POR
EL
EXCMO.
SE. D. JUAN Mª BONELLI RUBIO
Gobernador General de los Territorios españoles del
Golfo de Guinea
Señoras y Señores:
Entre los temas apasionantes que
pueda haber en el mundo, no me parece que deba considerarse como el menor de ellos el que da motivo a una obra de
colonización, porque el que coloniza, si coloniza con el alma limpia, el corazón puro y el ánimo desprendido, siéntese a la vez
un poco creador y un poco maestro, y como la labor de crear es la que más nos aproxima al Creador de todo, que es Dios
mismo, y el mismo Dios fue el Maestro por excelencia, síguese que el que se
sienta o pueda sentirse
un poco maestro y un poco creador está más cerca de la fuente inagotable de todos los verdaderos
goces. Nada más que
por esta razón, paréceme que bien puede calificarse el tema de apasionante.
Como contrapartida, porque en el
mundo lo amargo y lo dulce no suelen andar muy distantes, el que quiera ser al mismo tiempo un poco creador y un poco
maestro ; esto es, el que quiera colonizar, no ha de estar exento de muchas y graves preocupaciones por la responsabilidad que
le pueda alcanzar por la maldad posible de la cosa creada o por el torcimiento del ser educado, porque no basta crear, ni
siquiera interesa crear, si ha de
ser nocivo lo creado, como no basta educar, ni
siquiera interesa educar, si de la educación no ha de nacer una mejor
aptitud para obrar bien ; de donde resulta, en fin de cuentas, que
la obra de colonizar puede ser bellísima y loable si con ella
se crea un pueblo, en el que los nobles atributos del hombre estén
lo menos dañados posible
por sus
torpes instintos,
pero que
ni basta colonizar,
ni siquiera interesa colonizar, si el resultado ha de dar origen a
una muchedumbre gregaria más, que se mueva en la sociedad al impulso
funesto de sus concupiscencias.
Supongo yo que, por las palabras y los conceptos que
hasta ahora llevo expresados, los que me hacen el honor de estarme escuchando se
habrán dado cuenta de que cuando yo empleo la palabra colonización quiero
hablar de la colonización en cuanto a su aspecto social y moral; es decir, en
cuanto a la influencia ética que el pueblo colonizador ha de ejercer
sobre el colonizado. Estoy hablando, o más bien, quiero hablar, de
lo que -para darle un nombre- pudiéramos llamar «colonización sociológica» ;
forma de la colonización que se podría enunciar diciendo : «Doctrina y método
que ha de seguir el colonizador para civilizar al colonizado,
entendiéndose por civilizar, elevar el nivel cultural, social y
moral del que se civiliza».
Así pues, y cómo es evidente, el objeto de la
colonización es el colonizado, y, por tanto, el que pretende
colonizar lo primero que necesita es tener un concepto claro del sujeto de
la obra que pretende, porque mal puede obrar y actuar sobre
aquello que no conoce. Un ejemplo práctico para aclarar ideas :
se puede hacer el mismo objeto —una caja, un teléfono, o una parte de la carrocería
de un coche— de madera, de chapa, o de esa substancia
moderna mal llamada cristal, pero, evidentemente, el proceso que haya de sufrir
la materia que se emplee será profundamente distinto en uno u otro caso. Del mismo
modo, como colonizar es civilizar, se puede civilizar todavía a
muchos pueblos —más de los que parece a primera vista, ¿verdad,
señores ?—pero el camino a seguir será distinto de
acuerdo con las características
de la materia prima que se emplee y que ha de ser objeto de la colonización.
Con
esta cuestión que acabo de esbozar, nos hemos tropezado los españoles en muchas ocasiones de
nuestra historia y, últimamente, en
nuestro pequeño pero maravilloso y atrayente territorio de Guinea, y lo mismo
que nuestros abuelos en otros tiempos, hoy nosotros, los que porque Dios así
lo ha permitido estamos en la Colonia,
tenemos que meditar sobre este asunto y
tomar una decisión que nos permita obrar.
