en España los ribetes de cuestión
nacional, y parecía que los representantes de los partidos
políticos democráticos por un lado, y el Gobierno por otro,
llegarían a planteamientos políticos serios sobre la
situación, cuando fue cesado Carlos Arias Navarro. El nuevo
Gobierno de Adolfo Suárez, incomprensiblemente, y una vez
más, volvió a prorrogar, el 14 de agosto la calificación de
"materia reservada" sobre "informaciones, noticias y
comentarios que puedan producirse en torno a la República de
Guinea Ecuatorial y sus relaciones con España". El hecho de
que el 1 de septiembre la Comisión de Derechos Humanos de
las Naciones Unidas "se inquietara" por la situación de
Guinea Ecuatorial, donde Macías, en vista de que no se
cumplía la resolución adoptada por por dos Congresos del
PUNT sobre el envío de sesenta mil trabajadores a Fernando
Poo, había ordenado la detención de 2500 personas en cada
distrito de Río Muni, y la presión de la prensa española en
un momento en el que el nuevo Gobierno español necesitaba
credibilidad, hicieron el milagro. Después de un viaje a
Bata de Emilio Pan de Soraluce y de Emilo Casiniello, este
último subdirector general de África, donde mantuvieron una
difícil, por tensa, entrevista con Macías, en la cual se
trató de explicar al presidente guineano las razones que
obligaban a España a cambiar de actitud, se decidió levantar
un secreto que había adquirido la categoría de misterio".[
Pags 291-292].
Publicamos el
informe-denuncia de la ANRD a Naciones Unidas de la forma
más fiel que nos ha sido posible. Incluso con las erratas
(algunas muy evidentes) que posee. El informe hace de
introducción y guía para otra serie de documentos que
permiten, en nuestra opinión, una comprensión bastante
exacta de lo que fue la primera dictadura de la Guinea
Ecuatorial independiente. Algunos de esos documentos, en
concreto "El baile de los Malditos", lo publicamos hace ya
meses. Nos ha parecido oportuno mantener la referencia a
todos los Anexos que se citan en el informe y que
junto con él constituían el "DOSSIER SOBRE LA SITUACIÓN
POLÍTICA, ECONÓMICA, SOCIAL, RELIGIOSA, DERECHOS HUMANOS EN
LA REPÚBLICA DE GUINEA ECUATORIAL", publicado por los
Servicios Informativos de la Alianza Nacional de
Restauración Democrática (ANRD) en 1976.
INFORME DE LA ALIANZA
NACIONAL DE RESTAURACIÓN DEMOCRÁTICA A TODOS LOS GOBIERNOS,
ORGANIZACIONES INTERNACIONALES Y PERSONAS DE BUENA VOLUNTAD,
SOBRE LA SITUACIÓN DE GUINEA ECUATORIAL, ENUNCIANDO LA
SISTEMÁTICA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL
HOMBRE POR EL GOBIERNO DICTADOR DE MAGIAS NGUEMA BIYOGO.-
I..- CARACTERES GENERALES.
Guinea Ecuatorial es una pequeña República del África Occidental
que se sitúa entre las. Repúblicas de Cameroun, Gabón y
Nigeria, en el golfo del su nombre.
Con una extensión superficial de 28.051,82 km2. Guinea Ecuatorial
está dividida geográficarnente en dos partes bien definidas:
una continental llamada Río Muni; otra insular constituida
por una colección de islas: Fernando Póo (la más grande, hoy
Macías Nguema), Annobón (hoy Pagalu), Corisco, Elobey
Grande, Elobey Chico e islotes adyacentes.
La población de Guinea Ecuatorial se reparte en cuatro grandes
grupos étnicos: fang, bubis, ndowes, annoboneses y
fernandinos, con una aproximación total de 400.000
habitantes.
La actual extensión de Guinea Ecuatorial, como la de todos los
países africanos, es el resultado de los tratados de San
Ildefonso en el año 1777 entre el Gobierno de España y el de
Portugal; y el de París en 1900 concluido entre España y
Francia.
II.- EVOLUCIÓN POLÍTICA.
Como consecuencia del nacimiento de nuevos nacionalismos en
África,
especialmente la conquista de la soberanía, por parte de los
países limítrofes (Gabón y Nigeria), la potencia
colonizadora se vio obligada a modificar el status de su
colonia africana, elevándola al rango de provincia de
ultramar en 1959. A partir de esta fecha las
reivindicaciones de las agrupaciones políticas, formadas
clandestinamente para la consecución de la independencia
y la puesta en marcha de un desarrollo económico y social,
en consonancia con las nuevas exigencias de los pueblos,
fueron cada vez más intransigentes. Los principales grupos
representativos: IPGE (Idea Popular de Guinea Ecuatorial),
MONALIGE (Movimiento Nacional de Liberación de Guinea
Ecuatorial), MUNGE (Movimiento de Unión Nacional de Guinea
Ecuatorial) y la UNIÓN BUBI, ejercieron presión sobre el
gobierno español, que se vio obligado a
reconocer su personalidad y su acción política. Sí, para
preparar los pasos a la independencia, el 28 de Noviembre
de 1963, la potencia colonial (España), acordó modificar el
estatuto provincial por un Gobierno Autónomo, como
experiencia preliminar a la independencia política total.
