DOCUMENTOS ASODEGUE ABRIL 2003

 

 

 

 

 

 

 

11 de abril de 2003

GUINEA ECUATORIAL :LIBERTAD PARA LOS PRESOSO POLITICOS

El régimen que gobierna Guinea Ecuatorial mantiene en el penal de Black-Beach, situado en la zona presidencial, a un número importante de ciudadanos . Dichos ciudadanos son presos de conciencia. Como en la época colonial, cuando fue construido, este penal sigue siendo guardado por una guardia represora: la Seguridad Presidencial del Señor Obiang, el más represor de todos los cuerpos armados de Guinea Ecuatorial.

El 14/03/2002, el Presidente Obiang lanzaba una oleada de detenciones extrajudiciales de dirigentes y supuestos miembros de la oposición, principalmente del partido político Fuerza Demócrata Republicana (FDR) y sus familiares, pero también de los partidos Convergencia para la Democracia Social (CPDS) y Unión Popular (UP), antes de someterlos a un juicio político y condenarlos, sin causa justificada, a varios años de prisión. Un verdadero acto de terrorismo de Estado. Inexplicablemente, fue el preciso momento que eligió esta Comisión para sustraer a Guinea Ecuatorial del seguimiento establecido sobre este país desde 1979 en materia de violación sistemática y constante de los derechos humanos. Dos condenados en este juicio han muerto por consecuencia de los malos tratos recibidos en la cárcel : Juan Asumu Sima y Juan Ondo Nguema. Los demás siguen en la cárcel y muchos de ellos sufren torturas: Lorenzo Asú Nguema, Roque Nve Nso, Salomón Ovenga, etc.

Durante el juicio, quedó claro que el tribunal actuaba obedeciendo instrucciones directas del régimen cuando se vio que la acusación se basaba sola y exclusivamente en unas declaraciones obtenidas bajo tortura. Las marcas de tortura eran visibles en casi todos los encausados. Muchos de ellos no pudieron firmar sus supuestas declaraciones porque tenían los miembros fracturados. Y fue ilustrativo el hecho de que el Presidente del tribunal impidiera hablar de dichas torturas, como también fue ilustrativo que el propio Fiscal de la República actuase de fiscal durante el juicio.

La asistencia de las familias a los encarcelados es la que suele atenuar las duras condiciones de supervivencia en este penal, debidas al estado de los locales, a su modo de funcionamiento y a las personas que lo guardan. Sin embargo, actualmente, dicha asistencia ya no es posible a causa de los impedimentos impuestos por los cuerpos represores del régimen. Los presos, incomunicados en las celdas, ya no reciben visitas ni asistencia y/o comida de los familiares con regularidad. Estas circunstancias suponen un agravante en sus injustas penas, no contemplado en las sentencias.

Vemos, pues, que estos presos sufren penas que, además de ser injustas, no corresponden a las sentencias, porque éstas son un mero formalismo: han sido dictadas por el régimen a través de una autoridad judicial testaferro, para quitarse de en medio a unos dirigentes políticos molestos. Esto explica también que no se hayan tratado los recursos que los defensores quisieron interponer a dichas sentencias; ni se han atendido las protestas presentadas por el endurecimiento de las condiciones de encarcelamiento.

Dichas torturas fueron practicadas antes y durante el juicio por altas autoridades del régimen y colaboradores directos de Obiang. Cabe destacar, entre varios otros aspectos, que muchas de estas detenciones se realizaron en el distrito de Mongomo, y fueron dirigidas por Francisco Mba Mendama, alias Efepulé, jefe militar de dicha zona. Este señor fue condenado en un juicio público celebrado en Bata en agosto de 1999 por el asesinato de Julián Esono Bibang el 03/01/1999, ex-embajador de Guinea Ecuatorial en Francia, y en lugar de cumplir con su condena, fue rehabilitado en sus funciones y ascendido de grado militar para seguir con su labor represiva que, como en el caso de Julián Esono, puede llegar hasta el asesinato.

Por todo ello:

  1. Denunciamos enérgicamente el mantenimiento en prisión de Plácido Micó Abogo, Felipe Ondo Obiang, Guillermo Nguema Ela y todos sus seguidores, encarcelados en Malabo sin causa que lo justifique, y pedimos la intervención de esta Comisión ante las autoridades de este país para que se consiga su libertad inmediata e incondicional.

  2. Denunciamos asimismo la persecución y la aplicación de la tortura y otros tratos degradantes e inhumanos por los dirigentes de Guinea Ecuatorial a sus propios conciudadanos, únicamente a causa de sus convicciones ideológicas.

  3. Pedimos, para terminar, que la Comisión restablezca la vigilancia de las Naciones Unidas sobre Guinea Ecuatorial en materia de respeto de derechos humanos y preste la asistencia técnica necesaria al Gobierno para su mejora.

Muchas gracias.

 

LISTA DE LOS CONDENADOS DEL JUICIO DE MAYO-JUNIO DE 2002 EN MALABO, GUINEA ECUATORIAL

Condenados como autores a veinte años de reclusión menor:

  1. Felipe Ondó Obiang

  2. Donato Ondó Ondó

  3. Pablo Nguema Mba

  4. Mariano Oyono Nsue

  5. Francisco Abeso Mba

  6. Antonio Oyono Ondó

  7. Primo Micha Obiang

  8. Ismael Nze Ndong

  9. Ernesto Nguema Monsuy

  10. Severo Moto Nsá (in absentia)

  11. Alfonso Milam (in absentia)

  12. Lucas Oyono Nsue (in absentia)

Condenados como cómplices a catorce años y ocho meses de reclusión menor:

  1. Cesar Elá Ondó

  2. Guillermo Nguema Elá

  3. Emilio Ndong Biyogo

  4. Angel Ovono Akumbega

  5. Patricio Ndong Bee

  6. Salomón Avenga Mba

  7. Moises Esono Mba

  8. Mariano Ekua Sima

  9. Laureano Ondo Monsuy

  10. Santiago Ela Obiang

  11. Pedro Alogo Monsuy

  12. Norberto Evuna Miko

  13. Santiago Ntutumu Ndong

  14. Diosdado Genovio Nguema

  15. Santiago Asu Ondo

  16. Juan Ovono Obiang

  17. Marcelo Zeme Nze

  18. Ruben Alogo.

Condenados como encubridores a seis años y ocho meses de prisión menor:

  1. Carmelo Biko Ngua

  2. Domingo Nfa Nve

  3. Benito Ntutumu Eyegue

  4. Jeremías Nkulu Abaga

  5. Plácido Miko Abogo

  6. Loremzo Ondo Ebang

  7. Isaac Ondo Monsuy

  8. Santiago Ovono Moro

Editado y distribuido por ASODEGUE

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