Un
día —hace dos años—; un día afortunado para mí porque me deparó el honor de ocupar esta tribuna,
hablé ya de este
tema. Pero entonces me limité a plantear el problema de una manera doctrinal haciendo un
esbozo, que no tuvo otro mérito que el de ser breve, y que me parece que va a ser el mismo de esta conferencia de hoy ; haciendo un esbozo
—digo— de los distintos conceptos que por el mundo andaban y que, al
intentar clasificarlos, habían dado lugar a los sistemas de colonización.
Aquel día expuse la teoría, o, más bien, las teorías que,
sobre este asunto, pululan por el mundo. Hoy, me parece que
es llegado el momento de pasar de la teoría a la práctica y, por
eso, trataré de daros una idea general de cómo, a la hora de
actuar, hemos entendido los españoles de Guinea el problema de la colonización.
Decía, hace un momento, que lo
más importante. para el que ha de colonizar es tener un concepto claro del pueblo que coloniza. Esto es evidente, y
puesto que lo es, resulta que lo más interesante para nosotros es definir el concepto que tenemos del indígena de nuestros territorios, porque así
tendremos el fundamento y la explicación
de. por qué colonizamos como estamos colonizando.
Pero surge una cuestión: ¿cómo
podría yo definir ese concepto de una manera clara y escueta? Las definiciones son siempre difíciles y, las más de las
veces, incompletas. Yo recuerdo que Rey Pastor, el matemático eminente, es opuesto a definir lo que es
un punto y una recta y un triángulo ; prefiere hablar de ellos sin definirlos,
porque entiende que si el que estudia llega a adquirir conceptos claros, sabrá matemáticas
sin que le haya hecho falta para nada saber definiciones. Yo voy a seguir una norma parecida ; los hechos
de la obra que en Guinea se realiza me servirán para ir dando conceptos acerca de las distintas facetas del hombre indígena
en cuanto es colonizable y el conjunto de todos ellos servirá —si es que acierto a expresarme de una manera fiel y
comprensible— para que forméis vuestro propio concepto
de cómo se concibe al indígena en la colonización
de Guinea.
Puesto que España es católica, y, por serlo,
concede valor excepcional y primordial a los
valores religiosos, quizá la primera
pregunta que debiéramos hacernos al colocarnos con la imaginación
delante del indígena, es el concepto que de él tenemos
desde el punto de vista religioso, pero precisamente porque somos católicos, la pregunta es innecesaria, porque un católico no
puede pensar de otro hombre, sea de la religión que sea, nada más
que una cosa misma : que es un hijo de Dios más, y que como
a tal hay que mirarle.
Dejada, pues, esta pregunta
aparte, creo yo que la más importante y la más decisiva que podemos hacernos es aquella que se refiera al concepto jurídico
que nosotros tenemos del pueblo indígena y, por consecuencia, la situación
jurídica del mismo.
El primer punto a tratar cuando
se quiere encauzar jurídicamente una colonización, es saber qué se piensa de la psicología y de la mentalidad indígena. La
cuestión es así: ¿piensa un indígena de nuestro territorio igual que nosotros? ¿Tiene los mismos conceptos de lo bueno y
lo malo, lo justo y lo injusto, lo noble y lo desleal?
Si la contestación es
afirmativa, el procedimiento a seguir es extraordinariamente sencillo, porque
todo consiste en aplicar al indígena las mismas reglas, las mismas normas y los mismos conceptos que se aplican a los
ciudadanos de la. nación colonizadora y, claro está, que de esta manera, el trabajo del legislador colonial se ha reducido a la
nada porque la legislación se la darán hecha desde la metrópoli. Pero lo que pasa es que no hay nadie que se atreva a contestar
-afirmativamente a estas preguntas, primero y principalmente, porque su
conciencia le dice a
gritos y a todas horas que no son ciertas, y segundo—y esto es lo más grave—, porque si
son ciertas y si el indígena es exactamente igual en su psicología y en su mentalidad al habitante de un país civilizado, ¿quieren
ustedes decirme qué pinta en la colonia el colonizador ? ¿ Por qué va a mandar a los que, por hipótesis, son tan capaces como él
para el mando? Y si no va a mandar, y sí solamente a dar un consejo y a
ofrecer una enseñanza, ¿
se los han pedido acaso ? Porque si no se los han pedido, y todos sabemos
perfectamente que no se los han pedido, ¿a santo de qué se mete donde nadie le llama?