1) Autonomía: El periodo de Autonomía, que duró cuatro años,
brindó una preciosa oportunidad a los grupos
políticos de elaborar un programa de desarrollo político a
aplicar de inmediato y despertó, considerablemente, las
conciencias de los líderes ante las realidades nacionales,
cuyas responsabilidades iban a probar sobre sus hombros.
2) Conferencia Constitucional: Antes de la expiración legal
del primer gobierno de "prueba" y considerando los
logros políticos del pueblo, la potencia colonizadora, hizo
sentar en una misma mesa en Madrid, a representantes de
todos los grupos políticos, étnicos, económicos y
socio-culturales, formados en el país, en un total de 47
delegaciones, con el fin de dotar al nuevo Estado, de un
instrumento legal básico.
Después de varios meses de condensados debates,
desarrollados en 30 sesiones plenarias y 45 de trabajos, el
anteproyecto definitivo, fue aprobado por los delegados,
antes de ser sometido a consulta popular.
3) Referéndum popular: Guinea Ecuatorial. antes de
integrarse en el concierto de las naciones libres, adoptó,
por
medio de un referéndum popular y debidamente controlado por
enviados especiales de la ONU y de la OUA, la
constitución elaborada en Madrid. Dicho referéndum tuvo
lugar el día 11 de Agosto de 1968, con una acogida
favorable, de parte del pueblo, que le depositó un 65% de su
confianza total. En efecto, la nueva carta
constitucional, garantizaba al pueblo una base institucional
liberal, democrática y social (cfr. artículo 1º, ANEXO
NUM. 1).
4) Elecciones
presidenciales: Con la carta constitucional
aprobada, se abrió campo libre a la campaña democrática de los líderes políticos para asegurar, en la
unidad, la suprema magistratura del nuevo Estado. Tras la
primera vuelta que no pudo conceder el quorum necesario a
cada uno de los candidatos, por las fracciones
ideológicas operadas en el seno de cada grupo, fue la
segunda vuelta del 22 de Septiembre del mismo año, que dio
el veredicto decisivo a las elecciones presidenciales,
inspiradas bajo la fórmula de coalición, concordada, como
solución al desempate anterior, por los mismos grupos
políticos y sus líderes. Es así que el 29 de Septiembre, Don
Francisco Macias Nguema, candidato que resultó de la
coalición convenida entre IPGE, MONALIGE, MUNGE y la UNIÓN BUBI, accedió triunfalmente a la Presidencia de la
Republica, comprometiéndose a dar cumplimiento de las
exigencias políticas emanantes del espíritu compromisivo de dicha coalición y plasmado en un programa
político a ejecutar en común, elaborado por los grupos
políticos do referencia. (ANEXO NUM 2).
III.- MONTAJE DE LA DICTADURA
Mientras el pueblo de Guinea Ecuatorial esperaba, con el
regocijo probado de su libertad, las realizaciones de
progreso y democracia, garantizados por la carta
constitucional y las promesas hechas, en nombre de la
liberación
total, el Presidente denunciaba el 5 de marzo de 1969 un
complot que dice ser, preparado por su Ministro de
Asuntos Exteriores y su aliado Don Atanasio Ybongo Meyone,
un día después de regreso de una conferencia
celebrada en Addis-Abeba. Las consecuencias fueron drásticas
en lo sucesivo. La represalia tomada contra ese
complot, dio origen a la represión que rige, desde hace seis
años en el País, con la violación sistemática de los
derechos fundamentales del hombre.
1) Destrucción de los
órganos constitucionales.
La destrucción de todos los órganos constitucionales, marcan
el primer paso del gobierno a la dictadura. A los
pocos meses, fueron operadas masivas destituciones,
detenciones y arrestos arbitrarios de los miembros de la
Asamblea Nacional, Consejo de la República, del Tribunal
Supremo, Consejos Provinciales y Ayuntamientos, siendo
sustituidos, sin previas elecciones, en contraposición a lo
previsto por los artículos 16,17,18 y 41 de la Constitución
de 1968, haciendo caso omiso de las inmunidades legales que
acompañaba dichos miembros en el ejercicio de sus
funciones.
Pretendiendo legalizar esta situación, el gobierno de Guinea
Ecuatorial sancionó un decreto-Ley nº 415/1971,-hecho público el 7 de Mayo del mismo año, por el que deroga
varios artículos de la constitución y en el que
Francisco Macías asume personalmente los poderes: Ejecutivo,
Legislativo y Judicial (ANEXO NUM. 3).
