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HOJAS INFORMATIVAS
22 de enero
de 2010
El Secretariado Internacional de
la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) denuncia casos
de malos tratos en Guinea Ecuatorial
Caso GUI 190110
Detenciones arbitrarias y malos
tratos/ Riesgo de impunidad
El Secretariado
Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT)
solicita su intervención URGENTE ante la siguiente
situación en Guinea Ecuatorial.
Descripción de la
situación
El Secretariado
Internacional de la OMCT ha recibido con seria preocupación
informaciones de fuentes fidedignas, entre ellas Antenna
Internacional, organización miembro de la red SOS-Tortura de la
OMCT, sobre la detención arbitraria y las alegaciones de tratos
inhumanos y degradantes ocurridos en la ciudad de Kogo, por
miembros del ejército.
De acuerdo con
las informaciones recibidas, el 10 de enero de 2010, el Sr.
Antonio Angoso Mba,
presidente del Consejo de Poblado de Miguala (situado al sur de
la ciudad de Kogo), quien se encontraba en su domicilio con su
familia, fue detenido sin ningún motivo por el Sr. Saturnino
Motuhu Ndong, jefe militar del distrito de Kogo. Estos hechos
ocurrieron después de que el militar provocara, sin intención,
un accidente con su auto sobre una vivienda en la que se
encontraban algunas personas. El militar prometió reparar los
daños pero se enfrentó al dueño de la vivienda y llamó a 10
soldados armados. Como el propietario desapareció el jefe
militar hizo detener al Sr. Antonio Angoso Mba, acusándolo de
haber permitido que se lo agrediera. Según las mismas
informaciones, el Sr. Antonio Angoso Mba fue esposado y
severamente maltratado, incluso con golpes con las manos, y fue
pateado en la espalda por los soldados lo que produjo que se
desplomara en el suelo lastimándose el rostro, antes de ser
conducido al cuartel militar de Kogo, donde también se ubica la
cárcel del distrito. Horas más tarde, el delegado del gobierno
del distrito negoció la libertad provisional del Sr. Antonio
Angoso Mba, quien permaneció en el hospital de Kogo, con
lesiones en su rostro, hasta el 12 de enero de 2010. Junto con
él, fue detenido también el Sr. José Eyegue, de
nacionalidad gabonesa, que se encontraba en ese momento en el
lugar por razones familiares. El Sr. José Eyegue, que fue
golpeado con las manos, y con patadas, permaneció detenido hasta
el 12 de enero de 2010. Ambas detenciones fueron sin mandato
judicial y las liberaciones sin cargos.
Por otra parte, ese mismo día (el 10 de enero de 2010), el Sr.
Pascual León Magno Engono Mansogo,
alias Piño, fotógrafo,
en compañía del Sr. Gregorio Obame Nze, ingresó al
recinto militar de Kogo para entregar, al parecer a pedido de
los mismo militares, fotografías de varios de ellos en el día
del año nuevo. Una vez en el interior del cuartel, se los acusó
de pertenecer a la oposición y, por tanto, de ser peligrosos por
el potencial riesgo de fotografiar instalaciones militares.
Según las mismas informaciones, ambos fueron detenidos por el
Coronel Juan Engonga, comisario de Policía del distrito de Kogo.
Fueron obligados a cargar agua para los militares, a limpiar el
cuartel militar y a trabajar como peones en la obra personal que
el comisario lleva adelante en la zona de Kogo II. Además, el
coronel les hizo saber que de haber ingresado al cuartel por la
noche, les hubiera disparado a matar. Según las mismas
informaciones, al día siguiente, fueron puestos en libertad tras
pago de 2.000 Francos CFA (USD 4,38)
cada uno.
La OMCT manifiesta su
seria preocupación por la seguridad y por la integridad física y
psicológica de los Sres. Antonio Angoso Mba, José Eyegue,
Pascual León Magno Engono Mansogo y Gregorio Obame Nze y
solicita a las autoridades de Guinea Ecuatorial que se realice
una investigación inmediata, rápida, independiente, completa,
efectiva e imparcial sobre las detenciones arbitrarias y tratos
inhumanos y degradantes anteriormente detallados, con el fin de
identificar a los responsables llevarlos ante un tribunal
competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles las
sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley,
además de que las conclusiones de esta investigación sean
publicadas.