No puede ser. Contestar afirmativamente a las
preguntas anteriores
nos lleva inevitablemente a la consecuencia de que en las colonias sobran los
colonizadores, y que hay que dejar al indígena que haga lo que le venga en gana.
Pero esto sería otro disparate
mayúsculo porque el indígena no es capaz de orientarse por sí mismo en este terrible y complicado
mundo de la civilización,
ni puede navegar por su cuenta en ese mar turbulento y alborotado de las naciones que a sí mismas
se llaman cultas y
sapientísimas. No puede ser; no hay ningún pueblo colonizable que tenga tras sí el
legado inmenso de la civilización europea., Ningún pueblo colonizable sabe quién fue
Aristóteles, ni quién Santo
Tomás, y por eso su filosofía y su sabiduría es, cuando más, un vago reflejo de la ley
natural. Ignora que hubo un hombre, hace muchísimos años, que se llamó Pericles, y otro, Catón, el de Utica, y que los hombres
han escrito unos libros que se llaman las Pandectas, el Fuero Juzgo y las Siete Partidas, y por eso su sentido de la Justicia
es sólo un atisbo de aquella tendencia hacia el bien con que el hombre salió de las
manos perfectísimas de
su Creador. No conoce el heroísmo de Leónidas a la sombra de las flechas persas, ni la
indomable arrogancia de los numantinos frente al orgullo de los romanos, ni el gesto noble y doloroso de
Guzmán el Bueno en las almenas de Tarifa, ni el poderoso aliento que necesita
un corazón humano para sobreponerse al tormento de la Noche Triste y llegar altivo
y confiado a conquistar
la gloria inexplicable de Otumba, y por eso no comprende 'por qué se puede entregar la
vida cuando parece innecesario aceptar la muerte, y cuál es .el
verdadero mérito del sacrificio y en qué estriba la grandeza de la lealtad.
No puede ser ; el indígena no
piensa ni siente como nosotros, y, ni que decir tiene, que no sabe lo que nosotros sabemos, luego
ponerle en igualdad de condiciones con el elemento hombre procedente de un país civilizado,
no es hacerle un beneficio —aunque parezca que se le otorga un honor—, sino dejarle indefenso en una lucha, la de la existencia,
en la que irremisiblemente va a perecer.
Porque la realidad es que el indígena
es menor de edad, porque tiene mucho de infantil en su modo de sentir y en su manera de proceder, y, por eso
mismo, es preciso tratarle con el mismo exquisito cuidado con que se trata al niño. Los locos y los insensatos —si es que no
son malvados— que se erigen en representantes exclusivos de la libertad y piden con voces trémulas igualdad de trato para el
indígena, son esos mismos insensatos, locos, o malvados, que piden gimiendo que se respete la
conciencia del niño, como si la tierra en la que no se siembra y en donde no se cultiva
pudiera dar por sí misma y espontáneamente los frutos que, por esencia, es capaz de
producir. Dejad rienda
suelta al niño para que crezca libremente al solo influjo de sus propios instintos, y habréis
hecho cuanto está en vuestra mano para conseguir el día de mañana un hombre inútil, parásito
de la sociedad en que viva, si es que no es un peligro para ella. Otorgad a un indígena la plena
posesión de su capacidad jurídica, y habréis dado el primer paso y el más
decisivo para hacer
de él un esclavo.
Hay pueblos dejados de la mano
de Dios, que en su vesania y locura, embriagados por el veneno corrosivo de unas ideas mil veces malditas que van a dar al traste con esta
desdichada civilización en que vivimos,
han caído en la estupidez y en la incoherencia de conceder a los indígenas
de sus colonias un grado tan excelso de
ciudadanía, que tienen derecho al voto ; es decir, tienen
derecho a ejecutar ese acto estúpido que permite a los hombres
opinar de lo que no entienden, y con el agravante de que, a esa opinión, se le concede una cierta validez. Pero esos mismos
que tal hacen, en los demás actos de la vida económica y
social de la colonia, e incluso en la jurídica, desprecian al pueblo colonizado, se alejan de su trato y le aplican normas distintas.