2) Supresión de los derechos políticos:
Después de la infracción constitucional, toda actividad
política fue completamente reprimida y perseguidos los
líderes. Por un decreto presidencial, el gobierno confirmó
el acuerdo del Consejo de Ministros celebrado el 19 de
Enero de 1970, suprimiendo el ejercicio de las libertades
políticas de los ciudadanos e imponiendo a la fuerza el
partido único nacional de trabajadores (PUNT). En
consecuencia, todos los partidos políticos tradicionales,
pasaron
a la ilegalidad y muchos de sus miembros y líderes fueron
perseguidos y asesinados. Con ello, el acceso y
participación de los ciudadanos al gobierno fue reducido a
los simpatizantes personales, mientras muchos exponentes políticos fueron silenciados completamente,
citamos algunos de los líderes políticos perseguidos o
asesinados:
D.ATANASIÓ NDONG líder del MONALIGE, asesinado.
D.BONIFACIO ONDO líder del MUNGE, asesinado.
D.EDMUNDO BOSIO líder de UNIÓN BUBI, asesinado.
D.JOVINO EDU MBUY líder de IPGE, asesinado.
Todo guineano, desde los siete años, pertenece
obligatoriamente al PUNT y se pierde tal condición con la
muerte.(cfr. art 4º Estatutos del PUNT, ANEXO 4.)
3) Supresión de la Constitución de 1968.
Con la supresión de varios
artículos fundamentales de la
Constitución, el país fue gobernado prácticamente, sin
ninguna garantía legal, dejado a las arbitrariedades del
partido impuesto por él gobierno. Esta personificación de
poder, encuentra su mayor justificación en un decreto hecho
público el 14 de julio nº 1/1972 (ANEXO NUM. 5), por
el que el presidente se arroga varios títulos:
-Presidente Vitalicio de la Republica.
-Presidente Vitalicio del Comité Central del PUNT,
-Ministro de defensa y Asuntos Exteriores,
-Jefe Supremo de la Revolución guineana,
-General Mayor de las fuerzas armadas nacionales,
-Incansable Trabajador de Guinea,
-Líder de Acero,
contraria al espíritu de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos. (cfr. Artº 3º, DUDH). Tales derechos
fundamentales, omitidos en la constitución actual, no
pueden tener otra aplicación que sea contraria a la
práctica en vigor. Efectivamente, un decreto presidencial
regula oficialmente la pena de muerte en Guinea
Ecuatorial (cfr. ley 1/1971 del 18 de octubre, ANEXO NUM.
8). La lista de asesinatos adjunta, sirve para comprobar
esta triste realidad. Es tan ligera la consideración de la
vida humana, que cualquier complot denunciado por el
gobierno, de los ya numerosos en el espacio de seis años de
independencia, constituyen una verdadera orgía
fúnebre de ejecuciones públicas en Bata o en Santa Isabel.
Un libro publicado por el mismo gobierno, narra la
ejecución de más de 114 presos políticos, acusados de
atentar, desde la cárcel, contra la Seguridad del Estado
en junio de 1974. La única explicación gubernamental, es
imputar a las víctimas, la muerte por suicidio
personalmente provocado (EL BAILE DE LOS MALDITOS, ANEXO NUM. 9 y LA UNIDAD DE GUINEA ECUATORIAL,
ANEXO NUM. 10).
La última víctima, ha sido el que
fue Vice-Presidente de
la República, Don Edmundo Bósio Dioco encontrado
magullado en su domicilio de Santa Isabel (cfr. Le Monde
16-17 de febrero de 1975, ANEXO NUM. 11).
b) Derecho jurídico: Contrariamente a lo que define la
Declaración Universal de Derechos del Hombre en sus
artículos 7,8,9,10 y 11 y recogidos sumariamente en el
artículo 3º de la Constitución de 1968, en Guinea Ecuatorial
no existe ninguna garantía jurídica de parte de los
ciudadanos. La pena de muerte infringida oficialmente a los
subversivos en Guinea Ecuatorial por un decreto presidencial
(ley nº 1/71, 18 octubre) abarca todas las estafetas
de la sociedad guineana. Los subversivos que castiga la ley
en Guinea Ecuatorial, son precisamente todos los
antiguos líderes y militantes de los partidos políticos
abolidos, profesionales, intelectuales, líderes de las
confesiones religiosas, estudiantes. La misma represión se
extiendo, con graves repercusiones, sobre
las regiones, familias y amigos de las victimas, sin el mas
mínimo proceso judicial, capaz de garantizar el recurso a la ley en propia defensa,
Este hecho tan generalizado en el
País, ha motivado el éxodo de los guineanos en busca
de protección y seguridad que el propio país no les ofrece.
Un 25% de la población ha tenido que abandonar el país y buscar acogida en los
países extranjeros: Gabón, Cameroun, Nigeria, España, USA y otros. Ante este
desamparo jurídico, la "Juventud en Marcha con Macías"
detiene, apalea, registra domicilios impunemente,
gozando de la inmunidad que le concede el gobierno.
Es de observar que hasta la fecha, el número, ya elevado de
refugiados en el exterior, no goza, en ningún caso de
una verdadera atención jurídica. (ver ANEXO NUM. 22-1-2)
c) Derecho a la propiedad privada y colectiva:
El derecho
a la propiedad individual y colectiva se encuadra en
el marco de las arbitrariedades del gobierno. Todo pertenece
al gobierno, hasta los objetos más insignificantes.