La OMCT recuerda que
Guinea Ecuatorial es Estado parte de la Convención contra la
Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
de Naciones Unidas, del Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos y de la Carta africana sobre los Derechos Humanos y
de los Pueblos, los cuales prohíben la tortura y cualquier otro
tratamiento cruel, inhumano o degradante. En este sentido, la
OMCT recuerda al Estado de Guinea Ecuatorial que de acuerdo con
estos tratados, en particular con el artículo 13 de la
Convención contra la Tortura, las autoridades están llamadas a
considerar seriamente todas las alegaciones de malos tratos
recibidos por las víctimas y a llevar a cabo una investigación
profunda e independiente a este respecto.
Por último, la OMCT
urge a las mismas autoridades a que apliquen los principios y
normas regionales e internacionales que prohíben, salvo en
circunstancias de carácter excepcional, las detenciones
arbitrarias.
Acción solicitada
Favor escribir a las
autoridades de Guinea Ecuatorial con el fin de urgirlas a:
i. tomar
de manera urgente las medidas necesarias para garantizar la
seguridad y la integridad física y psicológica
los Sres. Antonio Angoso Mba, José
Eyegue, Pascual León Magno Engono Mansogo y Gregorio Obame Nze;
ii. llevar
a cabo una investigación inmediata, rápida, independiente,
completa, efectiva e imparcial, sobre las
detenciones arbitrarias y tratos
inhumanos y degradantes que sufrieron los Sres. Antonio Angoso
Mba, José Eyegue, Pascual León Magno Engono Mansogo y Gregorio
Obame Nze, con el fin de identificar a los responsables,
llevarlos ante un tribunal independiente, competente, e
imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas
previstas por la ley, además de que las conclusiones de esta
investigación sean publicadas;
iii. otorgar
una apropiada reparación a las respectivas victimas que incluya
una rehabilitación y una compensación adecuadas;
iv. garantizar
en Guinea Ecuatorial el respeto a los derechos humanos de todas
las personas que sean privadas de la libertad, de acuerdo con
sus leyes nacionales y con sus compromisos adquiridos con los
instrumentos internacionales de derechos humanos;
Direcciones
Ø
General Teodoro
Obiang Nguema Mbasogo, Presidente de la República,
Gabinete del Presidente de la República, Malabo, Guinea
Ecuatorial, Fax:+ 240 09 3313 / 3334
Ø
Señor Don Carlos
Mangue Elunku, Fiscal General de la República, Fiscalía
General de la República, Malabo, Guinea Ecuatorial, Fax:+ 240
09 1338
Ø
Señor Don Salomón
Nguema Owono, Vice primer Ministro Tercero, Encargado de
Derechos Humanos y Acción Social, Primatura del Gobierno,
Malabo, Guinea Ecuatorial
Ø
Señor Don Nicolás
Obama Nchama, Ministro de Seguridad Nacional, Dirección
General de Seguridad Nacional, Malabo, Guinea Ecuatorial,
Fax:+ 240 09 8259
Ø
Señor Don Pastor
Michá Ondó Bile, Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación
Internacional, Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación
Internacional, Malabo, Guinea Ecuatorial, Fax:+ 240 09
3132/ 2320
Ø
Misión
Permanente de Guinea Ecuatorial ante las Naciones Unidas en
Ginebra, 70 Quai de Cologny, 1223
Ginebra, Suiza, Fax: + 41.22.700.86.77
E-mail:
mission@guinee-equatoriale.ch
Ø
Misión
Permanente de Guinea Ecuatorial ante las Naciones Unidas en
Nueva York, 242 East 51 Street, New
York 10022 USA, Fax: + 1 2122232366
Favor escribir
también a las Representaciones Diplomáticas de Guinea Ecuatorial
en sus respectivos países.
Ginebra, 19 de enero
de 2010
Favor informarnos
sobre cualquier acción realizada acerca del presente caso,
citando el código del presente llamado en su respuesta".
Editado
y distribuido por ASODEGUE
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