El disparate y la inconsecuencia saltan a la vista. Sí se
concede el acto más sublime y más importante del «ciudadano consciente» —como dicen ellos en términos escalofriantes por su
altisonancia—, acto : que lo menos que debe requerir es una madurez
completa, ¿ por qué no se le conceden los demás derechos que son más
simples que el que se ha concedido ? ¿ Por qué
no se les concede la total igualdad? Y una vez concedida la igualdad
que es lógico conceder después de dado aquel primer paso,
¿por qué no se marcha la nación colonizadora de aquella colonia y deja a los indígenas en paz para que se las arreglen como
quieran? Pero... ¿a que prefieren ser ilógicos, y no se van
?
Lo grande del caso es que si no
se van —y no tengan ustedes cuidado, que no se van—, harán bien y será lo mejor que pueden
hacer en beneficio del pueblo indígena, porque aunque sus doctrinas y sus ideas son
verdaderamente deplorables, al enfrentarlas con la realidad, la realidad se impone y hacen cosas que recuerdan muy poco a las
doctrinas porque tienen atisbos de sentido común. En teoría, le conceden al indígena unas cualidades desorbitadas; luego, en
la práctica, la fuerza de los hechos les obliga a poner cada cosa en su sitio y a desmentir con sus actos las vanas
pretensiones de sus teorías.
A Dios gracias, porque en El nos
fundamos, nuestra colonización de Guinea no se parece a esto en nada, y aunque en la práctica tiene facetas similares a las de otras
colonizaciones, la doctrina que la sustenta y
el fin que persigue son fundamentalmente no ya distintos, sino opuestos.
«A priori» los españoles pensamos que el
indígena, que es un hermano nuestro, porque del mismo barro nos hizo Dios a todos, no es por eso nuestro igual, sino
que está en condiciones de inferioridad con respecto a
nosotros, y puesto que lo está, y puesto que es nuestro hermano,
tiene derecho y le debemos protección y amparo. Con arreglo
a este concepto primario, qué es
aplicable para todas las
cuestiones de la vida, ya sean económicas, ya sean sociales, ya sean
jurídicas, el colonizador cuando legisla debe olvidarse un poco de la metrópoli y hacer una
ley que sea apropiada y eficaz para el sujeto de la colonización.
Ya empezamos a fijar conceptos
de acuerdo con el plan que. dije al principio que pensaba seguir ; ya hemos
expresado claramente
:
1.°
Que el indígena no es
nuestro igual.
2.°
Que tiene derecho y le debemos protección y amparo.
Y ahora, surge la pregunta : ¿
Responde nuestra legislación y nuestra actuación en la colonia actuación en la colonia a estos
principios que acabamos
de fijar?...
Vamos a ver que sí; vamos a ver
que nuestra legislación es eco fiel de la buena doctrina, y vamos a ver el
reflejo práctico de aquella teoría en aquello que, por sí mismo, es
específicamente
jurídico ; esto es, en la
Organización y atribuciones de los
Tribunales de Justicia.
Pues bien ; el indígena de
nuestros territorios ni está sometido a nuestro Código civil, ni al penal, ni a la Jurisdicción de nuestros Tribunales. Existe una
organización completa de Justicia indígena compuesta por los Tribunales de
Demarcación, Tribunales de Distrito y Tribunal Superior Indígena,
cuya equivalencia
pudiéramos encontrarla en el Juzgado de Primera Instancia, Audiencia
Territorial y Tribunal Supremo. En esos Tribunales se juzga con arreglo a la costumbre indígena,
en cuanto no
se oponga a la moral cristiana, y se procura en las sentencias ir aplicando discreta y paulatinamente
los conceptos jurídicos de nuestra sociedad.
Claro está, que
este modo de actuar no es nuestro exclusivamente. Con rara unanimidad, todas las naciones
colonizadoras le
emplean, y no hace mucho, por ejemplo —dos años escasos— los franceses promulgaron un nuevo
Código penal de aplicación para los indígenas. Lo que sí es exclusivo en nosotros es la constancia y lógica en el
modo de pensar, porque admitir que son necesarios unos Tribunales especiales para los indígenas y concederles después el derecho
al voto, es un contrasentido que sólo puede caber en el cerebro de un liberal; el más paradójico de los cerebros, porque en él
cabe todo y entra todo, y siempre está vacío. Nosotros, que no somos liberales, estamos a cubierto de semejantes desatinos y
como empleamos una misma norma en todos los casos y esa norma es beneficiosa para el indígena, somos constantes en el
beneficio mientras que los demás son intermitentes.