En efecto, el gobierno decreta, sin ninguna posterior
indemnización la expropiación de bienes privados y colectivos, sin que los afectados encuentren amparo en ninguna ley.
Por decreto y por motivos de seguridad personal y no
por el bien común que debe inspirar estos casos, fueron
desalojadas todas las personas que habitaban en una
área de 800 metros de la zona presidencial. Muchos de los
afectados se han quedado sin techo ni posibilidad de
reclamar una justa indemnización. El Obispado de Santa
Isabel, Colegio contiguo de los Misioneros y todos sus
servicios, la Catedral Católica, la Catedral Protestante,
inmuebles del colegio Metodista, han caído en la zona
presidencial y sus propietarios han tenido que
abandonar todos sus enseres, lo mismo ha sucedido con la
Catedral de Bata, Palacio Episcopal, colegios católicos y
protestantes, Edificio de la Iglesia Reformada de Bata,
edificios de los presos políticos, exiliados, etc. son
todos de la propiedad exclusiva del gobierno.
Con la imposición cuantiosa de multas impagables y la
restrictiva admisión de recursos, muchas de las
empresas privadas, se han visto, obligadas a cerrar sus
puertas en estos últimos años (ANEXO 12-1). La
expropiación está al orden del día: coches particulares,
viviendas, dinero, fincas, etc. Las cooperativas
Agrícolas, de Transportes y de comercio, creadas por los
propios autóctonos, en beneficio de la población para
favorecer las iniciativas privadas, han recibido órdenes
de la superioridad para cerrar sus actividades. Todos
los guineanos idóneos a la administración de actividades
económicas y financieras, están bajo confinamiento,
arresto domiciliario o encarcelamiento. Los casos
recientes lo justifican (ANEXO NUM. 12-2). Todo el comercio
ha
quedado en manos del gobierno que ha creado la única
empresa del País, "Empresa Estatal do Comercio (ANEXOS
NUMS 13)
d) Vida privada: En este Orden de cosas, la situación de
Guinea Ecuatorial no puede garantizar el derecho a la vida
privada. Las perquisiciones operadas incontrolablemente por
la "Juventud en Marcha con Macías", los saqueos de
viviendas particulares y el sistema de espionaje montado en
todo el territorio nacional, han destruido la confianza
entre amigos y familiares. No hay posibilidad de
conversación sin el riesgo de ser delatado. Muchos de los.
que han
sido matados, de hecho, han sido traicionados por sus
propios hijos, esposas o parientes. Existe también una
severa censura de la correspondencia.
Desde el 5 de marzo de 1.969, todo el
país vive en un estado
de emergencia. El artículo 36 de la nueva
constitución limita la inviolabilidad de la correspondencia
privada, "mientras no entre en vigor la ley que regula esta
garantía constitucional». Esta ley, no ha sido aplicada.
Todo lo que entra o sale de Guinea Ecuatorial viene
severamente censurado y como dura aplicación de las
medidas vigentes, se ha llegado a imputar extremidades
superiores a ciudadanos incriminados por una correspondencia
familiar. La correspondencia normal en Guinea
Ecuatorial, está sujeta al arbitrio del cuerpo de control.
Asimismo se ha llevado una campaña difamatoria en los
medios informativos nacionales, contra destacados exiliados
políticos y jerarquías religiosas del País.
e) Libertad de movimiento:
La libertad proclamada por el Gobierno y su partido en
Guinea ecuatorial, está lejos de corresponder, tanto a las
aspiraciones del pueblo que a las normas que el derecho internacional dispensa a todos loa hombres.
El habitante de Guinea Ecuatorial, está totalmente privado de todo derecho elemental,
incluso el de circular libremente en su mismo país para
desplazarse de un distrito a otro, de una provincia a la
otra, se necesitan permisos especiales del gobierno, previa
presentación del carnet correspondiente del partido. El país está lleno de bloques de control. Para
desplazarse a
otra provincia, se necesita salvoconductos especiales
(ver ANEXO NUM.14). Un el extranjero, las embajadas han recibido Órdenes de no prolongar ni extender
pasaportes a los guineanos, salidos anteriormente por
motivos
de estudios o de asuntos particulares, los cuales se
encuentran actualmente en la situación de indocumentados
(ANEXO NUM. 15). Ningún guineano tiene derecho a hacer
viaje al extranjero de carácter privado, salvo que
sea enviado del gobierno; asimismo la entrada requiere la
petición previa de un visado en la propia Embajada,
mediante consulta de los antecedentes políticos de la
propia región del guineano interesado, familia o de
extinguido partido político.