En nuestra colonia de Guinea siempre los españoles
hemos seguido
el mismo criterio. Unas veces con más clarividencia ; otras, con ciertas
nebulosidades, pero siempre se adivina en el fondo de nuestra legislación colonial como un
«leit motiv» de nuestra especial manera de ser,
y así vemos que desde los primeros tiempos de nuestra presencia en Fernando Póo se piensa en el
amparo y protección del indígena y se refleja esa preocupación en la obra de los
Gobernadores aunque en algunas ocasiones sea —¿ cómo diría yo ?— sin serenidad ; sin visión
clara y certera de lo que
se pretende y por qué se pretende. Y así nos encontramos
con que
existe siempre
una Curaduría
indígena, cuya
misión es, naturalmente,
ejercer una acción tutora sobre los nativos,
pero que
defiende inexplicablemente la
teoría de que
el indígena de Fernando Póo no trabaje, y esto, como medida de protección a la raza,
como si el trabajo fuera una fuente de depauperación superior a la del ocio, y como si no fuera infinitamente más deseable
trabajar, que es una obligación impuesta al hombre por Dios mismo, que llevar una vida
de holganza con la
secuela de todos los vicios y miserias. Esto pensó un tiempo la Curaduría, pero
a la vez,
permitía y
hasta estimulaba
la recluta de braceros en nuestra zona continental
concediendo de hecho una diferencia de trato al bubi y al pamue que no hay manera de explicar
satisfactoriamente.
La razón de este desequilibrio
está en que, en aquellos tiempos, reinaba en España un laberinto de ideas importadas del extranjero, que estaban muy de
moda y que pugnaban y pugnarán siempre con la auténtica tradición española que es infinitamente mejor que todo lo que nos
quieran ofrecer de fuera aunque venga vestido con las mejores galas y ropajes. El caso es que hubimos de padecer no poca
confusión en las ideas y en las doctrinas, que
fue causa de muchos desgraciados sucesos, y que repercutió en la Colonia como
era lógico que repercutiera, enturbiando un
tanto la limpieza y bondad de nuestra colonización
y empañando el brillo de lo que siempre hemos sabido hacer
los españoles con ventaja sobre los demás.
Por fortuna, pasaron aquellos años
de indecisión y desconcierto, se purificaron las ideas, y al desechar lo que no estaba ni está de acuerdo con lo español
y con lo cristiano, quedó la doctrina a aplicar, limpia, firme y decidida, y
que puede definirse
escuetamente en estos términos, ya expresados anteriormente : El indígena es menor de
edad y como tal, necesita y tiene derecho a la protección de la nación colonizadora. Pero protección clara, definida,
exacta ; no esa protección que sólo es de palabra y no se siente de hecho porque no está previsto el modo de ejercitarla, sino
aquella otra en que lo primero es la creación y definición del órgano específicamente encargado de llevarla a cabo, de su misión
y del modo de cumplirla.
Y así nace el Patronato de Indígenas,
la más bella quizá de nuestras Instituciones coloniales y la que tiene un papel más digno y más hermoso, porque su
misión es defender, amparar, educar y proteger. Es tutor del indígena y, según la ley, completa su capacidad jurídica para
todos los actos de su vida que exijan de él una capacidad que no tiene. Contratos, ventas, cesiones, traspasos de
dominio... ; todo ha de ser autorizado por el Patronato para que el acto pueda tener valor
y efecto legal. El
indígena no puede, aunque quiera, contraer deudas, porque el Patronato no autoriza préstamos
onerosos; no. puede firmar contratos leoninos ; no puede hacer ventas ruinosas ; no puede dilapidar
su hacienda... En una palabra; está a cubierto de todo
quebranto y sólo puede obrar aquello que le beneficie» Y
llega a tanto nuestra actual legislación en este aspecto que sí alguien
a espaldas del Patronato hiciera préstamos a un indígena
no emancipado, o firmara contrato de arrendamiento o trabajo, o compra o
vendiera directamente, el acto es nulo y el indígena
no viene obligado a cumplirlo, no sólo es nulo, sino que la parte contratante emancipada, cualquiera que sea su raza o
color, incurre en delito y es acreedor a sanción.