f)
Derecho a la nacionalidad: Con la implantación del
terror, muchos naturales de Guinea son perseguidos
injustamente por el gobierno que denuncia continuamente,
atentados contra la Seguridad del Estado. Como
represalia tomada contra los que el gobierno considera
"subversivos", el régimen ha retirado la nacionalidad a
estudiantes guineanos, que, temiendo la suerte de sus
compañeros, llamados al país durante las vacaciones
ordinarias, refutaron su regreso para librarse de los
encarcelamientos y pérdidas de los estudios, dispensados a
los
primeros. El Congreso del PUNT, acordó practicar
estrictamente esta nueva medida (cfr III Congreso del PUNT,
ANEXO NUM. 16), que
se extendió a todos los guineanos que se
encuentran actualmente en el extranjero, a excepción de
los miembros de las pocas misiones diplomáticas
que el País tiene en el exterior. Así mismo los familiares
de los opositores al régimen y sus regiones, carecen de
toda identidad jurídica y de cualquier derecho, fuera y
dentro del país.
g)
Derecho de asilo: Con la persecución desencadenada en el
País, era obvio que muchos guineanos
tuvieran que buscar refugio en otros países. El gobierno de
Guinea Ecuatorial, haciendo uso indebido do los
privilegios que las leyes internacionales, conceden a las
misiones diplomáticas, ha convertido a las Embajadas en
centros de terrorismo, practicando el secuestro de personas
huidas en busca de asilo en otros países. Tal fue el
caso del Doctor Gustavo Watson Bueco, ex-Embajador en
Cameroun, secuestrado en un avión presidencial en 1972; Don Jovino Edu Mbuy, oficial del Ejército,
transportado en el guardamaletas de un coche diplomático
de la
Embajada de Cameroun, después de suministrarle una dosis
alta de anestesia, para favorecer el cruce desapercibido de
la frontera con Guinea. El último caso, ha sido con Sr.
Zacarías y el estudiante Juan Mangué Asumú, secuestrados, por la Embajada de Guinea en Gabón.
Evidentemente, los diplomáticos que se han opuesto
a esta práctica, fueron cesados, encarcelados y torturados
en Guinea (ANEXO NUM. 17, declaración de un
diplomático).
2. Derechos éticos.
a) Libertad de pensamiento, expresión y opinión.
Desde marzo de 1969, todos los medios informativos, la
prensa,, radio y Televisión están bajo el control directo
del
Presidente. Todo artículo sospechosa, él autor viene
severamente castigado y sus familiares.
El hecho de una continua vigilancia postal hace que de
Guinea Ecuatorial, no se tenga ninguna información
sobre. la realidad del País. Ningún periodista tiene acceso
al País; toda prensa extranjera no tiene entrada en el País,
por disposiciones gubernamentales. La nueva
constitución no reconoce ,tal derecho, toda vez que toda
actividad viene canalizada por el partido único, sola
organización autorizada, que descarta toda posibilidad
asociativa de pensamiento, expresión y opinión.
b) Libertad de reunión y asociación: Con la imposición en
1970 del sistema de partido único, todas las libertades de
reunión y asociación fueron también suprimidas. Todo
guineano, como se ha visto, pertenece
obligatoriamente, desde los siete años, al PUNT y se
pierde tal condición con la muerte. Una simple
conversación de dos personas sobre cualquier tema general,
constituye un delito que puedo costar la vida, bajo el
pretexto de conspirar contra el Estado o de hablar mal
de la persona del Presidente. Muchos campesinos y
aldeanos han sido encarcelados por haber preparado "golpe de estado" entre sus vecinos,
todos los guineanos se temen entre si ya que el régimen estimula el espionaje
mutuo, por ser este el único medio para adquirir
recompensas del gobierno y ascensos prestigiosos.
c)
Libertad de conciencia y Religión: Guinea Ecuatorial,
en un 90% pertenece a la religión cristiana (Católica y
Protestante). La vieja constitución reconoció la libertad
religiosa, según la Declaración Universal de Derechos
Humanos. Pero este derecho fundamental viene tergiversado en
el artículo 35 de la nueva constitución, bajo control
de los fines del Estado que se opusieran a la fe. Es
evidente que la Iglesia no ha podido someterse a las
arbitrariedades que ofenden diariamente a la integridad
del hombre ya la violación de sus derechos más
elementales. El aparato represivo se ha arrogado el derecho
de controlar, dirigir y suprimir toda práctica religiosa en el
País. Una disposición
gubernamental ha confiscado las Catedrales de Bata y de
Santa
Isabel. Y después de haber expulsado a los dos Obispos del
país (uno guineano y otro español), los sacerdotes y
pastores, están sometidos a continuas presiones y arrestos
domiciliarios. Actualmente hay un Sacerdote Católico
en la Cárcel pública de Bata, otro Pastor en la cárcel
pública del distrito de Niefang; tres postores en arresto
domiciliario, así como los demás sacerdotes católicos.
Varios sacerdotes han tenido que buscar refugio en otros
países. Los pocos misioneros que quedan en el país, son
expulsados, sin ninguna explicación. Después de la
supresión de la enseñanza religiosa en el país, han sido
clausurados los dos Seminarios cristianos del país y
muchos de sus Seminaristas han tenido que huir para
librarse de las torturas practicadas por la "Juventud en
Marcha con Macías". Con la prohibición de toda manifestación religiosa, el Gobierno está llevando una campaña de ateismo, en la que obliga, por medio de la enseñanza del
partido, la negación de la existencia de Dios y de todos
los valores religiosos. Es más, la Iglesia es
considerada como una
secta al servicio del imperialismo internacional (ANEXOS 18).
3.
Derechos sociales.
a)
Derecho al trabajo: La expulsión de la mano de obra de
procedencia extranjera, el cierre de los dos únicos
bancos privados habidos en el País, el paro de las
actividades de las pequeñas industrias, las actividades
agrícolas,
comerciales, etc., han tenido gran repercusión sobre la
situación económica del País, tanto que desde 1970 a esta parte se viene registrando paulatinamente, un descenso
peyorativo de las exportaciones e importaciones, la
ausencia de divisas convertibles, la inflación acentuada
que ha cubierto de miseria todo el territorio nacional. La
misma inseguridad jurídica reinante, incapaz de respaldar
las actividades libres de los ciudadanos, ha instituido un
paro general en Guinea ecuatorial. Por otro lado, el Estado, no pudiendo
satisfacerlas obligaciones de pago contraídas con sus
funcionarios, acaba de cesar los últimos técnicos de su
administración en un total de 400, entre maestros, abogados, funcionarios de la administración civil, técnicos sanitarios, etc.
cuyos puestos han sido cubiertos por miembros de la "Juventud en
Marcha con Macías. El derecho al trabajo en
Guinea
Ecuatorial, está en función de la voluntad del gobierno, considerado sólo como una mera
recompensa de quien defiende el
régimen del Sr. Presidente. En consecuencia, nadie puede
ejercer libremente su empleo; basta considerar el reclutamiento
forzoso de 60.000 guineanos de ambos sexos y de todas las
edades, destinados a las fincas del Estado y sin ninguna remuneración,
(ANEXO 16 III Congreso del PUNT) bajo pretexto
de prestación nacional; en su mayoría, son funcionarios cesados
por el gobierno y confinados en sus poblados, No existe
ninguna asociación sindical que pueda defender la precaria
situación de los trabajadores, completamente, dejado al abrigo de los
humores políticos del gobierno, único patrón, y
sus espías.
b)
Derecho al nivel de vida: Antes de la Independencia,
Guinea Ecuatorial gozaba de un nivel de vida prestigioso
entre los países de África. Hasta 1968, la renta per cápita
por habitante, había alcanzado los 300 Dólares USA.
Ante la situación de terror y consiguiente- miseria
generalizada, el esfuerzo progresivo de cualquier hombre a
mejorar su vida y la de su familia, no ha podido realizarse
en todas sus condiciones. El malestar político acarrea el
malestar social. La salud pública deteriorada; médicos y
técnicos nativos, asesinados o inhabilitados. Los pocos
extranjeros, enviados al país, para prestar su asistencia,
han tenido que abandonar el País, ante la imposibilidad de
soportar la situación. Los puestos delicados de los centros
sanitarios, son hoy regentados por personas nombradas
directamente por el gobierno, y carentes de los más
elementales conocimientos terapéuticos.
En consecuencia, la mortandad infantil ha acrecentado considerablemente, paralelo a la reaparición de las
enfermedades endémicas (lepra, pian, etc.) antes,
totalmente combatidas. El mismo III Congreso del PUNT,
ha
sido obligado a reconocer la situación desastrosa de los
hospitales (ANEXO NUM 16).
En Guinea-Ecuatorial escasean toda clase de medios
necesarios para favorecer el mejoramiento de la vida de
sus habitantes: géneros alimenticios, sal, jabón, etc. (lo
confirma el mismo Presidente en el discurso de apertura del Primer Congreso extraordinario del PUNT agosto 1974,
(ANEXO NUM. 19). Para conseguir cualquier género
básico para la vida, se exige una autorización especial
(ANEXO NUM 20). La adquisición de estos objetos,
cuando no sean bajo control del gobierno, constituyen
delitos gravemente punibles con carácter "subversivo".
c)
Derecho a la educación: El monopolio cultural del PUNT
no da lugar a la diversificación de enseñanza. Todo
es orientado por el partido y no queda ninguna posibilidad
de elegir otro tipo de educación a los niños guineanos.
La Iglesia cristiana detenía prácticamente toda la enseñanza del
país; colegios privados, escuelas profesionales,
etc. La actividad de éstos se extendía también en los
colegios oficiales, que aseguraban, en gran parte su cuerpo
docente. Ahora, con el cierre de esos colegios por un decreto presidencial nº 6/1975, (ANEXO 18-2), se ha parado
todo el aparato cultural del País, con el subsiguiente
arresto y encarcelamiento de profesores y maestros nativos
en masa, acusados de impartir una enseñanza
antirrevolucionaria. El Estado, por medio del gobierno,
orienta y
controla el derecho a la educación, manifiestamente
dirigido al exterminio de la clase intelectual del país. Los
estudiantes carecen de la posibilidad absoluta para
dedicarse a sus tareas formativas de manera adecuada,
negándoles, por disposición gubernamental, su traslado a
universidades extranjeras a falta de escuelas superiores en el
País, practicando una inhumana discriminación basada, no en los
méritos académicos del estudiante, sino en la recompensa
del terrorismo que hace prueba la "Juventud en Marcha con
Macías"; tal discriminación le ha llevado al
gobierno al extremo de prohibir la asistencia a las
escuelas estatales a los hijos de los considerados
subversivos u opositores al régimen
(confinados, encarcelados, refugiados, asesinados, etc.).