Por si todo esto fuera poco, en
nuestra legislación se define y especifica que el indígena, por el mero hecho de serlo, tiene
derecho a una parcela de terreno completamente gratuita que, además, es inembargable. Es
decir, que, como antes os decía, el indígena no puede perder nunca porque el Patronato está para impedirlo, pero aun en el
peor de los casos, siempre tendrá esa parcela de terreno que le puede servir de habitación, base y sustento.
Sin que sea orgullo de español,
sin vanagloria, sin presunción, creó sinceramente que no existe legislación alguna que sea tan proteccionista, tan
eficaz y verdaderamente proteccionista para el indígena como la que ha dictado España en su obra de colonización de Guinea.
En el aspecto social, puede
decirse otro tanto. La Humanidad entera anda hoy a vueltas y revueltas —y esto de la revueltas puede tener hasta sentido
literal— con las reformas sociales. Por todas partes se habla de protección al trabajador ; al empleado, al modesto. Por todas
partes se inventan y crean subsidios y seguros de todas clases ; ventajas preferencias en racionamiento y viviendas... ; un sin
fin de disposiciones y medidas para remediar, o aliviar al menos, los graves problemas y las insalvables dificultades de los
tiempos presentes. Por doquier se crean organismos de previsión y protección para proteger y prever todo lo humanamente
previsible y protegible, con la consecuencia extraordinaria' y meditable de que cuanto más nos ocupamos de las cuestiones sociales, tanto más difíciles
y enconadas se vuelven.
En cambio en la Colonia, con una
legislación qué casi se puede calificar de microscópica al lado de las que se estilan por el mundo, tenemos el problema
completamente resuelto, y me parece que la forma más sencilla de demostrarlo es con unos cuantos ejemplos :
¿De
qué queréis que se trate?, ¿del seguro de enfermedad? Pues no hay problema. Si el indígena
tiene un contrato de trabajo, el patrono viene obligado, en virtud de ese contrato, a proporcionar al bracero la
asistencia médica que necesite sin que el indígena tenga que abonar ni un solo céntimo.
Y
si el "indígena
no tiene contrato de trabajo y vive del fruto de su esfuerzo en la pequeña finca que posea
en su poblado, es considerado como de Beneficencia y tiene derecho a estancia,
manutención y
asistencia en los establecimientos oficiales. Es decir, que en cualquier caso
el indígena tiene su asistencia médica garantizada sin desembolso de ninguna clase por su parte.
¿ Seguro contra el paro ? Está
absolutamente garantizado porque como el indígena, por el mero hecho de serlo, tiene derecho a una parcela de terreno,
siempre tendrá un sitio donde emplear sus actividades y un medio de vida lucrativo y apropiado al país donde vive.
¿Seguro contra la vejez?... Esa
misma parcela es su mejor garantía. Si puede cultivarla, porque, haciéndolo, nunca le faltará el sustento. Sí no puede
por imposibilidad física, cualquiera que sea el origen de esa imposibilidad, porque el Patronato de Indígenas —esa
Organización tutelar y admirable— arrendará la finca en su nombre y representación, y proporcionará al indígena la renta
suficiente para subvenir a sus necesidades.
¿Protección a las familias
numerosas?... También la tienen porque nunca con más precisión se podrá decir que los hijos traen el pan debajo del brazo si,
por el hecho de su nacimiento, el patrimonio familiar se ve incrementado con la parcela de terreno que corresponde de
derecho al nuevo individuo de la sociedad familiar.
Y así podríamos continuar la
serie, pero creo que no es necesario, porque los ejemplos puestos son buena prueba de la garantía social de la vida indígena
y de las ventajas que, por suerte para ellos, tienen sobre los habitantes de otros países en los que la vida es
incomparablemente más difícil y el porvenir, infinitamente más incierto. Me inclino a temer
que, por lo que llevo
dicho, piense alguno que la vida del indígena en nuestra Colonia es verdaderamente
envidiable. Quien tal piense no crea que está, muy lejos de la verdad, y habrá
muchos seres de los países civilizados
que si conocieran a fondo las ventajas de los habitantes
de la colonia, al compararlas con. la miseria y el abandono
en que viven, llegarían a exclamar : ¡ quién fuera indígena!... Yo no me
atrevo a decir tanto., pero sí afirmo que ningún
país civilizado se encuentra tan protegido y amparado por un Estado
como lo está por España el indígena de nuestros territorios.
Pero todo esto no llega todavía
a ser suficiente para dar un concepto claro de lo que nosotros tenemos entendido por colonización. Lo dicho hasta ahora,
habla, sí, clara y certeramente a mi juicio, del interés y desvelo con que España, nación colonizadora, se ocupa de su misión,
pero no basta para definir qué es lo que se piensa hacer y cuál será el camino a seguir en cuanto a la transformación del
salvaje en civilizado. Ya sabemos, porque lo acabamos de ver, que los españoles no consideramos iguales a los civilizados y los
que todavía no lo son ; somos distintos, y la desventaja está de su parte, pero por esa misma desventaja,
tenemos el deber moral de protegerlos y ampararlos. Y
lo hacemos. Pero no basta con amparar y proteger; es preciso educar ;
es preciso formar todo un nuevo pueblo, y si al principio de esta
conferencia os decía que la belleza de la obra de la colonización estribaba en la posibilidad
de ser, a la vez, un
poco educador y un poco maestro; y, en cierta manera, un poco creador,
nada habremos hecho si no conseguimos llegar a la cúspide de la
misión que nos ha sido encomendada. Porque hasta ahora, yo he pretendido haceros ver
la defensa eficaz que
los españoles han ofrecido y ofrecen a los habitantes de la Guinea
española, pero
queda aún
sin contestar
la siguiente pregunta
que pudiera muy bien, ser formulada:
“Muy bien; efectivamente
la protección al
indígena es perfecta.
Y, ¿ qué más ? ¿ O es que, acaso el indígena va a
permanecer en su actual estado sin evolución alguna? Si, como es evidente, por
el mero hecho de estar
en contacto con el blanco el indígena evoluciona: ¿ se deja libre y espontánea esa evolución ? Y si no se deja libre, sino que se
vigila y dirige: ¿ cómo se vigila ?¿Cómo y hacia dónde se dirige?”.
Muy cuerdamente obraría el que hiciera estas
preguntas. Afortunadamente, también estamos
en disposición de contestarlas. Es
innegable que hay evolución por el solo acto de estar frente a
frente dos
civilizaciones profundamente distanciadas en el tiempo ; una, la blanca, la que pudiéramos
llamar europea, actual, al día,
fruto de un desarrollo intelectual y espiritual de siglos. Otra, la indígena, inmóvil desde hace un número incalculable
de años y semejante en un todo a las primitivas civilizaciones
de la prehistoria. Por cierto que, hasta tal punto es exacto este estado prehistórico de la civilización africana, que ha
habido un cierto señor, aficionado y entendido en cuestiones de
antropología, que llegó no ha mucho tiempo a la Colonia y
exultó de júbilo ante el hallazgo, casi inmediato y milagroso, de
objetos de arte y utensilios específicos de las civilizaciones primitivas. Su
llegada a la colonia fue lo que se dice en términos
vulgares, «llegar y besar el santo». Encontró hachas de piedra
; vasijas de barro con los clásicos dibujos prehistóricos y no sé cuántas maravillas más. Pero lo que yo no sé si él sabía, es
que todo eso ya lo habían encontrado todos los coloniales que
conocen de algún tiempo la colonia, porque todos han visto las hachas de piedra en manos de los bubis y porque, sin ir más lejos,
en mi casa tengo unas vasijas de barro «como las prehistóricas», cocidas en Akurenan hace poco más de un año.
Lo cierto es que, como iba diciendo antes de esta
pequeña disgresión momentánea, existen en
la Colonia dos civilizaciones frente
a frente y que como es más poderosa y más fuerte la europea, indefectiblemente obliga a evolucionar a la indígena.