Esta campaña de negación total de la cultura a los
guineanos, hace que por parte del gobierno, no exista un
programa de educación definido, toda vez que él régimen ha
rechazado los asesoramientos y programas, que en
ese sentido, le fueran presentados por organismos
internacionales y países extranjeros, cuyos funcionarios
técnicos, muchos han sido expulsados del País. La
situación educativa es tan desastrosa, que el mismo PUNT
ha reconocido que la educación está siendo perturbada por
la alarmante prostitución practicada en los centros
de enseñanza, obra de los maestros instituidos por el
mismo partido. (ANEXO NUM 16 III Congreso del PUNT).
c)
Derecho al matrimonio: Si bien la constitución
afirma, solamente, la familia como célula fundamental de
la sociedad, el régimen actual ha empleado toda clase
de vejaciones para romper la unidad de muchas familias. Las
niñas en temprana edad, son obligadas a supeditarse a los
antojos de la "Juventud". Asimismo, las esposas de los
presos políticos y refugiados son obligadas a matrimonio
forzoso, con miembros del gobierno y exponentes de la "Juventud en Marcha con Macías". La negación de estas disposiciones constituyen delito de grave punición
o la constricción de la misma a la prostitución, así como la imposición
de sanciones económicas a las familias de las víctimas de
tales atropellos.
4)
Derechos políticos.
a) Derecho electoral:
Desde la proclamación del Presidente vitalicio, todo derecho electoral, ha sido
anulado en todos los órdenes. El partido se encarga de
elegir los diputados y suspenderlos de sus funciones. La
nueva Constitución no da cabida a la posibilidad de loo
ciudadanos de pronunciarse directa o indirectamente sobre
la política del País, sin coacción alguna. La última Constitución presentada al Congreso del partido en la fecha
del
10 de julio, fue sometida a referéndum solamente diecinueve
días después de la presentación. Periodo,
evidentemente escaso para un juicio valorativo, de parte del
pueblo. La constitución fue votada, por seguro, el 29 de
julio del mismo año, repartiendo sólo el SI a todas las
mesas electorales del territorio nacional. A raíz de la
nueva constitución se ha desencadenado una nueva onda de
matanzas y muchos guineanos han tenido que huir
masivamente del país. Algunos que tuvieron el coraje do
oponerse al sistema de referéndum, fueron encarcelados,
torturados y muertos inmediatamente. (ANEXOS NUM. 22).
V.
CONCLUSIONES Y SUPLICAS
Hace SEIS AÑOS que Guinea
Ecuatorial vive en un estado
de sitio y el territorio nacional está convertido en un presidio bajo la vigilancia de la milicia fascista "Juventud
en
Marcha con Macías".
La Policía
Nacional y el Ejército tienen órdenes de la
superioridad de requisar, arrestar, torturar, disparar y
matar a
todos los considerados "subversivos" y cuántos intenten
refugiarse al extranjero. No existe ninguna apelación a la
Justicia. Esta consigna, viene cumplida, diariamente en
todo el ámbito nacional, en los numerosos complots
prefabricados por el gobierno para justificar su
exterminio a la población. El último caso clamoroso es la
matanza del 10 de junio de 1974, perpetrado contra los presos
políticos
recluidos en el penitenciario de Bata y acusados de
atentar la Seguridad del Estado, en colaboración con los guineanos refugiados en otros países
africanos, de Europa y América, los cuales les
facilitarían grandes sumas de dinero para su actividad
subversiva. Tales acusaciones, fundamentalmente vacías de
toda veracidad, han llevado a la tumba a más de 145
guineanos de todas las tallas sociales. Las contradicciones
de ése complot con demasiadas evidentes. Quien
conoce la situación del preso político en Guinea Ecuatorial
debe sorprenderse de la libertad dé comunicación con el exterior que dichos presos disponían
excepcionalmente,
hasta el punto de recibir material en efectivo y en
valor. Por otro lado, la misma prensa gubernamental
explica que las únicas armas de batalla empleadas por los
infelices, no fueren más que machetee y linternas, para
derrotar a todo un gobierno y ejercito.
La
contradicción más inhumana y contra toda la verdad de lo
acaecido es que los caídos en acto y suicidados el
mismo día 10 de junio: el ex-ministro de Justicia Rafael
Momo, ex-ministro de Trabajo, Román Boricó, Dr. Combe
(suicidados), Estanislao Ngume, Pelagio Mba, Antonio Edjo
Edu (caídos en él acto), tuvieran el coraje de hacer
declaraciones públicas ante un tribunal que se celebró el
22 de junio y ser ejecutados el 26 del mismo mes
(confrontar LA UNIDAD DE GUINEA ECUATORIAL, número
extraordinario del 10 de junio, y el BAILE DE LOS
MALDITOS, publicados ambos por el mismo gobierno. ANEXOS 9
y 10).