¿Cómo vigilamos esa evolución? Por medio de la Escuela, de
los Tribunales de Raza, de las Administraciones Territoriales,
del Servicio Agronómico, del Sanitario, y, en realidad, de todos
los organismos del Gobierno, porque unos más, y otros menos,
todos tienen su faceta colonizadora por su contacto con el
indígena y a todos alcanza aunque no a todos en las mismas proporciones,
la obligación y el deber de cuidar la, evolución, y transformación del indígena.
Evidentemente,
el Servicio que tiene una actuación más directa y más específica en
este proceso es el de Enseñanza; es él el que ha de formar el nuevo pueblo
africano. Entre el elemento europeo de la Colonia y el indígena hay hoy,
salvo contadas excepciones, un abismo. Por un lado, el blanco, con su cultura y su
nivel de vida, y por otro, la masa inmensa del elemento nativo en todo su
primitivismo... Y, en medio, nada ;una laguna que es preciso
llenar. Es demasiado brusco el escalón entre los dos elementos que conviven en
Guinea y es obligado, necesario y conveniente dulcificar esas
diferencias elevando la capa inferior para crear una especie de “burguesía
indígena”que sirva de enlace entre las dos sociedades hoy
profundamente distanciadas.
Esta es la
labor de Enseñanza ya ella se tiende con las últimas recientes disposiciones.
Hay que capacitar al indígena para ir ocupando puestos, tanto en la Administración
como fuera de ella,
que no sean los de las últimas capas sociales exclusivamente. Necesitamos hacer Auxiliares Administrativos y de Contabilidad,
Capataces Agrícolas, Ayudantes Practicantes, Maestros;
toda la gama, en fin, de los varios elementos auxiliares
de una sociedad organizada, sin perjuicio de que, los que por su capacidad y
facultades sean acreedores a ello, puedan escalar puestos más altos y llegar a los destinos técnicos principales.
Como puede
verse, no es sólo la materialidad de la enseñanza primaria lo que
interesa, sino grados más altos cada vez de cultura. Para ello se ha
creado la Escuela Superior Indígena en donde se cursan los estudios necesarios de
tipo general que pongan al indígena en condiciones de especializarse en la
rama que desee, especialización que será dada por cada Servicio respectivo, coadyuvando así
todos ellos a la labor común. Pero compete
a la Enseñanza particularmente algo que no es el esfuerzo material de la cultura y del estudio, sino la formación moral
de los nuevos hombres ; la solidez de principios que permitan esperar de ellos una conducta digna de la
educación española y cristiana que ha de dárseles. El concepto de lo que se desea, lo
expuse yo a los alumnos de la Escuela Superior Indígena, con ocasión de la
inauguración de la nueva Escuela, en estas o parecidas palabras:
“...Aprended
sobre todo a ser nobles, a ser trabajadores, a ser honrados, a ser
honestos, a ser sinceros; a ser dignos hijos de una Patria buena, que es
cosa que podemos enseñar los españoles mejor que nadie. Amad a África con todas
vuestras fuerzas
y con todo vuestro corazón, porque es la tierra donde habéis nacido,
y porque es bella y merecedora de ser amada. Y amad después
a España con toda la hombría de bien que os quepa en el pecho, porque le debéis gratitud y cariño pues ella lo puso todo:
maestros, edificios y material necesario, para haceros hombres y para
que pudierais llevar más dignamente el nombre hermosísimo
de hijos de Dios”.
Esto es lo
que pretendemos hacer. De esta forma y con arreglo a estas doctrinas España
va encauzando y llevando adelante su obra de colonización en
Guinea ; quizá la última que haya de escribirse en el libro incomparable y maravilloso
de su fecunda y asombrosa historia. Por ser quizá la última,
ha de ser más cuidada y más bella como corresponde a un pueblo
sereno, noble y generoso, que está ya de vuelta de las inquietudes y vanas pretensiones
de los pueblos jóvenes. Y esto es lo que los españoles de Guinea estamos
intentando hacer... ¡Que Dios nos ayude en nuestra tarea para su mayor gloria y
para el bien de nuestra bien amada España.
He dicho