Ante
estos hechos que conmueven la conciencia humana, que
suponen un obstáculo para el progreso libre y
democrático de nuestro pueblo, que ponen en peligre la
Unidad, la Paz, la Prosperidad, el Progreso en general y la
integridad del territorio nacional, que contradicen los
derechos
reconocidos en la legítima constitución aprobada por el
pueblo en 1968 y en la Declaración universal de los
Derechos del Hombre;
La ALIANZA NACIONAL DE RESTAURACIÓN DEMOCRÁTICA, Organización
qué aglutina todas las fuerzas
políticas, económicas y socio-culturales del País;
En nombre y representación de
los legítimos intereses de
la Guinea Ecuatorial;
Decidida a salvar el
país de la caótica situación en que se encuentra, en una acción
conjunta dentro del respeto
mutuo y de un espíritu de auténtica democracia;
Acude a todos los países, gobiernos y organismos
internacionales de buena voluntad, amigos de la Paz, de la
Dignidad y la Libertad del hombre, todos ellos con
reconocida experiencia en los casos difíciles que
perturban la Paz mundial y violan los Derechos Fundamentales de la
persona humana, que es la rica potencialidad del progreso
armónico al que aspiran todos los países, para denunciar
enérgicamente el régimen despótico que Macías ha
implantado al pueblo guineano y pedir su apoyo y ayuda con
el objeto de restaurar en todo el territorio nacional la
Unidad, la Paz, la Justicia y los Derechos Fundamentales en general,
vilmente lesionados;
Suplicando su rápida intervención en favor de este pueblo
oprimido, presa de un auténtico genocidio institucionalizado por el
gobierno tiránico y dictador de Macías, desde hace más de seis años, sobre una población de
cerca de medio millón de habitantes.
LA ALIANZA NACIONAL DE
RESTAURACIÓN DEMOCRÁTICA, consciente
del actual estado de cosas en Guinea Ecuatorial, haciéndose suyo el grito del pueblo,
no puede
menos que protestar con todas sus fuerzas la actitud
de ciertos gobiernos y organizaciones internacionales, que
cooperando a la acción criminal de Macías se muestran complacientes con
dicho régimen del terror. Por ello considera que cualquier acción postergada en favor de nuestro pueblo llegaría demasiado
tarde
para evitar que esta pequeña nación sea borrada del mapa de
las naciones libres, soberanas e independientes de África y del mundo entero.
Un pueblo que, en su día, entró
gozoso a participar en el esfuerzo común de Paz que
inspira, en la Libertad y en la Justicia, todos los
gobiernos y organismos internacionales.
Los firmantes del presente informo-denuncia, miembros de
pleno derecho de nuestra Organización, representantes legítimos de la ANRD,
portavoz del pueblo oprimido de Guinea, reafirman su decidida y firme voluntad de hacer
llegar el desesperante grito del pueblo guineano "a todos
los hombres de buena voluntad, para una actividad
combativa contra la opresión y la discriminación en la
sociedad guineana y concientizar al pueblo guineanos al
cambio de las disposiciones ilegales introducidas en el
País" (9º punto dé los Principios Básicos de la
Organización) y se comprometen, una vez más, a dar de sí
todo cuanto esté a su alcance para que todos cooperen
a la construcción de una Guinea Ecuatorial Libre,
Democrática, Justa, e Independiente, en donde sólo él
pueblo, a través de legítimos mecanismos electorales sea el que marque
las pautas políticas fundamentales; que deban conducirlo a la
consecución de sus supremos objetivos que
dignifiquen a la persona humana.
Una
vez más, reiteramos nuestra confianza en todos loa
organismos internacionales, gobiernos y personas de
buena voluntad a que hoy acudimos, a los que suplicamos
una firme, rápida y contundente respuesta que corresponda al verdadero espíritu de justicia, de la paz qué
preconiza la Declaración Universal de los Derechos del
Hombre.
Desde el exilio,
a diecinueve de Agosto de mil novecientos setenta y cinco,
Primer Aniversario de la ALIANZA NACIONAL DE RESTAURACIÓN
DEMOCRÁTICA.
Por la ALIANZA
NACIONAL DE RESTAURACIÓN DEMOCRÁTICA,
suscriben:
[va firma]
D. Andrés MOISÉS
MBA ADA
PRESIDENTE DEL
COMITÉ CENTRAL DE LA ANRD
[va firma]
D. Esteban NSUE
NGOMO
SECRETARIO
GENERAL DE LA ANRD
[va firma]
D. Jesús NDONGO
MBA NNEGUE
JEFE DE EDUCACIÓN
Y CULTURA DE LA ANRD
[va firma]
D. Anacleto OLO
MIBUY
JEFE DE
INFORMACIÓN Y PROPAGANDA DE LA ANRD.